La unidad de la Unión
El problema del Reino Unido no es el nacionalismo escocés, sino Inglaterra cuyo encaje en su estructura regional tiene que resolver el país
A vueltas con el nuevo desafío escocés uno piensa en la ironía que tiene que en un país cuyo nombre oficial incluye el adjetivo “unido”, el concepto de unidad nacional no exista como tal. En el Reino Unido, paradójicamente, el concepto de la Unión se disuelve felizmente en centurias de inveterado pragmatismo inglés, tan renuente a definir conceptos y más cómodo desarrollando su vida política según sus usos y costumbres. La noción de unidad nacional —de honda raigambre jacobina y por ello ajena al sentir inglés— es desconocida en la isla británica.
Al inglés nunca se le ocurrió codificar en qué consiste la Unión y ni siquiera hay un momento fundacional de la Unión pues ha sido un proceso de incorporación gradual. El Reino Unido nunca nació; se fue haciendo.
Quizá ello explique por qué no existe un gentilicio para designar al natural del Reino Unido (británico no sería preciso del todo) o por qué durante los Juegos Olímpicos de 2012 en Londres, el equipo nacional era “Team GB” (relativo a Gran Bretaña) y no “Team UK” (relativo al Reino Unido) que habría sido lo normal.
Lo extraordinario del Reino Unido es que cada territorio se ha incorporado por separado y siempre mediante una ley del Parlamento aprobada para cada nación. Tras varios siglos de invasiones inglesas en Gales, que de facto ya venía perteneciendo a Inglaterra, en 1536 el principado se incorpora de iure bajo Enrique VIII. Eran los tiempos de la Reforma inglesa y un inquieto Enrique VIII quería asegurarse la lealtad de Gales. Gales, que no llegó a ser elevado a reino, es el único territorio no representado en la Union Jack.
En cambio, la unión de Inglaterra y Escocia se forjó con arreglo al Tratado de la Unión de 1707. Ve entonces la luz Gran Bretaña. Aquella Unión estuvo estimulada por el extraordinario fracaso en el Darien, cuando Escocia, sin experiencia alguna en estas lides, financió una expedición para fundar colonias en el actual Panamá. El desastre caribeño fue tal que una arruinada Escocia se vio obligada a unirse a Inglaterra mediante un tratado. No sorprende pues, que de los 25 artículos del Tratado de la Unión, 14 lidien con asuntos económicos y fiscales para garantizarse el acceso a los mercados ingleses. A cambio de renunciar a tener su propio parlamento, Escocia se aseguró su propio sistema legal y el mantenimiento de la iglesia presbiteriana. Irlanda del Norte, en cambio, se incorpora por defecto y con escasa pompa a la Unión, pues la forman los seis condados protestantes del Norte que quedan tras la independencia de Irlanda en 1922.
Ningún documento constitucional crea el Reino Unido. Así, ningún texto legal regula las cuatro naciones que lo forman. La Unión se vuelve a cuestionar otra vez por el nacionalismo escocés que a pesar de 300 años de éxitos, amenaza con un segundo referéndum. Volviendo la mirada atrás, parece un sarcasmo que fuera precisamente un rey escocés, Jacobo VI, el primero en unir las coronas de Inglaterra y Escocia. Orillan todos los avances intelectuales, políticos, sociales y en educación que tuvieron lugar durante el llamado Scottish Englightment y que habrían sido imposibles en una Escocia aislada y arruinada. Fue precisamente durante el Imperio británico cuando Escocia descolló proporcionando excelentes administradores y gestores que despachaban asuntos en todos los territorios británicos.
Salvo el caso excepcional de Irlanda del Norte (que tiene el derecho reconocido a unirse a Irlanda), el Reino Unido no reconoce el derecho de autodeterminación de sus territorios, lo que en la práctica se traduce en que Escocia no puede unilateralmente salir de la Unión. Ni siquiera tiene un derecho a convocar un referéndum de independencia. A lo más que puede aspirar como ya sucedió en 2014, es a solicitar al Gobierno británico que le transfiera temporalmente la facultad de convocar un referéndum de esta naturaleza.
