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¿De qué se trata la reforma judicial de Argentina?

Las claves de la polémica reforma del Poder Judicial que propone la presidenta de Argentina

Alejandro Rebossio

- Elección de los miembros del órgano que selecciona y destituye los jueces: en la actualidad está integrado por 13 miembros: seis legisladores, elegidos por el Congreso; un representante del Ejecutivo; tres jueces, seleccionados por sus colegas; dos abogados, votados por su colectivo profesional; y un académico escogido por rectores de universidades. Con la reforma se ampliará el número de 13 a 19. Habrá cinco académicos, cinco jueces y cuatro abogados y serán elegidos en elecciones generales a través de los partidos políticos.

- Creación de tres tribunales de tercera instancia: los fallos de segunda instancias en los fueros contencioso administrativo, laboral y civil y comercial no se apelarán directamente a la Corte Suprema sino primero ante estos nuevos tribunales.

- Limitaciones de las medidas cautelares: los jueces no podrán disponer medidas cautelares que suspendan normas del Estado por más de seis meses. En ese lapso deberán fallar sobre las cuestiones de fondo de las causas. Se contemplan excepciones cuando se afecte a “sectores sociales vulnerables”, la “vida digna” o en conflictos laborales.

- Elección por oposición de los empleados: hasta ahora eran designados por el juez de cada juzgado. A futuro deberán hacer oposiciones para los cargos de mayor nivel o un examen y un sorteo para tareas menores.

- Publicidad de los actos: los tribunales de segunda y tercera instancia y la Corte Suprema deberán ofrecer en Internet la información de las causas.

- Publicidad de los patrimonios de los funcionarios judiciales: hasta ahora solo los altos cargos del Ejecutivo y los legisladores debían difundir su patrimonio.

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