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Un Constitucional aún conservador examina las reformas clave de Pedro Sánchez

Los recursos contra ley Celaá, el aborto y la eutanasia marcan la agenda del tribunal

Reunión del pleno del Tribunal Constitucional, presidido por Pedro González Trevijano, el pasado 15 de diciembre.
Reunión del pleno del Tribunal Constitucional, presidido por Pedro González Trevijano, el pasado 15 de diciembre.KIKE PARA
José María Brunet

El Tribunal Constitucional inicia este lunes un semestre que marcará su historia, tanto por los asuntos que tiene pendientes de resolución como por las condiciones en que se dispone a afrontarlos.

El orden concreto en que los magistrados abordarán los distintos recursos presentados está todavía pendiente de elaboración, pero deberá incluir algunas de las reformas más importantes que el Gobierno ha impulsado en esta legislatura, desde la ley Celaá, en materia educativa, hasta la ley de eutanasia, pasando por la norma que impide al Consejo del Poder Judicial efectuar nombramientos estando en funciones (han pasado más de 1.000 días desde que caducó su mandato y la renovación permanece bloqueada), a las que podría añadirse la ley del aborto, pendiente de fallarse desde hace más de 11 años.

Para enjuiciar estas leyes y responder así a los recursos presentados por el Partido Popular y Vox, el tribunal de garantías cuenta con una mayoría conservadora que hasta ahora ha sido más proclive a hacer valer sus criterios que a negociar.

El ejemplo más palmario fueron los fallos que tumbaron aspectos esenciales de los dos estados de alarma acordados por el Ejecutivo para hacer frente a la pandemia del coronavirus. A estas sentencias se sumó la que consideró ilegal el parón de la actividad del Congreso al inicio de la emergencia sanitaria. Todas estas decisiones provocaron fuertes tensiones y divisiones en el Tribunal Constitucional. El primero se aprobó por seis votos a cinco y los otros dos, por seis a cuatro.

Tras estas experiencias, el semestre que empieza va a poner a prueba la presunta voluntad de pacto anunciada por la mayoría conservadora, muy cohesionada en torno a Pedro González-Trevijano como presidente. El primer gesto en esa dirección fue el ofrecimiento hecho al magistrado de la minoría progresista Juan Antonio Xiol para que ocupara la vicepresidencia del tribunal. Como resultado de esa operación, tanto Trevijano como Xiol fueron elegidos por 11 votos; es decir, por unanimidad, ya que estaba de baja por enfermedad el duodécimo miembro del pleno, el magistrado Alfredo Montoya, para cuya reincorporación aún no hay fecha prevista.

La aceptación de la propuesta de abrir una nueva etapa fue una apuesta más que un acto de fe por parte del minoritario sector progresista del alto tribunal Este bloque, y en paralelo el Gobierno de coalición, está a la espera de hechos que desmientan la sospecha de que la mayoría conservadora tratará de seguir cortocircuitando las reformas del Ejecutivo, en un contexto de incertidumbre sobre el futuro del propio Constitucional a medio plazo.

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La siguiente renovación del tribunal debe llevarse a cabo en junio próximo. Para que pueda realizarse sin nuevas controversias es preciso que el Consejo General del Poder Judicial pueda nombrar a los dos magistrados que le corresponden, lo que ahora no podría hacer por la reforma legal que limitó sus competencias mientras siga en funciones con el mandato caducado.

Renovación bloqueada

La Constitución exige que las renovaciones se hagan por tercios. Por tanto, si el Poder Judicial no puede nombrar a los dos magistrados que le tocan, podría argüirse que el Gobierno —que en junio debe proponer a otros dos— tampoco puede hacerlo.

Si, a pesar de todo, la renovación se llevara a cabo en forma y plazo cambiaría la mayoría del tribunal. De la actual situación de siete a cinco a favor del sector conservador se pasaría a otra en que la correlación de fuerzas sería la inversa, es decir, con mayoría progresista.

En el propio Tribunal Constitucional no existe seguridad sobre lo que pueda ocurrir dentro de seis meses, ni sobre cuál fue el propósito del Partido Popular al facilitar la renovación en noviembre pasado, realizada con más de dos años de retraso.

