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El PSOE pide al Supremo que condene al PP por delito fiscal ante nuevas pruebas del ‘caso Bárcenas’

La acusación popular reclama que se analicen los correos electrónicos incautados al entorno del exministro de Hacienda y se revise la sentencia de la caja b

Aznar y Rajoy
Aznar y Rajoy, durante su declaración como testigos por videoconferencia en el juicio por la caja b del PP.EL PAÍS
José Manuel Romero

La acusación popular que ejerce el PSOE en el caso de la caja b que financió al PP durante casi 20 años (1990-2009) envió un escrito el pasado 19 de agosto al Tribunal Supremo en el que solicita que estudie la documentación que obra en poder de un juzgado de Tarragona sobre las supuestas maniobras del ministerio de Hacienda, dirigido entonces por Cristóbal Montoro, para enfrentarse al juez Pablo Ruz ―instructor del caso Bárcenas― y evitar así al PP una condena por delito fiscal. Mientras que el juez Ruz pedía a los peritos de Hacienda que le informasen de la cuantía del fraude del PP por no tributar por las donaciones ilegales que ingresó; los responsables de Hacienda discreparon del juez para defender que esas donaciones ilegales no tenían obligación de declararse en el impuesto de Sociedades.

El órgano dependiente del Ministerio de Hacienda elaboró ese dictamen exigido por Ruz aclarando que su criterio era “absolutamente contrario al utilizado por expreso mandato de la autoridad judicial”, según dejó escrito la inspectora jefa de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), Margarita García-Valdecasas. El informe arrojó el resultado de una cuota impagada de 220.167 euros, por encima del mínimo que la ley fija (120.000 euros) para acusar por delito fiscal.

El escrito de la acusación popular que ejerce el PSOE llega al Supremo cuando este órgano supuestamente ya deliberó hace seis meses los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó al extesorero del PP, Luis Bárcenas, y al despacho de arquitectura que se encargó de la reforma de la sede del partido conservador, por pagar y cobrar con dinero negro esos trabajos. De paso, la sentencia consideró acreditado que el PP se financió con donaciones ilegales y condenó al partido como responsable civil subsidiario del delito cometido por el que fue su tesorero. “Bárcenas gestionó los fondos en metálico aportados al Partido Popular como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela —contabilidad B— de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni, por tanto, fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”, señala el fallo de la Audiencia Nacional.

Pese a que el Supremo deliberó hace seis meses los recursos presentados contra esa sentencia, aún no se conoce cuando hará publica su decisión. El PSOE pide ahora al Supremo que reclame al juzgado de Tarragona los correos electrónicos incautados al entorno del ministro Montoro para que, tras analizarlos, acuerde anular la sentencia de la caja b y devolver la causa a la Audiencia Nacional para que su enjuiciamiento le corresponda a una sala con composición distinta. No obstante, el PSOE renuncia a esta petición si el Supremo acuerda, como pidió la acusación popular en su primer recurso, condenar por delito fiscal al Partido Popular al no declarar el impuesto de sociedades correspondiente a los ingresos recibidos a través de donaciones ilegales.

El PSOE entiende que los correos electrónicos incautados por el juzgado de Tarragona demuestran la falta de objetividad de los peritos de Hacienda “y su falta de servicio a los intereses generales para defender unos intereses particulares, los del partido (PP) al que se exoneraba de responsabilidad fiscal”.

Tres de los correos incautados que figuran en el sumario abierto en Tarragona, donde se investiga por posible tráfico de influencias a la consultora Equipo Económico fundada en 2006 por el exministro Cristóbal Montoro, detallan como se gestionaba dentro del ministerio la amenaza judicial contra el PP.

29 de enero de 2015: “Sin consecuencias tributarias”. “Ministro, para la reunión de las 9.30 (...). En el primer anexo de la nota viene descrito por qué el importe de la financiación (sea superior o tenga unas condiciones diferentes a lo que prevé la Ley de financiación de partidos políticos) no tiene consecuencias tributarias, a efectos del Impuesto de Sociedades. El informe estará listo para remitir al juez la próxima semana (...). El juez ha pedido expresamente a los funcionarios que se pronuncien si habría delito en el partido si todo el importe de la financiación que no cumpliese con lo previsto en la Ley de Financiación de partidos políticos no se considerase exento a efectos del Impuesto sobre Sociedades. La Agencia Tributaria considera que el incumplimiento de la Ley de Financiación de Partidos Políticos debe sancionarse administrativamente y no tiene consecuencias tributarias de ningún tipo. La AEAT no va a cuantificar el impacto”.

11 de febrero de 2015 “Argumentos creíbles, ausencia de delito”. “Los funcionarios de la AEAT han dado argumentos creíbles de ausencia de delito en el PP por la financiación del partido. El carácter irregular de la financiación no cambia el régimen tributario de los ingresos recibidos por el partido, que deben considerarse exentos a efectos del Impuesto sobre Sociedades. El fiscal ha quedado convencido y la opinión del Abogado del Estado es que esta vía de acusación ha quedado cerrada”.

26 de marzo de 2015. “Si preguntan, no hay delito en el PP”. “Si le preguntan, la Agencia Tributaria mantiene su criterio, no hay delito en el Partido Popular, sí en UNIFICA [empresa que acometió las obras de reforma de la sede del PP y cobró parte del servicio en dinero negro]. A su vez, Justicia se está planteando la posibilidad de que la Abogacía del Estado plantee un recurso al auto del juez [ordenando una informe sobre el fraude fiscal del PP al no pagar el impuesto de sociedades por las donaciones ilegales recibidas en 2008]. En este caso, también se solicitarían argumentos a la AEAT para fundamentar el recurso. Decidiría la sala de la Audiencia Nacional que ya en anteriores ocasiones ha considerado que una donación ilegal no debería de estar exenta de tributación en el Impuesto sobre Sociedades...”. El juez Pablo Ruz y tres magistrados de la sección cuarta de la Audiencia Nacional sostuvieron que las donaciones ilegales eran un ingreso extraordinario del PP al no cumplir con lo establecido por la Ley de Financiación de Partidos y por eso defendían el criterio de que la formación conservadora debería haber pagado el impuesto de sociedades correspondiente.



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