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Tribuna
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El perdón de los curas

Las acciones delictivas cometidas por religiosos han tener idéntica respuesta penal a la que corresponda a un sujeto civil

Marc Carrillo
Pancarta desplegada en el santuario de Montserrat en protestas por los abusos.
Pancarta desplegada en el santuario de Montserrat en protestas por los abusos.@ARRAN_JOVENT (Europa Press)

La sucesión de casos que ahora aparecen más a la luz pública de abusos sexuales, pederastia y otras acciones tipificadas penalmente y cometidos por miembros de la Iglesia católica y otras entidades religiosas, ha dado lugar a peticiones de perdón por parte de algunos de sus dirigentes. Ciertamente, no deja de ser un cierto avance en el inveterado cinismo del que tradicionalmente ha hecho gala el comportamiento de la Iglesia de Roma, cuyas señas de identidad son el oscurantismo y la negación de la más elemental transparencia en la gestión de sus asuntos. Por muy revestidos de espiritualidad que les quieran atribuir.

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Hace unos días, en ese contexto sobrevenido de actos de contrición, en una declaración pública con esa voz gangosa y compungida que transpira a tufo de sacristía y seminario tan propia de los prelados, el líder de la comunidad benedictina de Montserrat pedía perdón “a todas las personas a quienes el conocimiento de estos hechos ha podido escandalizar o hacer perder confianza en instituciones de la Iglesia” y se disculpaba “por las cosas que en el pasado no se hayan podido hacer lo bastante bien en Montserrat o hayan facilitado comportamientos indignos”. Pero no todo ha sido del mismo arrepentido tenor.

Poco después de lo del abad montserratino, la prensa se hacía eco de las palabras pronunciadas por el arzobispo de Tarragona, quien mostraba su apoyo a dos párrocos de Arbeca (Lleida) y Constantí (Tarragona) que han sido apartados de sus funciones por presuntos abusos sexuales a menores. Argumentaba que los abusos denunciados no eran “tan graves” como para que fuesen secularizados y, —añadía—: “A veces pienso: ¿y no hay un mal momento, en un cura?”, e insistía en que “puede haber un mal momento en la vida” que lleve a los párrocos a “hacer una cosa de la que quizás se arrepentirán toda la vida”, en referencia a los abusos de niños y jóvenes. Apostillaba que “para mí, no son unos desgraciados” (sic). Semejantes explicaciones, solo pueden entenderse desde la obscenidad ética que a la postre expresa la convicción de impunidad de la que con estos argumentos se sienten depositarios estos individuos, todavía imbuidos de la misión de organizar el consentimiento de las personas con su misión evangelizadora.

La remisión de pecados conforme a las reglas internas de la Iglesia es una solución que no interesa al Estado

Volviendo a la petición de perdón de los curas. Sin duda, tal actitud puede tranquilizar a su selectiva conciencia y la de sus devotos fieles. Pero no hay que olvidar que todos ellos viven en sociedad, en una sociedad en la que la comisión de un delito es siempre un asunto de interés público, como reiteradamente recuerda la jurisprudencia constitucional. Ello comporta que la habitual tendencia que han mostrado de lavar la ropa sucia en casa, en ningún caso vale para aquellos representantes de la Iglesia católica o de cualquier otra entidad religiosa que hayan cometido delito. No se olvide que de acuerdo con el artículo 181 del Código Penal, la responsabilidad por abuso sexual la comete “el que sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona”. Y que también incurre en dicho tipo penal el que obtenga el consentimiento de la persona “prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima”.

Tampoco se ha de olvidar que la existencia de responsabilidad criminal, ya sea como autor o como cómplice que ha cooperado a ello, es cuestión que en el Estado democrático interesa a toda la sociedad. Y de esa responsabilidad no pueden quedar excluidos los comportamientos encubridores de los dirigentes de las diversas iglesias, congregaciones religiosas o institutos de esta naturaleza, en tanto que personas jurídicas. La actitud de ministros y dirigentes de las iglesias que ante los casos de abusos o pederastia miran para otro lado, no pueden ser un coto vedado a la aplicación de la Constitución y del Código Penal.

Que en el ámbito del rito religioso de la Iglesia católica, se entienda que tales actos imputados a la cofradía de la sotana constituyen un pecado que se redime de acuerdo con sus reglas internas, es una solución que no interesa al Estado. Estas reglas privadas deben quedar en todo caso a extramuros de la preceptiva aplicación del orden jurídico democrático, del que se ha dotado la ciudadanía a través de sus representantes en el Parlamento. Como no puede ser de otra manera, las acciones delictivas cometidas por religiosos han de ser objeto de una idéntica respuesta penal a la que pueda corresponder a un sujeto civil por la comisión los mismos hechos. Lo contrario sería discriminatorio para el resto de presuntos delincuentes que se encuentren en la misma situación.

Así lo ha entendido, por ejemplo, la República Francesa que recientemente ha hecho comparecer a Philippe Barbarin, arzobispo de Lyon, ante el Tribunal Correccional de esta ciudad acusado de ocultar los abusos cometidos por un cura pederasta.

Marc Carrillo es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Pompeu Fabra.

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