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Inmersión lingüística
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Sin parámetros numéricos

El inconveniente de prohibir los parámetros numéricos en la enseñanza no universitaria es que resulta contradictorio con lo que la Generalitat está haciendo en la universitaria.

Pintada en la escuela Turó del Drac de Canet de Mar.
Pintada en la escuela Turó del Drac de Canet de Mar.MASSIMILIANO MINOCRI
Albert Branchadell

El día 30 de mayo el Gobierno de la Generalitat aprobó el Decreto Ley 6/2022, por el cual se fijan los criterios aplicables a la elaboración, aprobación, validación y revisión de los “proyectos lingüísticos” de los centros educativos. Entre dichos criterios sobresale, sin duda, “la inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas”.

La introducción de este criterio es la respuesta en forma de pataleta a la exigencia del TSJC de que al menos el 25% de las horas lectivas se impartan en castellano. Más allá de si era conveniente soliviantar a los magistrados de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, y más allá de la incongruencia que supone introducir en el decreto ley una cuestión que no aparece en la ley sobre el uso y aprendizaje de las lenguas (aprobada finalmente el pasado martes), la idea de prohibir los parámetros numéricos presenta algunos inconvenientes de peso.

En primer lugar, sorprende que un decreto ley tan largamente meditado, que versa sobre lenguas, sea tan poco cuidadoso desde el punto de vista lingüístico. Quienquiera que fuese que lo redactó confundió la “no aplicación” (que es la expresión que debería haber usado) con la “inaplicación”. En buen castellano (y lo mismo sirve para el catalán) “inaplicación” significa “falta de aplicación”, es decir, falta de esmero, diligencia y cuidado en ejecutar algo. Es difícil creer que la elección del término sea deliberada, una suerte de guiño al poco esmero, diligencia y cuidado con que el decreto ley reconoce el carácter vehicular del castellano.

En segundo lugar, la prohibición de parámetros numéricos supone un auténtico problema práctico a la hora de validar los proyectos lingüísticos existentes, porque muchos proyectos utilizan parámetros de ese tipo. Decir, por ejemplo, que una determinada escuela imparte en inglés “una materia” no lingüística es aplicar un parámetro numérico; explicar que el castellano se usa como medio oral de comunicación en Educación Física, a razón de “dos horas semanales”, también es un parámetro numérico; como lo es anunciar que durante “90 minutos semanales” se utiliza el inglés para desarrollar una parte del currículum de medio natural. Etcétera.

Sin duda, el principal inconveniente de prohibir los parámetros numéricos en la enseñanza no universitaria es que resulta contradictorio con lo que el mismo Gobierno de la Generalitat está haciendo en la enseñanza universitaria. La semana pasada la consejera Gemma Geis presentó un plan para el “fortalecimiento” del catalán en las universidades, que incluye entre sus objetivos que en 2025 el 80% de las asignaturas de los grados financiados con fondos públicos sean impartidas en catalán.

En resumen: en lugar de confiar en la autonomía de los centros y darles libertad para seguir aplicando los parámetros numéricos que ya están aplicando y que el mismo Govern aplica en otros ámbitos, el equipo de Aragonès ha preferido introducir una dosis adicional de politización de la lengua en el mismo decreto ley que se supone que tenía que rebajarla.

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