La Generalitat prepara la concesión del tercer grado a los presos del ‘procés'
El día 9 expira el plazo para revisar la clasificación aprobada tras la sentencia del Tribunal Supremo
El departamento de Justicia de la Generalitat revisará en los próximos días la clasificación penitenciaria en la que se encuentran los nueve presos del procés condenados por el Tribunal Supremo por sedición y malversación a penas de entre nueve y 13 años de cárcel tras el referéndum del 1 de octubre de 2017. Fuentes jurídicas conocedoras del proceso aseguran que las juntas de tratamiento de las cárceles donde están los presos propondrán la clasificación en tercer grado para todos y que la medida será avalada después por la Secretaría de Medidas Penales y Alternativas, como ocurre en el 95% de los casos.
Los nueve presos ya disfrutan desde hace tres meses de un régimen flexible de cumplimiento de cumplimiento de las penas en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, lo que les permite pasar el día fuera de la cárcel para trabajar o hacer labores de voluntariado y regresar a dormir, a pesar de que están clasificados en segundo grado.
Sin embargo, ahora pasan el fin de semana en prisión, algo que desaparecería con el tercer grado, de manera que, si se confirma esa situación, podrían abandonar la cárcel el viernes por la mañana y regresar el domingo por la noche. Incluso podría darse el caso de que ni siquiera tengan que acudir a la prisión a dormir, sino que lo hicieran en un centro abierto o un piso de la Generalitat, en función de la concreción del régimen abierto que hagan las juntas de tratamiento. El tercer grado implica, además, la posibilidad de disfrutar de un máximo de 48 días de permiso ordinario al año, distribuidos en dos semestres. Como máximo, siete días seguidos por permiso.
La Fiscalía ha recurrido en todos los casos la aplicación del artículo 100.2 a los nueve condenados por considerarlo que era un tercer grado encubierto, pero, también en todos los casos, los juzgados de vigilancia penitenciaria han avalado la decisión de la Generalitat, que ha vuelto a ser impugnada ante las audiencias provinciales por el ministerio público. Ese recurso no tiene efectos suspensivos, por lo que los presos siguen disfrutando de la semilibertad.
Si finalmente se les concediese el tercer grado penitenciario la situación cambiaría y la última palabra la tendrá el Tribunal Supremo, que fue el tribunal sentenciador, si es que la Fiscalía volviese a recurrir. En el tramo final del juicio el ministerio público reclamó a los jueces que hicieran uso de la facultad que les otorga el artículo 36.2 del Código Penal y acordasen en la sentencia que la clasificación en tercer grado no podría realizarse hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta. La sala presidida por Manuel Marchena rechazó la petición.
A finales del pasado mes de marzo, cuando se llevaban dos semanas del estado de alarma, la Generalitat estudió la posibilidad de enviar a los nueve presos a sus domicilios mientras durase la crisis sanitaria. El intento quedó en nada después de que el Tribunal Supremo advirtiese que actuaría penalmente contra los funcionarios de las juntas de tratamiento que avalasen esa decisión por un posible delito de prevaricación.
Tras hacerse pública la sentencia el pasado 14 de octubre, los sectores más recalcitrantes del independentismo exigieron al departamento de Justicia, liderado por la consejera Ester Capella (Esquerra Republicana), que se clasificara a los presos en tercer grado, pero esta aguantó las prisiones y reclamó respeto a las decisiones de las juntas de tratamiento de las cárceles.
Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat y presidente de ERC, es el político que cumple la condena más elevada (13 años), seguido de los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa (12 años). En el caso de Carme Forcadell, presidenta del Parlament cuando se declaró la independencia en octubre de 2017, la pena fue de 11 años y medio.
Aunque el reglamento penitenciario es muy flexible y deja lugar a interpretaciones por parte de las juntas de tratamiento, muchos abogados solicitan el tercer grado penitenciario para su cliente cuando ya ha cumplido una cuarta parte de la condena. Esta circunstancia ya sería de aplicación a los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull, condenados a penas de diez años y medio de cárcel, mientras que a Jordi Cuixart y Jordi Sànchez les impusieron nueve años. Los Jordis fueron los primeros en entrar en prisión preventiva el 16 de octubre de 2017 por decisión de la Audiencia Nacional y unos días después, el 2 de noviembre, lo hicieron el resto de acusados.
Todos los hombres están ingresados en la cárcel de Lledoners, en el municipio barcelonés de Sant Joan de Vilatorrada, mientras que la exconsejera Bassa está internada en el centro de Puig de les Basses, en Figueres (Girona), y Carme Forcadell, en la cárcel de mujeres barcelonesa de Wad-Ras.
La expresidenta del Parlament solicitó el cambio de prisión hace apenas dos semanas después de conocerse que el juzgado de vigilancia penitenciaria de Lleida había enviado al Tribunal Supremo el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y que en teoría debería haber resuelto la audiencia provincial. El cambio se interpretó como un intento de Forcadell de evitar el pronunciamiento del alto tribunal, que aún no ha resuelto el caso.
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