El Gobierno da luz verde al nuevo estatuto del cooperante
La nueva norma, que sustituye a la de 2006, amplía los derechos del personal como un seguro, crea una nueva categoría profesional y define las obligaciones de las entidades promotoras
El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes, que sustituye al vigente desde mayo de 2006. El nuevo estatuto amplía su marco de aplicación, regula nuevos derechos de los cooperantes y sus familias e impone nuevas obligaciones al personal y a las entidades promotoras, según fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Entre otras novedades, el Estatuto incorpora nuevos perfiles de personas cooperantes, aclarando su condición en el caso de que no tengan la nacionalidad española; define la tipología de las entidades promotoras, incluidas las empresas consultoras que cumplan con los requisitos previstos; e integra a quienes presten servicio en países en transición —es decir, no receptores de Ayuda Oficial al desarrollo (AOD)—, así como en cualquier otro país identificado como prioritario en el Plan Director de la Cooperación española vigente en cada momento. Por el contrario, detalla los supuestos de exclusión del ámbito del Estatuto, entre los que se destaca el voluntariado, que se rige por su normativa específica, y regula los supuestos de incompatibilidad.
En cuanto a derechos, confirma la garantía de un seguro colectivo concertado por la AECID (Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo) que, como novedad, extiende su cobertura al cónyuge del cooperante o persona que mantenga una relación análoga, a sus descendientes y ascendientes, en el caso de que dependan del mismo, hasta el primer grado de consanguineidad o afinidad, siempre que no estuvieran cubiertos por el régimen de protección correspondiente.
También amplía a los familiares de los cooperantes el derecho a reembolso de determinados gastos, como los de obtención de permiso de residencia y trabajo, traslado de bienes muebles y viaje anual a España. Y facilita, en el caso de familias monoparentales, la posibilidad de contemplar una persona cuidadora. También reconoce los derechos a la negociación colectiva y conciliación de la vida familiar y profesional.
En cuanto a deberes, obliga a las entidades promotoras a dar a los cooperantes una formación previa a la incorporación al puesto y a contar con un plan de formación. El estatuto crea una categoría específica de cooperante en el Servicio Público de Empleo (SEPE), mediante una actualización de la Clasificación Nacional de Ocupaciones y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (CON-SISPE), incorporando una categoría profesional “sin la que no es posible avanzar en derechos laborales”, según Exteriores.
Finalmente, da cumplimiento a lo establecido en el real Decreto-ley 8/2004 sobre indemnizaciones a personas participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, permitiendo que los cooperantes, como militares y periodistas, se beneficien del régimen de indemnizaciones previsto en caso de incapacidad o fallecimiento. También contempla su reincorporación a España una vez finalizada su misión internacional.
Una carrera profesional “digna”
Estaba previsto que el nuevo Estatuto se aprobara a los seis meses de la entrada en vigor de la Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global de febrero del año pasado, pero la disolución anticipada de las Cortes y la convocatoria de elecciones paralizó su tramitación. Esta reforma mejora el marco regulatorio de la cooperación “adaptándolo a las necesidades actuales de este colectivo y asegurando una carrera profesional digna y atractiva que permita atraer, promover y retener talento dentro del sistema de la cooperación”, ha asegurado el ministro de Exteriores, José Manuel Albares tras la reunión del Gobierno que ha dado luz verde al texto.
El Consejo de Ministros también ha aprobado el nuevo Plan Director de la Cooperación 2024-2027, que da prioridad al África Occidental y el Sahel, las regiones de donde proceden gran parte de los inmigrantes irregulares que llegan a las costas españolas. El documento, que recoge los objetivos y prioridades de la cooperación española al desarrollo hasta el final de la legislatura, prevé que por primera vez se elabore una estrategia de cooperación para el conjunto del África Subsahariana e identifica América Latina y Caribe y Norte de África y Oriente Próximo como las otras dos regiones prioritarias de la cooperación.
El Plan Director reafirma el compromiso de destinar el 0,7% del PIB a la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) en 2030, consagrado en la ley de Cooperación que se aprobó el año pasado, pero, aunque dibuja tres escenarios de crecimiento para alcanzarlo, deja claro que el mayor esfuerzo habrá que realizarlo en los próximos años, por “la necesidad de fortalecer previamente las herramientas de gestión del sistema para poder absorber de manera ordenada, eficaz, coherente y estratégica” los fuertes aumentos presupuestarios. Y también porque “la prórroga presupuestaria de 2024 y el fuerte aumento del PIB hace que el crecimiento sea más modesto durante la primera parte de la senda” de crecimiento. Según esta previsión, partiendo de un 0,3% del PIB en ayuda al desarrollo este año, se llegaría al 0,4% en 2007, lo que obligaría a un aumento del 57% en los tres ejercicios restantes. Además, al menos un 10% de los fondos de cooperación deben destinarse a ayuda humanitaria.
A lo largo de este año está previsto que se aprueben también la reforma de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (AECID), la adaptación de la normativa de subvenciones o la creación del citado Consejo Superior de Cooperación y del nuevo Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES).
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