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Tribuna
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A la caza del juez: desmantelamiento de una insidia

El CGPJ es incapaz de defender en José Ricardo de Prada una independencia que el propio Consejo no tiene

Mariano Rajoy saliendo de su casa, en una urbanización de Aravaca, en Madrid.
Mariano Rajoy saliendo de su casa, en una urbanización de Aravaca, en Madrid.Andrea Comas (EL PAÍS)

La trama Gürtel, que ha implicado de lleno al Partido Popular, tiene de todo, incluida una indecente ofensiva contra uno de los jueces que enjuició el primer episodio de esa oscura saga: José Ricardo de Prada.

Lo sucedido responde al guion de la estrategia de ruptura. Una forma de operar, no en el proceso, sino contra él, propia de los imputados antisistema y hoy paradójicamente asumida por sujetos públicos en el banquillo y sus entornos políticos y mediáticos. El objetivo es desestabilizar las causas, deslegitimar a los jueces incómodos y, en general, a la jurisdicción misma. Nuestro país, desde que un segmento nada marginal de la política se precipitó en la ilegalidad, para acabar, en ocasiones (pocas), en el juzgado y en la cárcel, ha conocido bastantes intervenciones de esa índole. Pero ninguna tan odiosa como la campaña que motiva este escrito.

De Prada ha sufrido gravísimas imputaciones calumniosas de altos exponentes de aquella formación, con su ápice en el Congreso, donde fue groseramente insultado por el diputado Carlos Rojas, con patente abuso de su posición en el acto. A ello se suma el ensañamiento de algunos medios supuestamente informativos.

El culmen de esta ofensiva ha tenido como percha un error de la oficina de información del Tribunal Supremo que atribuía a la Sala Segunda una afirmación —inexistente en su sentencia— que descalificaba la de la Audiencia Nacional, convertida en punto de apoyo para la renovación de la acometida. Incluso para Mariano Rajoy fue el clavo ardiendo usado para tratar de autoeximirse de una responsabilidad política, como tal, ni imputada ni objeto de la causa. Pero necesariamente suscitada por ella como asunto, dada su posición en el partido y la naturaleza y extrema gravedad de las conductas acreditadas. Pues, por lo que supone para una organización la financiación ilegal de parte de sus actividades: ¿cómo no preguntarse por el momento organizativo de la toma de conocimiento y de las decisiones imprescindibles al respecto?

La frase indebidamente incorporada a la nota de prensa decía que el Tribunal Supremo “considera excesivas las menciones a la caja b del PP de la sentencia recurrida porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa”. Y ocasionó descalificaciones como: “El juez De Prada fue la mano que meció la cuna de un cambio de Gobierno”. “La maniobra político-judicial ejecutada por el magistrado progresista José Ricardo de Prada”. “La morcilla que introdujo al dictado del PSOE un magistrado progresista en la sentencia de la Gürtel para afirmar que existía una caja B del PP”. “Un juez progresista hizo de mamporrero del PSOE”.

A la nota y su eco siguió una elocuente rectificación. Obvia porque, aún sin acusación en este punto, la Audiencia Nacional debió operar discursivamente con el dato acreditado de que Bárcenas se había apropiado de fondos del partido no incluidos en la caja A; y tal fue la razón de una de sus condenas. Por eso, la doble afirmación del Supremo: “[La Audiencia Nacional] contó con una prueba de cargo válida y suficiente para concluir tanto la existencia de una caja B del PP […] como los distintos actos de apoderamiento”. Y tal “es el nexo común que sirve de amalgama al conjunto de episodios y actuaciones recogidos en la declaración de hechos probados”.

En consecuencia: inobjetable rigor en la valoración y el manejo de los datos, y una actuación jurisdiccional irreprochable. Algo sin el menor eco en los medios y por los autores puestos al servicio del vilipendio.

De Prada pidió amparo al Consejo General del Poder Judicial por la insidiosa campaña. Con sobrados motivos, en cuanto que no estaba solo dirigida contra él, sino también contra la propia jurisdicción y creaba confusión en la ciudadanía sobre las concretas actuaciones judiciales y acerca de los límites ética y constitucionalmente impuestos a cualquier crítica. Por eso resulta incomprensible la pasividad del Consejo ante acciones que afectan de modo tan directo y tan negativamente a los valores centrales de la jurisdicción. Precisamente, en su calidad de institución no “de Gobierno” —porque en la jurisdicción no hay nada que gobernar— sino de garantía. La respuesta, claro, ha sido negativa del amparo: es razonable que el Consejo sea incapaz de defender en los jueces una independencia que él no tiene.

De José Ricardo de Prada puede muy bien decirse lo escrito por Piero Calamandrei, en Elogio de los jueces, escrito por un abogado, sobre uno de aquellos: “Alguno, en los primeros tiempos del fascismo, lo llamaba ‘el juez rojo’; y no era en realidad ni rojo ni gris. […] Era sencillamente un juez justo, y por eso lo tachaban de ‘rojo’. Porque siempre, y este es uno de los muchos sinsabores que sufre el juez justo: cuando no está dispuesto a servir a una facción, se le acusa de estar al servicio de la contraria”.

Perfecto Andrés Ibáñez y Ramiro García de Dios han sido magistrados. Rafael Fluiters Casado es magistrado en un juzgado civil de Madrid.

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