El magistrado que redactó la sentencia del ‘caso ERE’ no se ve condicionado por la militancia de su familia en el PP
La ratificación de la condena a los expresidentes andaluces Griñán y Chaves salió adelante con un resultado ajustado, tres votos a favor y dos en contra
El magistrado, Eduardo de Porres, encargado de redactar la sentencia del Tribunal Supremo que ratificó la condena a los expresidentes andaluces socialistas José Antonio Griñán y Manuel Chaves por el caso ERE ―el fraude cometido en la concesión de ayudas sociolaborales con las que el Ejecutivo andaluz intentó hacer frente entre 2000 y 2009 a la crisis industrial que sufría la comunidad autónoma― no ve ningún motivo ni legal ni moral que le hubiera hecho abstenerse de participar en la decisión judicial por el hecho de que su esposa y su hijo militen en el PP de Villaviciosa de Odón (Madrid), según ha publicado el diario Fuentes Informadas. “A mí no me condiciona la militancia de los miembros de mi familia. Mi mujer es mi mujer, mi hijo es mi hijo y yo soy yo: al igual que mi otro hijo piensa de otra forma”, ha manifestado De Porres a este mismo medio.
El Tribunal Supremo hizo pública este miércoles la sentencia por la que se ha condenado a los expresidentes andaluces junto a otros 13 ex altos cargos de la Junta de Andalucía durante los gobiernos socialistas. El tribunal confirmó las condenas de prevaricación y malversación impuestas por la Audiencia de Sevilla, pero la decisión judicial salió adelante por la mínima, con el apoyo de tres de los cinco magistrados que revisaron el caso y la oposición de otras dos. Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo presentaron un voto particular en el que reprochaban que sus compañeros de sala hayan ido más allá en sus conclusiones que los magistrados que juzgaron el caso y sostienen que solo debió condenarse por malversación a los responsables de la Consejería de Empleo porque fue allí desde donde se repartieron “sin control” las ayudas. Según ambas magistradas, los cinco acusados de malversación continuada ajenos a este departamento, entre ellos Griñán, debieron ser absueltos del delito que los condena a prisión.
La decisión judicial tiene un fuerte componente político. El PP ha ejercido como acusación popular en la causa y en cuanto se hizo pública la resolución del Tribunal Supremo, la secretaria general de los populares, Cuca Gamarra, reclamó que se cumpliera y que no haya indultos. En el PSOE se limitaron a subrayar que ni Chaves ni Griñán “tocaron un euro” y la portavoz socialista y ministra de Educación, Pilar Alegría, pidió aguardar a conocer el completo contenido de la sentencia, de 1.205 páginas. “La sentencia es carne de recurso. Hay dudas muy razonables que el Tribunal Constitucional debe resolver”, afirmó este jueves Juan Espadas, secretario general del PSOE de Andalucía.
El magistrado De Porres ha explicado al medio Fuentes Informadas que su esposa tiene previsto darse de baja como militante del PP en octubre y que solo llevaba un año inscrita. “Ella conoce al alcalde y a concejales, pero nunca ha tenido ningún puesto de responsabilidad. Y no sé qué hará mi hijo”, mantiene. Según el mismo medio, su hijo, ocupó el puesto 17 de la lista municipal en los pasados comicios, pero no salió elegido como edil. Después trabajó como asesor del Consistorio madrileño, pero hace unos meses que dejó este puesto y se incorporó a un bufete. En la conversación, el magistrado también subraya que él intervino también en la sentencia del primer juicio del caso Gürtel, que afecta al PP, y que la sentencia fue condenatoria.
Una vez notificada la sentencia, que condena a Griñán a seis años de cárcel por un delito de malversación, se convierte en firme y se abre el proceso para la entrada en la cárcel de los condenados. La Audiencia de Sevilla tiene que ejecutar el fallo. Este órgano citará a las partes y, habitualmente, les concede un plazo de 10 días para presentarse en el centro penitenciario que elijan.
La familia del expresidente Griñán presentó hace dos semanas su petición de indulto parcial al Ministerio de Justicia, una solicitud sobre la que el Gobierno de Pedro Sánchez deberá decidir en los próximos meses. Los letrados tienen previsto pedir a la Audiencia que suspenda el ingreso en la cárcel invocando el artículo 4.4 del Código Penal mientras se tramita la medida de gracia.
La mayoría de los condenados prevén también recurrir ante el Tribunal Constitucional. Para estos casos, la jurisprudencia contempla la posibilidad de dejar en suspenso la pena para aquellos condenados que hayan sido castigados con menos de cinco años de cárcel. Una medida excepcional que no siempre se aplica y que depende de las circunstancias particulares.
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