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El pacto PSOE-ERC elude el relato judicial del ‘procés’ fijado por el Supremo

El texto del acuerdo firmado por Bolaños y Junqueras habla de dos “legitimidades” y establece que las “diferentes concepciones de la soberanía” han marcado el conflicto político

Firma del acuerdo de investidura entre el ministro de la Presidencia en funciones y miembro de la comisión negociadora del PSOE, Félix Bolaños, y el presidente de ERC, Oriol Junqueras
Firma del acuerdo de investidura entre el ministro de la Presidencia en funciones y miembro de la comisión negociadora del PSOE, Félix Bolaños, y el presidente de ERC, Oriol JunquerasJordi Play
Reyes Rincón

El acuerdo firmado entre el PSOE y ERC para la investidura de Pedro Sánchez describe los “elementos esenciales del conflicto político” entre el Estado y Cataluña, pero ese relato pasa de puntillas por la derivada judicial y elude citar la sentencia del procés dictada por el Tribunal Supremo o referirse a los hechos que los jueces dieron por probados. El texto constata que los “acontecimientos” producidos entre la sentencia del Estatut de 2010 hasta el referéndum de independencia anulado por el Tribunal Constitucional en 2017 “generaron una tensión institucional y social, que se agravó con el inicio de múltiples procedimientos judiciales, buena parte de los cuales, todavía hoy, siguen tramitándose”. Esa y el acuerdo para “culminar la desjudicialización a través de la aprobación de una la ley de amnistía” son las únicas referencias al recorrido del procés en los tribunales.

Pero aunque no se detenga en esa parte del conflicto ni entre a cuestionar lo que han dictaminado los jueces, el texto firmado este jueves por Félix Bolaños y Oriol Junqueras expone algunos hechos que, aunque sea de forma tangencial, colisionan con el relato judicial fijado en la sentencia del Supremo. El acuerdo atribuye al conflicto político “profundas raíces históricas”, pero sitúa el inicio de la escalada del procés en la sentencia del Estatut. “Esto llevó el debate a una situación de conflicto en el que convivían distintas legitimidades que operaron en direcciones opuestas: una legitimidad parlamentaria y popular con una voluntad manifiesta concretada en ese texto y una legitimidad institucional y constitucional, ambas imprescindibles en una democracia avanzada y en un Estado de derecho”, recoge el texto.

El PSOE y ERC establecen así la coexistencia de una supuesta legitimidad que los independentistas se atribuyeron con las resoluciones adoptadas por el Parlament, la victoria de los partidos secesionistas en las elecciones catalanas o la consulta del 1-O, y la legitimidad que establecían las leyes y la Constitución. El acuerdo pone al mismo nivel ambas legitimidades y constata que existió una confrontación entre ambas que acabó desembocando en el conflicto político al que ahora se quiere poner fin. Para el Supremo, sin embargo, solo había una legitimidad posible, la de las leyes, y reprochó a los líderes del procés “arrogarse el monopolio de interpretar qué es lo legítimo”.

En opinión de los jueces, el 1-O fue un gran engaño al pueblo catalán por parte de los líderes independentistas, que “eran conscientes de la manifiesta inviabilidad jurídica de un referéndum de autodeterminación que se presentaba como la vía para la construcción de la República de Cataluña”. “Eran conocedores de que lo que se ofrecía a la ciudadanía catalana como el ejercicio legítimo del ‘derecho a decidir’, no era sino el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano. Bajo el imaginario derecho de autodeterminación, se agazapaba el deseo de [...] presionar al Gobierno de la nación para la negociación de una consulta popular”, afirmó el alto tribunal en la sentencia, en la que también cargó contra la supuesta legitimidad parlamentaria que daban las leyes de desconexión aprobadas por el Parlament el 6 y 7 de septiembre de 2017. Con ellas, según el tribunal, la Generalitat intentó “crear una aparente cobertura jurídica que permitiera hacer creer a la ciudadanía que cuando depositara su voto estaría contribuyendo al acto fundacional de la República independiente de Cataluña”.

El acuerdo entre socialistas y republicanos habla también de las “diferentes concepciones de la soberanía” entre las dos partes del conflicto, y sostiene que esta discrepancia ha marcado las relaciones políticas e institucionales, al igual que “la existencia de mayorías parlamentarias y aspiraciones políticas contrapuestas en Catalunya y en el conjunto de España”. La sentencia del Supremo, citando jurisprudencia del Tribunal Constitucional, aclaraba que las aspiraciones secesionistas de quienes impulsaron el procés eran legítimas, pero no así el intento de imponerlas por la fuerza. Los jueces tampoco han avalado hasta ahora las “diferentes concepciones de soberanía”. Para el Constitucional, la soberanía solo se concibe de una forma: es nacional y reside en el pueblo español.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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