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JUSTICIA INTERNACIONAL

La OTAN mantendrá su despliegue en Bosnia pese al veto de EE UU

El boicot de Washington marca el nacimiento de la Corte Penal Internacional

La Fuerza de Estabilización de la OTAN (SFOR) "seguirá desplegada en Bosnia" porque "ninguno de los aliados tiene intención de abandonarla". Así lo ha declarado hoy un portavoz de la Alianza Atlántica tras la reunión que representantes de los 19 países miembros han mantenido en Bruselas. Ayer, EE UU vetó la misión de la ONU en el país balcánico al no lograr inmunidad para sus soldados ante la Corte Penal Internacional (CPI), que echa a andar hoy.

Este veto ha sumido en la crisis a la CPI, un tribunal que juzgará a individuos acusados de crímenes de guerra, genocidio, lesa humanidad y agresión, desde el mismo momento de su nacimiento.

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La Casa Blanca espera resolver antes del próximo miércoles la disputa con la ONU sobre la responsabilidad de sus soldados en misiones de paz ante el CPI. Mientras que Israel se ha decidido también a seguir el ejemplo de EE UU y ha retirado su apoyo y ha anunciado que no ratificará el tratado.

En caso de no conseguirse un acuerdo para el miércoles, los 3.300 policías (46 de ellos estadounidenses) que componen la misión deberían abandonar el país. La solución al conflicto parece pasar, en principio, por la propuesta de Francia de que se aplace durante un año cualquier posible procesamiento de un miembro de una misión de paz perteneciente a un país que no haya ratificado la CPI.

Firmado por Clinton

En cualquier caso, y pese a que hoy entra en vigor el estatuto de la CPI, hasta enero no se elegirán al fiscal y a los 18 jueces que deberán llevar a cabo el trabajo diario de la corte. Con sede en La Haya, la corte nació el pasado 11 de abril en Nueva York, cuando se superó la barrera de los 60 países que habían ratificado el Estatuto de Roma (elaborado en 1998 y firmado por 139 países). En un principio, el Estatuto fue firmado en diciembre de 2000 por el presidente estadounidense, Bill Clinton, pero no fue ratificado por la oposición del Congreso.

Amnistía Internacional (AI) ha afirmado que la posición de Estados Unidos ante el CPI "amenaza la integridad del sistema de justicia internacional". La actitud de EEUU "desafía la aplicación universal de uno los principios judiciales más fundamentales: la no inmunidad para crímenes como el genocidio, crímenes de guerra y contra la humanidad", según ha afirmado AI.

¿Cómo funciona la Corte?

La CPI se diferencia de la Corte Internacional de Justicia, con sede también en La Haya, en que ésta juzga disputas entre Estados, no individuos. Como aquélla, tendrá un carácter permanente y sin límites geográficos. Juzgará cuatro tipos de crímenes definidos con precisión jurídica: de lesa humanidad, de genocidio, de guerra (incluidos los que ocurran en conflictos internos) y de agresión. Se incluyen crímenes de carácter sexual, como la violación, la esclavitud sexual o la prostitución forzada, entre otros, además de, por ejemplo, el apartheid.

No tendrá carácter retroactivo y sólo se aplicará a los crímenes cometidos a partir de hoy, que entra en vigor del Estatuto. Las negociaciones no permitieron llegar a una definición común del terrorismo, por lo que crímenes de este tipo quedan excluidos de la jurisdicción de la corte, al menos hasta la Conferencia de Revisión, siete años después de su entrada en vigor. Sin embargo, las consecuencias de un acto terrorista sí pueden ser considerados crímenes de lesa humanidad.

  • ¿Quién inicia un proceso? Los procesos se pueden incoar a instancia de un Estado parte, del fiscal (con la garantía de que la cámara preliminar tiene que escuchar las alegaciones del acusado y puede bloquear la iniciativa del fiscal) o el Consejo de Seguridad, que puede remitir una "situación" al tribunal, para crímenes cometidos en cualquier parte del mundo, o impedir expresamente. La corte es complementaria de las jurisdicciones nacionales, es decir, sólo actuará en caso de que el Estado competente no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación, o juicio, o no pueda realmente hacerlo o si el asunto ya ha sido juzgado. La corte es competente sobre su propia competencia, pudiendo determinar que un proceso o juicio nacional no cumple con las garantías reconocidas en el derecho internacional.

  • ¿A quién se puede juzgar? A ciudadanos de Estados parte, a cualquier ciudadano que haya cometido un crimen en un Estado parte o, a instancias del Consejo de Seguridad, a cualquiera. Puede tratarse de ciudadanos particulares, de funcionarios, militares o políticos, incluidos jefes de Estado o de Gobierno. Una vez un Estado ha ratificado el Estatuto, reconoce la jurisdicción automática de la corte. En casos de crímenes de guerra, un Estado parte del Estatuto puede retirar su consentimiento durante siete años

  • ¿Contempla la pena de muerte? No. La corte carece de competencia para imponer una pena de muerte. La pena de prisión más larga puede ir hasta 30 años, o de por vida si lo justifica la gravedad del caso.

  • ¿Cómo se eligen el fiscal y los jueces? El fiscal, por voto secreto de los Estados parte, que también nombran a 18 jueces entre aquellos con reconocida competencia en derecho internacional, incluido el humanitario y derechos humanos, y aquéllos con gran experiencia en derecho penal. Una vez elegidos por nueve años, los Gobiernos no pueden interferir en sus funciones, aunque sí ejercer una labor de supervisión del trabajo de la corte.

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