Multada la directora de la Agencia Española de Medicamentos por tratar de viajar a Galicia
María Jesús Lamas alega que tiene su residencia familiar en Santiago y que como es trabajadora esencial "puede desplazarse de su centro de trabajo a su domicilio”
La directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), María Jesús Lamas Díaz, ha sido propuesta para sanción por saltarse el estado de alarma en Semana Santa, tal y como admite en un comunicado de la Aemps. La responsable de este organismo, dependiente del Ministerio de Sanidad, fue parada en un control en la capital cuando iba a Galicia para pasar unos días con su familia.
Los agentes municipales levantaron la propuesta de multa a las 14.10 del pasado 9 de abril, Jueves Santo, cuando Lamas circulaba en un VTC y fue parada en un control en la plaza de las Ventas en su incorporación hacia la M-30. La responsable de este organismo, dependiente del Ministerio de Sanidad, iba a la estación de Chamartín para coger un tren. Según consta en la propuesta de denuncia, la directora argumentó que se encontraba en Madrid “por motivos laborales” y que se desplazaba a su domicilio en A Coruña para pasar unos días con su familia. Sin embargo, no presentó ningún documento que justificara su desplazamiento. Mientras los policías redactaban el acta de sanción, Lamas mantuvo “el carácter imprescindible que tiene su cargo” y se mostró disconforme con la propuesta. Ni siquiera llegó a firmarla —no es obligatorio hacerlo—.
Los policías, pertenecientes a la unidad del distrito de Salamanca, la sancionaron por incumplir el artículo 45 4. b) de la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil. Este considera falta grave lo siguiente: “En las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas, cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes”. La infracción está sancionada con multa de 1.501 a 30.000 euros.
“María Jesús Lamas tiene su residencia familiar en Santiago de Compostela (A Coruña) tal y como puede acreditar. Allí vive su marido y sus hijos”, aclara en una nota la Aemps, en la que recuerda que es “trabajadora esencial", por lo que "puede desplazarse de su centro de trabajo a su domicilio”, al amparo del real decreto del estado de alarma. La noticia ha sido adelantada por El Mundo.
“Sin embargo, una patrulla de la policía municipal le abrió un expediente sancionador por efectuar ese desplazamiento”, explica la agencia, que subraya que Lamas presentó a los agentes “alegaciones a ese expediente y aportó documentos que acreditaban su testimonio”.
En todo caso, anuncia que no piensa recurrir y que pagará la multa. “Lo último que desea ahora la Sra. Lamas es ocupar tiempo en este tema absolutamente privado. No quiere ningún malentendido y, por tanto, ha decidido acatar cualquier resolución, incluido el pago derivado del expediente, si fuese el caso”, concluye el comunicado.
Lamas Díaz, doctora en Farmacia (premio extraordinario) por la Universidad de Santiago de Compostela, es especialista en farmacia hospitalaria y está acreditada como farmacéutica clínica en Oncología. Entre 2012 y 2016 fue la directora de investigación de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria y ocupa el cargo de directora de la Agencia Española del Medicamento desde el 20 de julio de 2018.
Más de 76.000 denuncias por infracciones del estado de alarma
La Comunidad de Madrid superó este viernes las 76.000 propuestas de sanción por haber infringido las restricciones de movimiento y las prohibiciones impuestas desde que se estableció el estado de alarma el pasado 16 de marzo. Un total de 854 personas han sido acusadas de los delitos de desobediencia o resistencia a la autoridad. El estado de alarma prohíbe los movimientos de personas en coche o a pie, salvo quienes se dirijan a trabajar, a comprar bienes de primera necesidad, a atender a personas mayores o dependientes y a pasear a perros en los alrededores de sus domicilios.
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