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Caso fiscal general: anatomía de una deliberación

Siete magistrados del alto tribunal tienen por delante dictar una de las sentencias más relevantes de la historia reciente, en un debate que se prevé “duro”

El juicio a Álvaro García Ortiz, el primero que se celebra contra un fiscal general del Estado, ha quedado esta semana visto para sentencia. Ahora será el tribunal el que tenga que adoptar una decisión y sostenerla en una resolución. Fuentes jurídicas apuntan que el debate será “duro”, como lo ha sido la vista, intensa e “incómoda” para casi todas las partes, con el acusado entrando cada mañana al Tribunal Supremo por la puerta reservada a magistrados y autoridades, y sentado en los estrados con la toga de su cargo, de la que solo se desprendió para declarar. Tampoco es frecuente que la Fiscalía se siente del lado de la defensa, ni dirija los interrogatorios a sumar razones para absolver al procesado (su superior jerárquico), ni que en la vista comparezcan una docena de periodistas (algunos conocidos para todo o parte del tribunal) que tienen un conocimiento directo de los hechos que se juzgan pero no pueden revelar su fuente.

Estas anomalías, sumadas al contexto de enorme polarización política que atraviesa el país, son una continuación de las que se evidenciaron a lo largo de la fase de instrucción, de la que no emanó ninguna prueba sólida que apuntara a que fue García Ortiz quien la noche del 13 de marzo de 2024 filtró a la Cadena SER un correo enviado a la Fiscalía por el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid Isabel Díaz Ayuso, en el que reconocía dos delitos fiscales y proponía un acuerdo que le evitara entrar en la cárcel. El juicio tampoco ha servido a las acusaciones para recabar una prueba de cargo ni ningún nuevo indicio, y el tribunal tendrá que decidir si los que sentaron al fiscal general en el banquillo, interpretados con los 40 testimonios que se han escuchado en la vista, son suficientes para condenarlo.

Estas son algunas de las claves que han dejado las seis sesiones del juicio:

Las dudas sobre el secreto. La primera premisa para condenar a García Ortiz es que el Supremo considere que el contenido del correo seguía siendo secreto cuando él lo recibió, a las 21.59 del 13 de marzo de 2024. Los testimonios de la vista oral apuntan a que la información supuestamente confidencial (el reconocimiento de dos delitos fiscales por parte de González Amador) era conocida a esa hora por distintos periodistas, pero lo que el tribunal tendrá que estudiar si eso implica que la filtración del correo ya no era delito. La jurisprudencia del Supremo señala que cuando se revela un secreto, “y más aún si el destinatario de lo revelado es un profesional de la información”, la información reservada deja de serlo, pero la Sala de lo Penal ha discrepado durante la instrucción. Dos de los tres magistrados que examinaron los recursos de García Ortiz consideraron que los periodistas tenían “alguna información fragmentaria, pero no tenían noticia del contenido del correo”, y que el carácter de reserva solo cae cuando se publica en los medios, una interpretación que rechazó el tercer magistrado de la sala de Apelación, Andrés Palomo.

Sin embargo, al margen de lo que supieran los periodistas, la defensa sostiene que fue González Amador quien rompió la confidencialidad de las conversaciones de su abogado con la Fiscalía al reenviar un correo del fiscal al jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, y darle permiso para difundirlo; e, incluso, cuando él mismo conversó el 13 de marzo con el periodista de El Mundo que, unas horas después, firmó una noticia tergiversada que recogía algunos detalles del acuerdo que negociaba el letrado de González Amador. El abogado de este, Carlos Neira, también quebró el secreto, según la defensa, cuando reenvió una copia de su correo a la Abogacía del Estado, que en ese momento no estaba personada en el proceso.

