_
_
_
_

La Generalitat anuncia que la regulación de precios del alquiler entrará en vigor en febrero en Cataluña

La consejera Ester Capella anuncia que están a punto de cerrar con el Ministerio de Vivienda el índice que de rentas a aplicar y el listado de 140 municipios declarados zona tensa de mercado

Una vivienda en alquiler en Barcelona, en una imagen de archivo.
Una vivienda en alquiler en Barcelona, en una imagen de archivo.Albert Garcia
Clara Blanchar

La consejera de Territorio de la Generalitat, Ester Capella, ha anunciado este jueves en Madrid después de reunirse con la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, que “en febrero entrará en vigor en Cataluña la contención de rentas” de los precios del alquiler. En las próximas semanas finalizarán los trabajos técnicos entre el Govern y el Ministerio: “En febrero, cuando acaben los trabajos el Ministerio publicará la memoria, la declaración de zona tensa de 140 municipios que enviamos en verano de 2023 y el índice de precios a aplicar”. Cataluña es la única comunidad autónoma que por ahora ha pedido poder regular los alquileres, como prevé la Ley de Vivienda, aprobada en abril del año pasado, en vísperas a las elecciones municipales.

Con el acuerdo anunciado, la comunidad recuperaría la contención de rentas que estuvo en vigor entre septiembre de 2020 y marzo de 2022, cuando el Tribunal Constitucional la tumbó en respuesta a un recurso del Gobierno. Capella ha celebrado “desencallar” las cuestiones técnicas y “poder hacer efectiva la contención de rentas en febrero en Cataluña”. “El acceso a la vivienda es fundamental porque es la puerta de entrada a todos los derechos”, ha señalado.

El ministerio, en un tono menos triunfalista, en una nota de prensa ha confirmado que “el Índice de Precios de Referencia de Alquiler que permitirá declarar las zonas tensionadas está previsto que se publique a lo largo del mes de febrero”. “Hoy la vivienda es un problema transversal, de mayorías, y ambos gobiernos aspiran a atender esta demanda” ha destacado la ministra.

Uno de los escollos a salvar ahora es terminar la elaboración de un nuevo índice de precios. Cataluña ya tiene el suyo vigente, que fue la referencia para la ley de contención de rentas (el conocido como decreto 11/2020), pero para aplicar la legislación española es necesario otro índice elaborado por el Ministerio, que hace unas semanas se comprometió a tenerlo acabado este mes de enero.

Desde Barcelona, el Sindicato de Inquilinos, que impulsó la regulación de los alquileres en Cataluña, ha asegurado que la regulación “llega muy tarde” y ha recordado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se comprometió a aprobarla en 2019. “Desde entonces el alquiler en Barcelona ha subido una media del 18%, lo que significa que desde entonces las familias pagan 176 más cada mes”, ha asegurado la portavoz de la organización, Carme Alcarazo. “Han pasado ocho meses desde que la Ley española se aprobó y no queremos darlo por hecho, porque en todo este tiempo nos han dado muchas largas. Cada mes son subidas y más familias desahuciadas o que pueden destinar menos parte de sus ingresos a comprar comida. Es muy grave porque en Barcelona las familias destinan la mitad de sus ingresos al alquiler”, ha señalado. Alcarazo ha considerado que “será muy importante el índice, porque determina cuánto tienen que bajar los alquileres, tiene el riesgo de ser un queso Gruyere y no acabe bajando los alquileres lo que sería justo, porque en los últimos diez años los precios se han doblado y es importante que bajen para que las familias respiren”.

¿Cómo funciona la ley?

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La Ley de Vivienda prevé que sean las comunidades autónomas quienes soliciten regular los alquileres en su territorio. Y allí, el marco de regulación son las zonas declaradas de mercado tenso, que solicitan los Ayuntamientos o, en el caso de la Generalitat, fue la administración autonómica quien propuso un listado de 140 municipios, entre los que figura Barcelona y las principales ciudades. Su vigencia es de tres años y se puede prorrogar y debe cumplir una de estas condiciones: que el coste medio del alquiler o hipoteca y gastos básicos supere el 30% de los ingresos medios de las familias; o que el precio de la vivienda haya subido al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración.

La futura regulación de los alquileres se aplicará a los nuevos contratos de alquiler en las zonas tensionadas. Si el casero es un pequeño propietario (menos de cinco pisos), no se podrá subir el alquiler respecto al anterior contrato (actualizando la renta de los años que estuviera vigente): quedará congelado. Si se trata de grandes propietarios (más de cinco pisos), el precio no podrá ser superior al anterior alquiler y, si el precio anterior estuviera por encima de lo que fije el índice, el casero tendría que bajarlo. Vistas las subidas de precio en Barcelona en los últimos años (y a no ser que el contrato se firmara durante la vigencia de la 11/2020) está por ver qué años toma como referencia el índice que se elabore. Hay una tercera casuística: en pisos que no han estado en el mercado durante un tiempo o entran por primera vez al alquiler, el límite de precio es el índice.

En el caso de los pequeños propietarios también podrán optar a bonificaciones fiscales, que serán de hasta el 90% si bajan el precio al menos 5%. Los pequeños propietarios también podrán subir un máximo del 10% sobre la última renta si han hecho obras de rehabilitación los dos años anteriores. Otra cuestión ya vigente en la Ley de Vivienda es que modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos y establece que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato corren a cargo del casero.

La legislación que estuvo vigente en Cataluña era más exigente y afectaba por igual a todos los propietarios, tanto si tenían un piso como mil. En cambio, aquella no obligaba a frenar las rentas en los pisos de obra nueva en los primeros cinco años, porque se entendía que las casas nuevas pueden salirse del mercado. La contención de rentas en la nueva ley sí aplica a la obra nueva, lo que los promotores cuestionan: argumentan que desincentivará promover alquiler a precio libre.

Puedes seguir a EL PAÍS Catalunya en Facebook y X, o apuntarte aquí para recibir nuestra newsletter semanal

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Clara Blanchar
Centrada en la información sobre Barcelona, la política municipal, la ciudad y sus conflictos son su materia prima. Especializada en temas de urbanismo, movilidad, movimientos sociales y vivienda, ha trabajado en las secciones de economía, política y deportes. Es licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_