Es cosa conocida que el Reino Unido no tiene una constitución codificada y en consecuencia no existe el concepto de unidad nacional. En derecho español o francés, la unidad de la nación es esencial pues la soberanía nacional recae precisamente en el propio pueblo. Esto nos lleva inmediatamente al concepto clave, el de soberanía. Mientras en el Reino Unido el pueblo británico no es soberano pues lo es su parlamento, en España es el pueblo español —sujeto de la soberanía nacional— quién decide qué es España. Se entiende que el concepto de unidad nacional no sea tan relevante en un país que desconoce la soberanía nacional.
El propio Disraeli ya nos advertía en las postrimerías del XIX que a Inglaterra no la gobierna la lógica sino el Parlamento. Como el Reino Unido no tiene una constitución codificada su organización territorial es espontánea y abierta. En la mayoría de las constituciones, el legislador diseña cómo se organiza territorialmente el país. El caso contrario se da en el Reino Unido, que no tiene previsiones sobre su estructura regional. Mientras en España es el constituyente quien orienta el sistema autonómico o regional, en Inglaterra es el Parlamento —siempre soberano— quien decide en cada momento y según las circunstancias sobre cómo organizarse territorialmente.
Hace unas décadas las demandas del nacionalismo escocés lograron que el gobierno laborista de los noventa liderara lo que se dio en llamar devolution y que simplemente consistió en “devolver” competencias a Escocia, Gales e Irlanda del Norte. Fue una mera transferencia de competencias, pero que indirectamente empezaba a crear —sin proponérselo— un sistema de tendencia federal. Esas transferencias se hicieron ad hoc sin contar con el andamiaje institucional y legal propio de las naciones federales. De la noche a la mañana se pasó de un estado unitario a un estado federalizante.
Como siempre ocurre cuando se tratan asuntos ingleses, la organización territorial del país británico no está plasmada en ningún sitio. Se trata de un sistema único en tanto que no está regulado como tal y es asimétrico porque Inglaterra, que reúne a la mayoría de la población, no tiene parlamento propio. Además, en virtud del principio de soberanía del Parlamento, el Parlamento de Westminster podría legislar en cualquier momento y recuperar las competencias que en su día “devolvió”. No existe una teoría del estado federal o autonómico al contrario de lo que sucede en España, Alemania o EE UU Su actual organización regional es simplemente decisión del gobierno de turno.
Es paradójico que el país que -hecho imperio- organizó una cuarta parte del mundo, creó nuevos países, dividió territorios, trazó fronteras y diseñó nuevas administraciones, no haya podido emular para sí mismo aquella extraordinaria precisión administrativa. En el fondo, en la cuestión escocesa, subyace lo de siempre, que Inglaterra más que un país, es una actitud frente a los problemas políticos y no una nación organizada conscientemente. En mil años de historia británica se encuentran pocos momentos “constitutivos” que quiebren con el pasado. Sus instituciones evolucionan gradualmente y su sistema territorial es abierto, asimétrico y circunstancial. Debatir sobre el concepto de nación o su organización territorial le ha parecido al inglés, desde siempre, una indulgencia al pensamiento abstracto y una impertinencia continental.
Pero el problema de la Unión no es el nacionalismo escocés. Es Inglaterra. El país tiene que resolver el encaje de Inglaterra en su estructura regional. El Reino Unido se asoma lentamente a una encrucijada constitucional pues tarde o temprano las pasiones desbordadas de Escocia pondrán en suerte a la Unión. Abocado el nacionalismo escocés a repetir el error del Darien, las instituciones británicas, forjadas en esa fragua lenta de la Historia tienen ante sí la tarea de garantizar que el Reino Unido continúe siendo, en efecto, un reino unido.
Eduardo Barrachina es abogado y presidente de la Cámara de Comercio Española en Londres.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.