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La Audiencia Nacional ordena la demolición forzosa de la piscina de Pedro J. Ramírez en Mallorca

Con la decisión, el tribunal pone fin a 20 años de periplo judicial. La familia propietaria alega una “función defensiva” de la instalación y de un embarcadero para “mitigar los efectos del cambio climático”

Imagen de la piscina propiedad del periodista Pedro J. Ramírez en Son Servera (Mallorca)
La piscina, propiedad del periodista Pedro J. Ramírez, en Son Servera (Mallorca), en una imagen de archivo.Montserrat T Diez (EFE)

La Audiencia Nacional ha zanjado la larga polémica sobre la piscina junto al mar del periodista Pedro J. Ramírez en su chalet de Costa de los Pinos, en el municipio de Son Servera (Mallorca). La Sala de lo Contencioso-administrativo ha ordenado la demolición forzosa de la piscina tras rechazar los incidentes de ejecución presentados en octubre del año pasado por el actual director de El Español y su hijo, Tristán Jerónimo Ramírez, con los que pretendían frenar el derribo de la construcción. La magistrada rechaza ambos incidentes y ordena cumplir la sentencia firme del Tribunal Supremo de mayo de 2022, que inadmitió los recursos del periodista al dictamen de la Audiencia Nacional del año anterior, que anulaba la concesión del Ministerio de Medio Ambiente para ocupar el dominio público durante 60 años.

En un auto adelantado por el diario Última Hora, al que ha tenido acceso EL PAÍS, la familia Ramírez alega contra la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica, que en enero de 2023 instó a la ejecución de la sentencia y al derribo de la piscina en un plazo de seis meses. El periodista reclamó entonces la suspensión del plazo, alegando que la destrucción de la piscina, el embarcadero y la terraza se tornaban en un “acto irreversible” cuya ejecución forzosa podría provocar “daños gravísimos e irreparables” al medio ambiente y a las propiedades colindantes. Su hijo presentó otro escrito instando a mantener la concesión y reclamó al tribunal que tuviera en consideración “la función defensiva” de la piscina y el embarcadero aledaño para “mitigar los efectos del cambio climático” y las consecuencias que el derribo pudiera tener para la estabilidad de la vivienda.

La jueza rechaza todas sus pretensiones y recuerda que la Audiencia Nacional tumbó dos resoluciones del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente de 2014 y 2016, con el PP en el Gobierno, que otorgaban a Pedro J. Ramírez, una prórroga en la concesión para ocupar el dominio público hasta el año 2074. “Las partes pretenden ahora abrir un nuevo debate respecto de una controversia que ya ha sido juzgada y resuelta en el pleito principal y respecto de la que se ha dictado la repetida sentencia firme”, sostiene la magistrada, que argumenta que las partes no se pueden oponer a la sentencia en la fase de ejecución “a fin de intentar desvirtuar sus consideraciones”. La sala condena al periodista y a su hijo a pagar las costas procesales del incidente de ejecución.

El largo proceso judicial que ha desembocado en la orden inminente de derribo fue impulsado por el activista Jaume Sastre, representado por el abogado Josep de Luis, quien celebra la resolución porque considera que pone fin a una polémica generada hace dos décadas. “El escenario que se abre ahora es que al Ministerio de Transición Energética no le queda más opción, a nuestro modo de ver, que iniciar la demolición forzosa que acordó en la ejecución de la sentencia”, dice el letrado, que celebra que “la ley se ha impuesto” a pesar de lo que considera unas decisiones “peculiares” de los sucesivos ministerios durante años que después han sido revocadas en sede judicial. Esta última resolución cierra la puerta al mantenimiento de la piscina y agota las vías judiciales.

Una polémica larga en la sociedad y los tribunales

La construcción de la polémica piscina ha seguido un recorrido judicial de muchos años. Fue centro de la controversia cuando en 2005 el diputado nacional de Esquerra Republicana de Catalunya, Joan Puig, en bañador y con su carnet de diputado en la boca, accedió a ella junto a un grupo de activistas para exigir el uso público de los terrenos sobre los que se asentaba, junto a la playa. Un grupo de personas logró lanzarse a la piscina y se produjeron forcejeos con los vigilantes de seguridad privados que intentaron evitar la entrada al recinto. Un año después, la decisión del Ministerio de Medio Ambiente, dirigido entonces por Cristina Narbona, de mantener la titularidad privada de la piscina llevó a la convocatoria de dos manifestaciones el mismo día a la misma hora en la playa de Sa Marjal de Costa de los Pinos, frente a la casa de quien fuera director de El Mundo. La primera, convocada por distintos partidos y entidades como el Lobby per la Independència, Els Verds y el Grupo de Ornitología Balear, y la segunda, una contramanifestación convocada al otro lado de la playa por la Sociedad Cultural Círculo Balear presidida entonces por el ahora diputado nacional de Vox, Jorge Campos. A esta manifestación acudieron también los miembros de las Nuevas Generaciones del PP y entre los asistentes se encontraba la actual presidenta del Gobierno de Baleares, Marga Prohens, y el actual presidente del Consell de Mallorca, Llorenç Galmés.

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La controversia arrancó en 2001 con la autorización por parte del Ministerio de Medio Ambiente, entonces presidido por Jaume Matas (PP) para ocupar los 350 metros cuadrados de suelo público que actualmente ocupan la piscina y la terraza sobre la que se asienta. En 2006, después de la controversia por la entrada en la casa de los activistas que reclamaban el uso público de la zona, la ministra Narbona planteó un plan de uso público de la piscina, con condiciones. En él se mantenía el uso privativo de la piscina para el periodista, a condición de que permitiera su apertura durante un tiempo al año para los escolares de la zona. El plan nunca se llegó a ejecutar y la Audiencia Nacional, en 2009, anuló la suspensión del uso público de la piscina durante el verano y falló contra la compra de la concesión en dominio público por parte del periodista a la anterior dueña, a quien le había sido otorgada por el Gobierno regional en 2001. Una compraventa, según la Audiencia Nacional, prohibida por la Ley de Costas de 1988. En 2013, dos sentencias del Tribunal Supremo fallaron de nuevo que la piscina estaba construida en una zona de uso público y que su construcción, la de la terraza y los elementos de mampostería impedían el paso y el acceso por el litoral, privatizando de facto la zona.

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