La duda, en suma, es si el objetivo de los populares fue facilitar acuerdos y cumplir las previsiones legales, o más bien forzar la salida del anterior presidente, Juan José González Rivas, y del magistrado Andrés Ollero. Ambos fueron propuestos en su día por los populares, pero se habían opuesto a la anulación del confinamiento acordado durante el primer estado de alarma. Precisamente, el ponente de esa sentencia fue Trevijano, cuyo mandato como presidente se prolongaría —y con él la actual mayoría conservadora— si en junio encalla la renovación del Tribunal Constitucional prevista para esas fechas.

En definitiva, sobre el tablero se amontonan las piezas pendientes de las decisiones del Gobierno y del PP —en forma de leyes para unos, y de recursos para otros—, a sabiendas de que la situación no es de igualdad de armas —porque hay una mayoría conservadora clara—, y de que este tipo de partidas no acaba nunca en tablas.

Una primera prueba de fuego sobre la voluntad de diálogo del sector mayoritario puede llegar con las sentencias sobre los recursos del PP y Vox contra la LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación) o ley Celaá. Los magistrados han hecho llegar al primer ponente, el magistrado conservador Ricardo Enríquez, propuestas de cambio de su proyecto inicial de sentencia.

Algunas de ellas ponen objeciones al borrador de fallo porque proponía declarar inconstitucional la posibilidad de negar subvenciones a los centros que segreguen por sexos. La pregunta es si la sentencia mantendrá este pronunciamiento, y qué propondrá respecto al tratamiento de las lenguas cooficiales en el sistema educativo, dos de los puntos básicos —junto a la regulación de la escuela concertada— en los recursos de Vox y el PP. De la segunda de estas impugnaciones es ponente el magistrado Antonio Narváez, también del sector conservador.

Poder Judicial en funciones

Lo que suceda con esta ley, o con la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, dos medidas clave en la presente legislatura, marcará los pasos que dé el Gobierno como respuesta. Si empiezan a caer estas piezas, la minoría progresista puede replicar no solo con la presentación de votos particulares en contra, de valor puramente testimonial. La anunciada pax romana en el tribunal de garantías puede dar paso a otro período de enfrentamientos y a situaciones teóricamente contradictorias.

Los fallos sobre la posible anulación de la prohibición impuesta al Consejo General del Poder Judicial para que no efectúe nombramientos encontrándose en funciones, por ejemplo, corresponden a dos miembros del sector progresista del Constitucional, el vicepresidente Juan Antonio Xiol y la magistrada María Luisa Balaguer. Podría resultar paradójico que sean sentencias de magistrados progresistas las que intenten tumbar una reforma impulsada por el Gobierno para tratar de facilitar la renovación del Poder Judicial, bloqueada desde hace más de tres años. Pero la ganancia que se derivaría de esta operación para el Ejecutivo sería la de abrir camino a un Constitucional con mayoría progresista.

El Gobierno no renuncia a un alto tribunal progresista

El Gobierno no está dispuesto a renunciar a que el Tribunal Constitucional refleje la mayoría progresista que hay en las Cortes. El Parlamento es el órgano donde reside la soberanía popular y los demás poderes del Estado emanan del mismo por lo que, tarde o temprano, deben reflejar las mayorías parlamentarias; es decir, el estado de opinión de la propia sociedad. El PP, sin embargo, ha obstaculizado la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de forma que estos no reflejan el resultado de las elecciones de 2019 sino el de 2016, cuando se impuso el PP. En el propio tribunal de garantías se ha extendido el criterio de que, por un procedimiento u otro, su renovación se desbloqueará en el próximo semestre con o sin acuerdo con el PP. Si el Consejo del Poder Judicial no deja de estar maniatado para realizar nombramientos, cabe la posibilidad de que las sentencias sobre los recursos que cuestionan su bloqueo propongan declarar inconstitucional cualquier iniciativa destinada a cercenar la capacidad del órgano de gobierno de los jueces de elegir a los dos magistrados del Constitucional que le corresponden, porque es un mandato impuesto por la Constitución, que por tanto no puede ser incumplido. En el caso de que la mayoría conservadora del tribunal de garantías rechazase esta tesis, aún sería posible llevarla a una proposición de ley para cuya aprobación el Ejecutivo contaría con suficiente respaldo en el Parlamento.

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