Saña contra una mujer transgénero: “Me encerraron en una cárcel para hombres”
A Kysha López la golpearon, la exhibieron desnuda y condenaron a 40 años de prisión por "financiar al terrorismo"
Tres disparos en la puerta de su casa despertaron a Kysha López y su pareja a las 6:30 de la mañana de aquel 9 de julio. “Vienen por mí”, fue lo primero que dijo Eddy Gertrudis. “Protestar no es delito”, respondió Kysha, mientras se levantaba de la cama, cubriéndose el cuerpo con una toalla blanca.
Al bajar las escaleras —la mujer menuda, delgada y pelirroja de 28 años— se encontró con una escena que solo había visto en sus telenovelas favoritas: adentro de la vivienda, al menos una docena de policías y paraestatales con armas de alto calibre se desplegaban por toda la primera planta, afuera, otro nutrido grupo de oficiales y antidisturbios rodeaba el perímetro.
—¿Qué les pasa, acaso estamos en Sin senos sí hay paraíso?— le dijo Kysha a los oficiales, a varios de los cuales reconoció porque eran sus clientes, a quienes les prestaba dinero a pagar en cuotas.
—Eso lo hubieras pensado antes de meterte con este negro hijuelagranputa que nos anduvo volando verga— le respondieron.
No hubo más tiempo para diálogos.
Los oficiales golpearon a Kysha, y su pareja. A él se lo llevaron primero, a bordo de una camioneta. A Kysha la retuvieron en su casa, le confiscaron los ahorros de su vida y la hicieron que se subiera a la patrulla, desnuda, hasta llegar a la delegación policial. Allí la exhibieron ante los demás: era una mujer transgénero.
Tres meses antes de la detención, habían estallado en Nicaragua las protestas antigubernamentales y la subsecuente represión estatal ejecutada por policías y grupos paraestatales. Desde Diriamba, en el departamento de Carazo, localizada a unos 45 kilómetros al sur de Managua, Eddy Gertrudis, de 26 años, se unió al movimiento “azul y blanco”, el de los manifestantes, y tomó un papel más activo tras el asesinato de uno de sus amigos. Kysha se limitaba a compartir algunos pensamientos en su muro de Facebook.
Para defenderse de los ataques armados, los manifestantes establecieron bloqueos de carreteras en varias ciudades del país. El 8 de julio, un comando letal conformado por policías en conjunto con paraestatales armados llegó a Carazo. Era la “Operación Limpieza”. No quedó un solo bloqueo de camino, o barricada, pero sí corrió mucha sangre: 38 personas fueron asesinadas ese día, según cifras del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH). Por eso, cuando al siguiente día Eddy Gertrudis escuchó las tres detonaciones en la puerta de su casa, supo que habían llegado por él. Los armados habían empezado a apresar a quienes no hubieran alcanzado las balas.
Estas detenciones, sin embargo, violaron las leyes nicaragüenses. El artículo 33 de la Constitución de ese país establece que “nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad”, a menos que ocurran dos circunstancias: que exista una orden de un juez o de una autoridad facultada, o que se encuentre a la persona cometiendo un delito.
Según los datos analizados, solamente se tiene constancia de que un 6% de 311 personas procesadas por su vinculación a las protestas, hubieran sido detenidas previa autorización de un juez. Otra autoridad facultada para ordenar una captura son los jefes de delegaciones policiales, pero solamente dentro de las 12 horas después de conocer un hecho delictivo. Diversos abogados defensores nicaragüenses aseguraron que este recurso permitió que algunos jefes de delegaciones policiales crearan órdenes de detenciones falsas, posteriores a la captura, para presentarlas ante el juez y dar visos de legalidad al proceso. Esta circunstancia, no obstante, no pudo ser comprobada.
Las capturas, realizadas casi siempre por oficiales de policía, paraestatales, o ambos grupos en conjunto, fueron calificadas por un grupo de expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como crímenes de lesa humanidad, al encontrar que se trató de “una política de encarcelar manifestantes y personas definidas como opositores al régimen”. Fue un delito, señalan los expertos, porque no hubo órdenes de aprehensión, las realizaban “en condiciones inhumanas”, no les hicieron saber sus derechos a las personas detenidas, y negaban a sus familiares la información de su paradero.
Kysha fue trasladada a dos delegaciones policiales en Carazo y posteriormente a la Dirección de Auxilio Judicial en Managua. Estuvo tres días detenida hasta que el 12 de julio de 2018 fue presentada junto a su pareja y dos de sus vecinos, ante Abelardo Alvir Ramos, un juez de la capital.
