García-Castellón prorroga seis meses la investigación del ‘caso Tsunami’ el día antes del debate clave de la amnistía
El magistrado subraya que el objetivo de la plataforma era “subvertir el orden constitucional” y vincula a Puigdemont en la fundación del movimiento contra la sentencia del ‘procés’
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha prorrogado seis meses la instrucción del llamado caso Tsunami Democràtic al entender que todavía no se han podido practicar algunas diligencias y porque el asunto está pendiente, entre otras cuestiones, de que el Tribunal Supremo decida si asume, como le pidió el juez, la investigación referente a los dos aforados implicados en la causa, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, huido en Bélgica, y Ruben Wagensberg, diputado del Parlament. En su auto, el instructor mantiene la calificación de terrorismo para las protestas organizadas en octubre de 2019 contra la sentencia del procés e insiste en que Tsunami fue fundada por Puigdemont y Omnium.
La prórroga llega el día antes de que el Congreso de los Diputados mantenga este martes el debate clave sobre el texto de la ley de amnistía, con las últimas enmiendas pactadas por los socialistas y el independentismo catalán. Estos cambios tenían precisamente como objetivo intentar blindar la medida de gracia para Puigdemont a raíz de los últimos pasos dados por el instructor del caso Tsunami Democràtic, que ha señalado al expresidente catalán como investigado por un delito de terrorismo. Tras esta prórroga, García-Castellón ―que niega que haya expirado el plazo de investigación, como sostenía el investigado Josep Lluís Alay― puede mantener la causa abierta hasta el 29 de julio y acordar posteriores ampliaciones.
El auto del juez, el tercero que notifica García-Castellón entre el pasado jueves y este lunes, insiste en los argumentos que le han llevado en las últimas semanas a considerar apuntalados los indicios de terrorismo y a implicar de lleno a Puigdemont, al que, tras cuatro años de instrucción, no había señalado hasta ahora. El instructor considera que Tsunami es una organización “estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia”, cuya “finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva”. El objetivo, añade el juez, era montar “acciones de gran envergadura”.
García-Castellón sitúa el momento fundacional de Tsunami en el 28 de agosto de 2019, aunque asegura que la plataforma se venía gestando tiempo atrás, precisamente para organizar la respuesta del independentismo catalán contra la sentencia del procés. Para el juez, resulta llamativo constatar cómo “se hace referencia a que Omnium informará directamente al presidente Puigdemont, pudiendo considerar, en base a [sic] la información facilitada por la Guardia Civil que tanto esta fundación como el Sr. Puigdemont podrían haber participado en la aparición de la organización, extremos que deberán esclarecerse en la investigación”.
En su escrito, el magistrado reitera que existen por ahora indicios para calificar los hechos de terrorismo, Sin citarlas, responde a afirmaciones lanzadas en los últimos días desde el independentismo, e incluso desde el seno del Gobierno, con las que se ha rechazado que los hechos de los que se acusa a Tsunami puedan merecer esa calificación penal. El magistrado cita una directiva europea de marzo de 2017 relativa a la lucha contra el terrorismo y los tratados internacionales ratificados por España y por la Unión Europea que, advierte, “deben servir de guía de interpretación primaria a la hora de calificar el delito de terrorismo”.
Este documento, que pretende unificar la definición de lo que se considera terrorismo en los Estados miembros, enumera una serie de delitos graves, como los atentados contra la vida de las personas, que pueden calificarse así cuando “se cometan con un fin terrorista específico, a saber: intimidar gravemente a la población, presionar indebidamente a los poderes públicos o a una organización internacional para que lleve a cabo o se abstenga de llevar a cabo cualquier acto, o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas, constitucionales, económicas o sociales fundamentales de un país o de una organización internacional”. “También se debe considerar delito de terrorismo la amenaza de cometer esos actos intencionados cuando cuando quede establecido, sobre la base de circunstancias objetivas, que tal amenaza se produjo con cualquiera de esos fines terroristas”.
Uno de los episodios que investiga García-Castellón es la ocupación del aeropuerto de Barcelona durante las protestas contra la sentencia del procés, coincidiendo con la cual murió de un infarto un ciudadano francés. En este contexto, el juez cita el artículo 1 del Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo y sus anexos, que contemplan los ataques contra la seguridad de la aviación civil, así como el protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos, adoptado en Montreal el 24 de febrero de 1988.
El magistrado argumenta la necesidad de prorrogar la investigación en que faltan diligencias que considera imprescindibles para la causa. El instructor recuerda que la investigación ha sido compleja y ha requerido actuaciones fuera de España, con la emisión de comisiones rogatorias y Ordenes Europeas de Investigación a EEUU, Suiza, Canadá y Países Bajos que precisaron de sucesivas ampliaciones. García Castellón menciona algunas diligencias que quedan pendientes como peticiones de auxilio internacional, una de ellas a Francia, para recabar la declaración de los familiares del fallecido en el aeropuerto de Barcelona, así como otra solicitud a Suiza para esclarecer la financiación de la organización.
Segunda prórroga de causas vinculadas al ‘procés’
La decretada por García-Castellón es la segunda prórroga que se conoce este lunes sobre causas judiciales vinculadas con el procés, después de que el titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, haya prorrogado seis meses la instrucción de la trama rusa, que implica, entre otros, al exresponsable de relaciones internacionales de Convergència Víctor Terradellas; al jefe de la oficina de Puigdemont, Josep Lluís Alay, y al informático Jaume Cabaní.
El juez observa vínculos de personas del entorno de Puigdemont con diplomáticos extranjeros, e incluso la celebración de reuniones en la Generalitat en los días previos a la declaración unilateral de independencia de octubre de 2017. El relato del juez incide en que se realizaron maniobras para alterar la unidad territorial de España y para buscar alianzas con Rusia, lo que puede poner en jaque la aplicación de la amnistía al expresidente catalán porque el articulado de la ley describe supuestos que quedan expresamente excluidos del alivio judicial, como son los “delitos de traición” y contra la paz del Estado o los delitos que afecten “a los intereses financieros de la Unión Europea”.
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