La nota de prensa. La relevancia penal que el Supremo le da al comunicado difundido por la Fiscalía el 14 de marzo para desmentir la versión falsa del entorno de Ayuso sobre las negociaciones entre la Fiscalía y su pareja es confusa, pero esa nota ha tenido gran protagonismo en el juicio. El comunicado está en el origen de la querella que ha llevado al banquillo a García Ortiz, quien desde el principio asumió la autoría de ese documento; sin embargo, la sala que le encausó (integrada por cinco de los siete magistrados que le han juzgado) consideró que “aparentemente” no contenía “información indebidamente revelada”, ya que todos los datos que incluía ya eran de conocimiento público a través de la prensa. Pero los jueces sí vieron indicios de delito en la filtración del correo del abogado, que hasta ese momento no estaba bajo la lupa, y ordenaron investigarlo al magistrado Ángel Hurtado.

Para sorpresa de la defensa, el instructor rescató la nota una vez avanzada la instrucción y, en la resolución con la que procesó a García Ortiz, señaló que ese documento no es delictivo por sí solo, pero sí en “unidad de acto” con la filtración del correo. Esta es la tesis que ha presentado la acusación particular al final del juicio: el fiscal general filtró el email a la Cadena SER para poder meter en la nota de prensa la admisión de los delitos por parte de la pareja de Ayuso porque así no revelaba nada que no se hubiera publicado ya antes en los medios. A su vez, el letrado del novio de Ayuso dio otro paso más y planteó que ese comunicado reveló una “realidad institucional que no había sido transmitida a los medios”.

La defensa considera “insostenibles” estas teorías y en su informe final se quejó de la ambigüedad del Supremo sobre el comunicado. “No sabemos de lo que nos estamos defendiendo [...] Sigo sin saber si tengo que defenderme de la nota o solo de la filtración”, lamentó el abogado del Estado.

La sincronía horaria. La coincidencia temporal entre que el fiscal general recibe el correo, a las 21.59, y el contenido de este se difunde por primera vez en los medios, a las 23.24, sigue siendo el principal indicio contra García Ortiz. Para la defensa, esta sospecha está basada en “una inferencia de escaso valor” porque el email lo recibieron a la misma hora que la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra (cinco minutos antes que el jefe del ministerio público), la jefa provincial, Pilar Rodríguez, y la decana de Delitos Económicos, Virna Rodríguez. Y, en ese momento, también tenían acceso ya otras 16 personas (fiscales y funcionarios de la Fiscalía) en la cuenta genérica de correo a la que el abogado de González Amador lo envió.

La Abogacía añade que este supuesto indicio pierde valor al contextualizarlo: según resalta, la relevancia mediática de ese email se multiplicó cuando El Mundo publicó su noticia tergiversada a las 21.29 (donde decía que la Fiscalía había ofrecido un pacto a González Amador, cuando era realmente al revés); y, por tanto, es a partir de ese momento cuando los medios que dicen que lo tenían antes de esa hora intentaron que su fuente les autorizara a publicarlo y cuando el resto empezó a buscar información sobre las posibles negociaciones entre el abogado y el ministerio público.

El borrado del teléfono. El hecho de que García Ortiz hubiera borrado los registros de su cuenta de WhatsApp se ha convertido en un indicio adicional para el Supremo y las acusaciones. Como ya hizo durante la instrucción, el fiscal general sostuvo en el juicio que elimina de forma “sistemática” el contenido de los dispositivos porque una filtración de sus comunicaciones podría “poner en peligro a muchas personas”. También explicó que cambia de terminal una vez al año y que vacía el anterior, datos que fueron corroborados por la fiscal de sala de la Unidad de Apoyo y por el jefe de Protección de Datos de la Fiscalía, quien explicó que cada fiscal es responsable de adoptar las cautelas necesarias para prevenir brechas de seguridad y que se recomienda la eliminación de datos almacenados en los teléfonos y ordenadores para disminuir esos riesgos.

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil concluyó en un informe que García Ortiz borró todos sus whatsapps anteriores, incluso los de la semana de marzo en la que se centra a investigación, el 16 de octubre de 2024, el día que el Supremo le encausó, pero él asegura que los eliminó mucho antes. Una pericial encargada por la defensa certificó que no puede saberse cuándo borró aquellos registros y lo agentes de la UCO que testificaron en la vista recalcaron que el 16 de octubre eliminó todos los mensajes que tenía en ese momento, aunque no puede saberse cuántos eran ni de qué fechas.