La Constitución nicaragüense establece que cualquier detenido debe ser llevado al juzgado en un plazo máximo de 48 horas después de su captura o dejado en libertad. En este caso, aunque el plazo ya había caducado y los acusados seguían en prisión, el juez Ramos admitió la acusación y continuó con el proceso. Las actas analizadas revelan que en el 87% de los casos, los detenidos fueron presentadas al juez entre 3 y 124 días después de su captura, unos tiempos que hubieran sido suficientes para invalidar el proceso legal.
Abogados penalistas consultados describieron tres posibles razones por las que no se cumplió el plazo que establece la ley: para ocultar los golpes o complicaciones propinados a los acusados en el momento de la captura, para continuar con los interrogatorios, y para darle más tiempo para presentar la acusación a la Fiscalía, desbordada con la cantidad de detenidos.
Financiar al "terrorismo"
A Kysha y Eddy Gertrudis se les acusó de financiar al terrorismo; a Eddy y los otros dos acusados de terrorismo, de haber atacado con armas restringidas una delegación policial con el objetivo de asesinar a 28 oficiales allí resguardados y, una vez los oficiales abandonaron el lugar, de haberla saqueado y quemado. La fiscal Catalina Hernández dijo que estos tres hombres actuaron en conjunto con otras 90 y 100 personas, pero nunca identificaron a los demás. Tampoco se presentó un organigrama de la supuesta banda terrorista, como se haría normalmente en un caso de crimen organizado.
Tras la acusación, los remitieron a todos a la cárcel de hombres conocida como La Modelo. Kysha, en su condición de mujer transgénero, hubiera preferido una cárcel de mujeres. Así lo explica en entrevista tras ser liberada tras meses de encierro: "La cárcel La Esperanza es el lugar que me correspondía porque mi cuerpo no era igual al de ellos. Ya mi fisionomía era muy distinta y si me hubiese golpeado una mujer en vez de un hombre, tal vez no hubiera quedado tan mal de las costillas".
Kysha y Eddy Gertrudis también fueron víctimas de un allanamiento ilegal, pues no había una orden del juez para ingresar a su vivienda. La investigación reveló que otras 65 personas reportaron haber sido allanadas por la fuerza. Kysha, quien además de prestar dinero vendía joyas, cosméticos y productos de belleza, aseguró que los policías y paraestatales saquearon toda su mercadería. Legalmente, los policías debían haberse llevado las pruebas relacionadas con el supuesto delito, y de haber encontrado pruebas sólidas, seguido un protocolo para recopilar pruebas incontaminadas.
En la acusación se justificaron las detenciones y allanamientos como procedimientos “urgentes”, se alteraron las horas de los hechos y se omitió la presencia de agentes paraestatales.
La juez que asumió el juicio, Adela Cardoza, aseguró que el allanamiento fue legal, aunque no hubo orden judicial, porque “se actuó en persecución actual de delincuentes”, pero ninguno de los 6 oficiales que participaron del allanamiento y testificaron en juicio mencionó dicha persecución. Uno de esos testigos incluso afirmó que los allanamientos se realizaron en el orden inverso del que describía la acusación.
La juez destacó la “consistencia y veracidad” de las declaraciones de agentes de policía y peritos que pasaron a testificar, mientras que al relato de Kysha, la única de los acusados que fue interrogada en juicio, lo califica de impregnado de “falsedades” y carente de “elementos de credibilidad”.
“Me llegué a sentir como una villana, aunque yo no mato ni una mosca”, recuerda Kysha. A ella la sentenciaron a 40 años de prisión y a Eddy Gertrudis a 70. “Jamás pensé vivir una historia como la que mi abuela me contaba sobre Somoza, nunca me imaginé nada de esto”, agrega.
La abogada del caso, Carla Sequeira, sostiene que la Fiscalía no logró demostrar que su defendida financiaba actos terroristas: no presentaron comprobantes de remesas ni depósitos bancarios, ni fotografías de ella entregando el dinero, o testimonios de quienes habrían recibido el supuesto financiamiento. La Fiscalía tampoco logró probar que Eddy realizara los supuestos delitos utilizando un arma AK-47 y un arma corta, pues no presentó dichas armas como prueba. “Eso debería cuestionárselo a su cliente... porque no la entregó a los oficiales que allanaron”, fue la justificación de la juez Cardoza sobre esa deficiencia. “Lo extraño es que a pesar de todas las contradicciones que existían en el proceso judicial, la judicial los condena sin mayor fundamentos, sin mayores pruebas”, reflexiona Sequeira.
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