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El presidente de Portugal veta la ley de cambio de género sin informe médico

Rebelo de Sousa recuerda que el Parlamento se mostró dividido en la aprobación de la ley

El presidente de Portugal, el domingo en al final del torneo de tenis de Estoril.
El presidente de Portugal, el domingo en al final del torneo de tenis de Estoril.JOSE SENA GOULAO (EFE)

El presidente de Portugal, Marcelo Rebelo de Sousa, ha vetado la ley que establece el derecho a la libre determinación de la identidad de género y el cambio de la mención de sexo y de nombre en el registro civil a los mayores de 16 años y sin informe médico. Esta última condición, que era la única novedad sobre la legislación anterior, es la que ha movido al presidente del país a utilizar su derecho de veto. Ahora el Parlamento podrá rectificar la ley de autodeterminación de género o dejarla como está, lo que supondría el primer desaire al presidente en sus dos años de poder.

Con la ley actualmente en vigor, sólo los mayores de edad pueden iniciar un procedimiento de cambio de la mención del sexo en el Registro Civil y de la consiguiente alteración de nombre propio y se les exige "un informe que compruebe el diagnóstico de perturbación de identidad de género, también denominada transexualidad, elaborado por un equipo clínico multidisciplinar de sexología clínica".

El profesor, como es conocido, razona en su página presidencial las razones para la nueva ley , pero pide a los legisladores que incorporen un informe médico previo a la decisión sobre la identidad de género antes de los 18 años de edad. Pese a las buenas palabras del presidente, supone un choque frontal con el Parlamento, ya que la retirada del actual informe médico preceptivo, en donde la persona tenía que demostrar que no tenía ninguna disfunción mental, era la base de la reforma legal, aprobada en el Parlamento el 13 de abril.

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Rebelo de Sousa, en, quizás, el argumentario más extenso de todos los vetos realizados hasta la fecha —cerca de una decena— recuerda que su oposición a la nueva ley no se basa en sus convicciones ideológicas y católicas que, dice, coinciden con el Consejo Nacional de Ética para las Ciencias de la Vida. Según él, veta porque no ha habido un gran consenso en la cámara —tres votos de diferencia—, pero sobre todo porque considera que ese informe médico es bueno tenerlo si en el futuro la persona implicada desea realizarse la operación quirúrgica de reasignación de sexo. Un argumento que también es de los más débiles presentados hasta ahora por el profesor en Derecho Constitucional.

"Hipotéticamente podría haber una elección frustrada, al menos en parte, por el juicio clínico formulado para efectos de adaptación del cuerpo a la identidad de género, cuando tal fuera la opción", escribe Rebelo de Sousa.

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Aprobada la ley el 13 de abril, el presidente se ha dado prisa en vetar esta ley que ahora debe volver a la Asamblea, que decidirá alterarla o no. Si no la cambia, la ley seguirá adelante y solo podrá ser recurrida ante el Tribunal Constitucional. Hace unas semanas este tribunal ya tumbó varios artículos sobre la ley de reproducción asistida -que había sido vetada también por el presidente y luego rectificada por la Asamblea-, prohibiendo las donaciones genéticas anónimas.

En España, para cambiar la mención de sexo en los documentos para que se correspondan con la verdadera identidad de género del solicitante se pide, según la legislación estatal, un informe médico o psicológico; también que la persona acredite que ha sido tratado médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas al sexo reclamado. Estos requisitos no se exigen en algunas comunidades autónomas.

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