El derecho de los periodistas. El papel de los periodistas va a ser clave en la deliberación del tribunal, tanto para determinar si existió un delito de revelación de secretos como para decidir si su autor fue García Ortiz. Seis periodistas de cuatro medios distintos (incluido EL PAÍS), que han declarado como testigos, con la obligación de decir la verdad, han asegurado que sabían que González Amador reconocía sus delitos para intentar un pacto de conformidad antes de que el fiscal general recibiera el correo que centra la investigación —algunos han aportado mensajes de WhatsApp que lo constatan—. Y tres de ellos han dicho que tuvieron acceso a ese mail y que no fue el fiscal general quien se lo hizo llegar. Pero todos se han acogido al secreto profesional, un derecho reconocido en la Constitución, para no revelar sus fuentes. Entre ellos está Miguel Ángel Campos, el redactor de la Cadena SER que dio la primera noticia sobre el correo filtrado (fechado el 2 de febrero), que aseguró que accedió a su contenido al mediodía el 13 de marzo, pero que su fuente le prohibió publicarlo y solo le dio permiso una vez que El Mundo había difundido la versión tergiversada que Miguel Ángel Rodríguez llevaba horas propagando.

Las acusaciones restan credibilidad a estos testimonios con argumentos como que pueden excusarse en el secreto profesional para no decir la verdad; o como que, según las palabras del abogado de González Amador, “poseen un interés económico, profesional o de negocio en cuidar como fuente al ministerio fiscal”. El tribunal tendrá que tomar en este asunto una decisión delicada y valorar si los periodistas, o al menos el redactor de la Cadena SER, mienten.

El papel de la fiscal Lastra. La división existente dentro de la Fiscalía ha quedado en evidencia. Las acusaciones se han aferrado al testimonio de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, que vertió sombras de sospecha sobre el fiscal general. Lastra aseveró al tribunal que ella creía que García Ortiz estaba tras la filtración del email y que, de hecho, se lo reprochó durante una conversación telefónica. Según su versión, le llegó a espetar: “Has filtrado los correos”; y García Ortiz le respondió: “Eso ahora no importa”.

El jefe del ministerio público la contradijo. Declaró que nunca escuchó esas palabras y que no existe la suficiente relación de confianza entre ambos para que se dirigiera a él en esos términos. La defensa fue incluso más allá: resaltó que Lastra mantiene “una mala relación” con la cúpula de la Fiscalía General del Estado y le atribuyó un cambio de versión sobre ese episodio. La fiscal no mencionó esa conversación cuando declaró ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid; en la instrucción del Supremo contó que le dijo a García Ortiz “¿has filtrado la nota?”, no los correos (ella alegó en el juicio que debió confundirse); y, la pasada semana, Lastra afirmó en la vista que ahora no recuerda si le dijo “Has filtrado los correos” o “Habéis filtrado los correos”. La Abogacía, además, acusa a Lastra de imponer “un cerrojazo informativo” sobre la denuncia a González Amador.

La “mala fe” de González Amador. García Ortiz rechazó contestar en el juicio a las preguntas de la acusación particular al considerar que González Amador había actuado de forma “desleal” porque omitió en su querella tres datos relevantes que se han descubierto a lo largo de la instrucción: que el correo investigado y enviado por su abogado ya había sido reenviado el mismo 2 de febrero a la Abogacía del Estado, que no formaba parte del proceso; que quien primero revela el mail de un fiscal es el propio González Amador, al reenviarle al jefe de gabinete de Ayuso un correo remitido por el fiscal del caso a su abogado y autorizarle a difundirlo entre los medios de comunicación; y que González Amador se entrevistó, antes de la filtración, con un periodista de El Mundo al que contó detalles sobre su problema con Hacienda que el redactor incluyó en la noticia que reveló la existencia de negociaciones entre la Fiscalía y la pareja de la presidenta madrileña.

