La Audiencia Nacional da carpetazo a la denuncia presentada contra Gustavo Petro
La Sala de lo Penal corrige al juez instructor que ordenó a la Policía buscar a la familia de un periodista secuestrado en 1981 para querellarse contra el político
La Audiencia Nacional española ha ordenado dar carpetazo a la denuncia presentada contra Gustavo Petro, presidente electo de Colombia, al que se acusaba de haber participado en el secuestro de un periodista en 1981. La Sala de lo Penal ha corregido al juez instructor Joaquín Gadea, que la admitió a trámite y, en plena campaña electoral, ordenó a la Policía que localizara a la familia del reportero, ya fallecido, para ofrecerle emprender acciones. Una decisión que contó con la oposición de la Fiscalía.
La Sala de lo Penal, una instancia superior al instructor, ha estudiado el recurso que presentó el ministerio público y le ha dado la razón. El tribunal concluye que no se cumplen los requisitos necesarios para admitir a trámite la denuncia, ya que la legislación española prevé que solo se puede activar la justicia universal cuando existe una querella de la víctima, su familia o la Fiscalía. “Independientemente de que pudiera entenderse que el hecho del secuestro era con fines terroristas [lo que ni siquiera se dice en la denuncia] y el ofendido fuera un español, no cabe sino inadmitir a trámite la denuncia”, apuntan los magistrados en su resolución, fechada el 24 de junio.
Los magistrados también cuestionan la orden dada a la Policía. “Nunca es dable que el juzgado, atribuyéndose el ejercicio de la acción que corresponde al Ministerio Fiscal o al ofendido, pretenda indagar sobre la existencia de herederos de la víctima que quieran formular querella por unos hechos de 1981″, incide la Sala en su dictamen, firmado por los jueces Alfonso Guevara, Carolina Rius y Juan Carlos Campo —este último, exministro de Justicia (2020-2021)—. “El ejercicio de la jurisdicción por parte del juzgado no comprende la búsqueda de querellantes que sostengan la acción penal imprescindible para precisamente tener jurisdicción”, remacha la resolución, adelantada por eldiario.es y a la que tuvo acceso EL PAÍS.
Este caso brota de la iniciativa de un particular, que denunció a Petro por delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra durante su pertenencia a la guerrilla M-19, donde el presidente electo jugó un papel secundario. Este grupo firmó un acuerdo de paz en 1990, formó un partido, sus militantes fueron indultados y desempeñó un rol clave en la redacción de la Constitución de 1991, que puso las bases de la Colombia moderna.
Según recoge la denuncia, entre otras muchas acusaciones, Petro habría participado en el secuestro en 1981 de Fernando González Pacheco, un conocido periodista colombiano nacido en España y fallecido en 2014. Un “sobrecogedor relato”, según expuso el juez Gadea, que en principio presenta una “aparente falta de puntos de conexión con la jurisdicción española”. Aunque, sin embargo, para admitir a trámite parcialmente el caso, el mismo instructor argumentó que la retención del reportero podría tener “en este momento, una aparente vinculación con la jurisdicción española”: “[González Pacheco], al parecer, ostentaría la nacionalidad española: fuentes abiertas le atribuyen como lugar de nacimiento España, por lo que es lógico pensar que ostentaría nacionalidad española de origen”. Por ello, ordenó a la Policía comprobar este extremo y ofrecer acciones a su familia.
Gadea tomó su decisión el 19 de mayo. Pero se conoció el día 30 de ese mismo mes, un día después de que Petro ganase la primera vuelta de las elecciones presidenciales de Colombia y cuando arrancaba la carrera por la segunda vuelta. Tres semanas después, el 19 de junio, el candidato venció finalmente al populista Rodolfo Hernández y llevó al poder a la izquierda por primera vez en la historia del país sudamericano.
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