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Justicia
Columna
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Miguel Ángel Rodríguez y el magistrado Hurtado

A diferencia de Peinado, sabe escribir y razonar con inteligencia. Por eso extraña la poca sutileza con que se aleja de la exigible imparcialidad

José María Mena

Un correo confidencial del abogado de Alberto González Amador, novio de la presidenta de Madrid, comunicó a la fiscalía provincial de Madrid que reconocía íntegramente los hechos, consistentes en la comisión de dos delitos contra la Hacienda Pública, y su conformidad para pagar íntegramente su deuda tributaria. El reconocimiento equivale a una confesión, y es un trámite previsto en la ley para facilitar la recaudación tributaria, a cambio de evitar la cárcel. Pasado más de un mes, los hechos confidenciales eran de conocimiento público. Para evitar su impacto negativo para la presidenta madrileña, su jefe de gabinete, Miguel Ángel Rodríguez (MÁR) urdió falsear la noticia, tergiversándola. Según él, sería el fiscal del caso quien había propuesto el pacto, y “por órdenes de arriba” este se había anulado. Con esta falsedad atribuía al fiscal general una arbitrariedad, por “órdenes de arriba”, es decir, le achacaba una prevaricación. Frente a tan grave infundio, al fiscal general no le bastaba con negarlo, porque, mediáticamente, sería palabra contra palabra. Era imprescindible contraponer una información veraz, completa y trasparente. Inmediatamente, publicó una nota informativa que reproducía el correo del abogado, ya que no sería creíble una simple réplica sin el dato concreto e irrebatible del correo. La torticera maniobra urdida por MÁR prosiguió. Amador se querelló contra el fiscal general por revelación de secreto, secundado por varias entidades ultrarreaccionarias. La instrucción del caso correspondió al magistrado Hurtado.

Este magistrado no es como su compañero Peinado, el de Begoña Gómez, la mujer de Sánchez. Hurtado sabe escribir y razonar con inteligencia. Por eso extraña la poca sutileza con que se aleja de la exigible imparcialidad. Inició su instrucción asumiendo la hipótesis de que el fiscal general actuó “a raíz de indicaciones recibidas de presidencia del gobierno”. Qué casualidad, la noticia de MÁR también hablaba de “órdenes de arriba” en su bulo que desencadenó este deplorable caso. Con esta sospecha comenzó sus pesquisas, hasta que el Supremo ordenó suprimir la frase de tan infundada suposición, pero sin alterar la intencionalidad de la investigación. El magistrado Hurtado, siguiendo su sesgada hipótesis investigadora, ordenó un registro en la sede del fiscal general, desproporcionado e inútil, consciente de la notoria permeabilidad de los secretos descubiertos por la UCO y su posible relevancia extraprocesal, mediáticamente incontrolable. Por razones exclusivamente de desconfianza ideológica menospreció el testimonio de prestigiosos periodistas que acreditaban haber conocido el correo del abogado antes que el fiscal.

Según el Tribunal Supremo, la nota informativa del fiscal no contiene una revelación indebida, porque ya era conocido públicamente el hecho. Pero, sigue argumentando el TS, para la réplica informativa no era preciso revelar el correo del abogado. Aquí está la cuestión: si ya era público el hecho, la intimidad de Amador y la confidencialidad de su defensa ya no podían ser afectadas por la posterior publicidad del correo que contenía exclusivamente los datos que ya eran públicos.

Con tan sesgada instrucción y endeble argumentación empezará el juicio al fiscal general. Él y todos deberemos confiar en la justicia. Pero, cuánto cuesta a veces.

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