La vía de anular los registros. Desde el primer día de juicio, la defensa y la Fiscalía centraron parte de su estrategia en tratar de invalidar los registros en los despachos de García Ortiz y de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, donde se intervino el contenido de sus dispositivos electrónicos. Según recalcaron, el tribunal debería declararlos nulos y, por tanto, no tener en cuenta los informes que elaboró la UCO con el material incautado. Esto implicaría expulsar del proceso todas las conclusiones e inferencias de los agentes (como la de que el fiscal general tuvo un papel “preeminente” en la filtración) y sus análisis sobre el borrado de su teléfono móvil.

La Abogacía esgrime que los registros fueron “desproporcionados”. El instructor decretó primero que se aprehendiera toda la información que fuera del 8 de marzo de 2024 al 30 de octubre de ese año; aunque después, una vez ejecutada la medida, se rectificó y restringió el análisis al periodo del 8 al 14 de marzo. Pero, para entonces, la UCO ya se había llevado todo y había ido, incluso, más allá del primer límite temporal fijado, como los propios agentes contaron al tribunal. Los guardias explicaron que clonaron todo lo que encontraron para poder cribarlo posteriormente y se excusaron en que era “inviable” técnicamente hacerlo de otra forma. Ante la pregunta de Consuelo Castro de si pidieron permiso al juez para sobrepasar el marco establecido, el teniente coronel Antonio Balas contestó: “No lo recuerdo”. Las acusaciones destacaron que la Sala de Apelación avaló los registros.

Los saltos deductivos de la UCO. La quinta sesión del juicio dejó una escena inusual en los tribunales: la Abogacía del Estado y la Fiscalía apretando a los funcionarios de la UCO para minar su credibilidad. Las acusaciones otorgan enorme importancia a los informes de la Guardia Civil, que cree que García Ortiz está detrás de la filtración. Las defensas los minimizan y repiten que están plagados de “inferencias” y “deducciones” sin base. Los agentes no tienen pruebas directas, pero apoyan sus conclusiones en saltos deductivos, derivados del análisis de lo ocurrido aquellos días en la Fiscalía General del Estado. Están convencidos de que el email salió de esa institución y, como García Ortiz tenía un “dominio total de la acción” a “todos los niveles” de todo lo que ocurría en ella (por razón de su cargo), no pudo producirse la filtración sin que él lo supiera.

Una dinámica “institucional” o de “filtración”. Los mandos de la UCO insistieron al tribunal que la documentación (la denuncia contra González Amador, el correo bajo sospecha o la nota de prensa) se fue filtrando a los medios a medida que se manejaba en la Fiscalía General. “Muestra un modus operandi de recabar información y presuntamente filtrarla”, resumió un agente. Las acusaciones recogieron esa idea en sus informes finales (una de ellas la llamó “dinámica de filtración”) para sostener su tesis de que todos los movimientos del equipo de García Ortiz, que se produjeron en la noche del 13 de marzo, tenían por objetivo recabar el correo para pasarlo a la prensa. Esa teoría la rebatió el abogado del Estado, que consideró que lo que se produjo fue una “dinámica institucional, legítima y legal” —“fundamentada en el Estatuto del Ministerio Fiscal”— para obtener los datos necesarios para “emitir una nota de prensa” que desmintiera la información tergiversada de El Mundo y el bulo de Miguel Ángel Rodríguez.

Múltiples potenciales filtradores. La defensa ha reiterado en el juicio que existen muchos potenciales filtradores. La Abogacía y la Fiscalía subrayan que cientos de personas pudieron tener acceso al correo difundido a la prensa; pero que el juez instructor y la UCO nunca han intentado abrir esa opción porque, desde el principio, se centraron en dirigirse contra García Ortiz . “Existió una voluntad de no investigar a todas estas personas que podían tener acceso”, sostuvo el abogado del Estado José Ignacio Ocio. “Todo lo que se filtró estaba en posesión de la Fiscalía General del Estado y de 600 personas más”, añadió su compañera Consuelo Castro.

—¿Intentaron ustedes averiguar si más personas habían recibido esa misma documentación? —preguntó Castro en uno de los interrogatorios.

