El Constitucional afronta las causas del ‘procés’ con un tercio de magistrados con el mandato caducado
El tribunal de garantías abordará las causas pendiente de su renovación
El Tribunal Constitucional va a dictar sus primeras sentencias sobre el proceso independentista catalán de 2017 a partir de su próximo pleno, en la segunda quincena de enero. Un tercio del tribunal (cuatro de sus 12 magistrados) lleva un año pendiente de renovación. Con esta composición, el Constitucional comenzará en los próximos días a resolver los primeros recursos correspondientes a los condenados que evitaron las penas de prisión porque son los que plantean menos dificultades. Estos primeros fallos permitirán desbrozar el camino para resolver las impugnaciones más complejas.
El fallo que se prevé dictar este mismo mes de enero será el relativo al amparo solicitado por Meritxell Borràs, ex consejera catalana de Gobernación bajo la presidencia de Carles Puigdemont. En febrero se decidirá sobre el correspondiente a Carles Mundó, exconsejero de Justicia, en el mismo Ejecutivo autonómico bajo el que se celebró el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y se proclamó la independencia de Cataluña el día 27 del mismo mes. Ambos políticos fueron condenados a penas de inhabilitación y multa por un delito de desobediencia.
Dos de los magistrados pendientes de renovación son Juan José González Rivas y Encarnación Roca, presidente y vicepresidenta de la institución. El retraso en el nombramiento de sus sustitutos está provocando un creciente malestar entre los magistrados. Así se puso de manifiesto en el acto celebrado en diciembre para presentar una obra colectiva de los letrados del Constitucional sobre la ley orgánica del tribunal. Al acto, celebrado en la misma sede del Tribunal en Madrid, asistieron la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, y el consejero de Interior, Justicia y Víctimas del Terrorismo de la Comunidad de Madrid, Enrique López, encargado por el PP de las negociaciones para la renovación de cargos en diversas instituciones.
En el Constitucional hay cierta preocupación ante la posibilidad de que con las sentencias sobre el procés se repitan las críticas que siguieron en 2010 al fallo del Estatut, dictado por un tribunal que en parte tenía también el mandato prorrogado. A ello se sumó entonces el deterioro de los equilibrios internos del pleno por la recusación de un magistrado del sector progresista, Pablo Pérez Tremps. No obstante, los magistrados han decidido no esperar más, y adoptar ya las primeras resoluciones sobre los recursos de los líderes independentistas, para evitar que se puedan imputar al tribunal dilaciones indebidas.
Sentar doctrina
Estas primeras sentencias sobre el procés permitirán al Constitucional ir sentando doctrina sobre aspectos esenciales de otras impugnaciones, a las que luego se aplicarán las mismas tesis. En la primera sentencia sobre Meritxell Borràs el tribunal ya va a tener la oportunidad de fijar criterio sobre uno de los extremos de la causa del procés que han sido más cuestionados en todas las peticiones de amparo de los líderes independentistas. Se trata de la competencia del Supremo, discutida por los condenados, quienes consideran que esta no era la instancia competente para juzgarles. Fuentes del Constitucional admiten que en las impugnaciones se exponen argumentos de peso sobre este aspecto de la causa, pero descartan que la sentencia del procés pudiera ser anulada por esta vía.
Los líderes independentistas han planteado a su vez que debieron ser enjuiciados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ante el que estaban aforados la mayoría de los encausados, ya fuera como miembros del Gobierno catalán o como diputados del Parlament. El Supremo no lo vio así, y reclamó la competencia a la Audiencia Nacional, que fue la primera en abrir un procedimiento contra ellos. La Sala Penal del Supremo asumió el caso por considerar que los delitos de los que la Fiscalía acusaba a los querellados tuvieron efectos en todo el territorio nacional, y que algunos de los hechos investigados —como la búsqueda de apoyo internacional para el proceso de ruptura con España— se cometieron en el extranjero.
Estos extremos fueron alegados por los letrados de los líderes independentistas en diversas fases de la causa. El Supremo, sin embargo, rechazó las tesis de las defensas tanto en el examen de las cuestiones previas al juicio, como en la sentencia, que impuso penas de prisión e inhabilitación a los nueve condenados por el delito de sedición en concurso medial con el de malversación, y penas de multa e inhabilitación a los que lo fueron por desobediencia. Si el debate se replantea ahora ante el Constitucional es porque ya no se va a examinar la cuestión desde el punto de vista procesal, sino frente a la alegación de que la intervención del Supremo vulneró derechos constitucionales, como es el del acceso al juez predeterminado por la ley.
La última sentencia que cerrará la secuencia de resoluciones del tribunal de garantías será la correspondiente al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras. Se trata de la más compleja, porque su letrado, Andreu Van den Eynde, ha planteado alrededor de una veintena de posibles motivos de amparo, todo ello con la finalidad de que el Constitucional anule el fallo del Supremo. Las propias defensas consideran que la probabilidad de que sus recursos prosperen es muy remota. Pero el paso por el Tribunal Constitucional es obligado para acudir luego al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, que será la instancia que dirá la última palabra sobre este proceso.
El tribunal duda si debe apartar al magistrado Narváez
Antes de debatir las primeras sentencias sobre el procés, el Tribunal Constitucional va a decidir en su pleno de enero sobre tres de las doce recusaciones presentadas contra el magistrado Antonio Narváez, a quien las defensas de los condenados por el Supremo acusan de falta de imparcialidad. El reproche se basa en una conferencia pronunciada por Narváez en noviembre de 2017, en la que afirmó que la “crisis” derivada de los hechos de septiembre y octubre de dicho año en Cataluña fue “un golpe de Estado encubierto, mucho más grave por sus consecuencias que el golpe de Estado que se dio en el año 1981”, con el asalto del teniente coronel Tejero al Congreso. La Fiscalía ha propuesto que las recusaciones se rechacen, pero entre los magistrados existe una clara preocupación ante la posibilidad de que el Tribunal de Estrasburgo llegue a considerar que el Constitucional estuvo mal constituido por haber incluido entre los encargados de juzgar este asunto a quien realizó las aludidas manifestaciones.
Narváez ha defendido su imparcialidad y ha descartado toda posibilidad de inhibirse. Ante ello, la duda de varios magistrados —tanto entre la mayoría conservadora como entre la minoría progresista— es si rechazar las recusaciones, que consideran improcedentes e infundadas, o extremar la prudencia, y aceptarlas, para no correr riesgos de que el Tribunal de Estrasburgo cuestione su sentencia. Fuentes del Constitucional afirman que la deliberación sobre este asunto —que ya ha empezado de hecho en contactos previos— será minuciosa y relevante, porque de la decisión que se adopte puede depender que el fallo que dicte sobre el procés proporcione argumentos a las defensas para cuestionarlo ante la instancia judicial internacional encargada de velar por el respeto a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
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