—¿Otras personas como cuáles? —contestó el teniente coronel Balas.

—Pues mire, —se lanzó a enumerar la abogada del Estado durante casi un minuto— 499 personas con acceso a la carpeta guardia a través de la cual la documentación se puso a disposición de la jefatura provincial; 27 personas con acceso a la cuenta genérica de correo de la secretaría técnica donde se recibió esa documentación; 30 personas de la Fiscalía Provincial con acceso a la carpeta compartida ‘Diligencias de investigación 101/2024’, además del personal de la fiscalía superior; desde el 20 de febrero, todas las personas con acceso a la herramienta de gestión Safi, que son todos los fiscales de Madrid; desde el 20 de febrero, todas las personas con acceso a la plataforma Fortuny; y todo el personal del decanato de los juzgados de instrucción de Plaza de Castilla donde se registró esa denuncia con esa documentación el 5 de marzo, un día antes de producirse la filtración.

—Vale, bueno... Nosotros no hacemos investigaciones prospectivas —se defendió el guardia civil, provocando algunas risas en la sala.

“Invertir la carga de la prueba”. La defensa ha insistido en que la forma de instruir la causa (señalando desde el principio el Supremo a un único sospechoso) ha implicado que la investigación haya estado marcada por un sesgo incriminatorio, que ha supuesto que se haya invertido la carga de la prueba: “Hemos sido las defensas las que hemos tenido que demostrar la inocencia”. En su exposición final la defensa recordó que el instructor no llamó a declarar motu proprio a Miguel Ángel Rodríguez, sino que tuvieron que pedírselo; y que la Sala de Apelación le obligó también a citar a González Amador.

En un juicio de un Estado de derecho democrático, el acusado no tiene que demostrar su inocencia, sino los acusadores demostrar su culpabilidad (además, más allá de toda duda razonable, según la doctrina del Tribunal Constitucional). Sin embargo, en algunos momentos de esta vista, este principio se ha bordeado. El pseudosindicato Manos Limpias, personado como acusación popular, alegó que la defensa no ha conseguido poner sobre la mesa “alternativas verosímiles a la culpabilidad”. Y, en su exposición final, el letrado de González Amador indicó que “ni García Ortiz, ni Miguel Ángel Campos ni Mar Hedo han querido compartir con esta sala las comunicaciones de WhatsApp, Signal, email u otras plataformas que tuvieran entre ellos esta noche. O más sencillo, las que no tuvieran. ¿Habría habido algún problema en mostrarlas?”.

El victimismo de la pareja de Ayuso. Desde que trascendió la denuncia de la Fiscalía a González Amador, la presidenta madrileña ha abonado la teoría de que su pareja es víctima de una operación de Estado urdida por sus rivales políticos, con García Ortiz a la cabeza. González Amador exprimió esta tesis en la instrucción y la ha elevado a su máxima expresión en su declaración en el juicio. Contó que, desde que supo que Hacienda lo investigaba, pensó que detrás de esa inspección podía haber razones políticas, y que sus temores se cumplieron cuando se hizo pública su denuncia y que estaba dispuesto a reconocer los delitos para evitar entrar en la cárcel. “A partir de ese día yo pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. El señor [Álvaro] García Ortiz me había matado públicamente”. La Sala Civil del Supremo ya dictaminó que González Amador es “un personaje público en tanto que es la pareja de la presidenta de una comunidad autónoma”, por lo que llamarle “delincuente confeso” , aunque resulte “impreciso e inoportuno”, forma parte del “debate político”.

El daño que la supuesta filtración del correo electrónico pudo causar a la pareja de Ayuso tiene relevancia tanto en la causa contra el fiscal general como en la que sentará al propio González Amador en el banquillo en los próximos meses. En el caso de García Ortiz, porque la posible vulneración del derecho de defensa del empresario es uno de los factores que ha tenido en cuenta el Supremo para llevarle a juicio y que tendrá que valorar para condenarle; y, en la causa contra González Amador, porque el reconocimiento de esa vulneración por parte del alto tribunal podría servirle para impugnar su acusación.

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