Si solo fueran dos...
Estrasburgo ha condenado a España por la devolución irregular de dos migrantes en la valla de Melilla. ¿Qué pasa con los otros miles que corrieron la misma suerte?
Esta semana han vuelto a ser noticia las llamadas devoluciones en caliente, esa práctica que se lleva a cabo en las fronteras de Ceuta y Melilla con Marruecos y que viene a ser, prácticamente, coger a un inmigrante que acaba de saltar la valla fronteriza y devolverlo al lado marroquí sin preguntarle ni cómo se llama ni por qué está ahí. Sí. Esta vez vuelven a ser noticia, pero de una manera positiva: El Tribunal Europeo de Derchos Humanos de Estrasburgo ha condenado a España a pagar 10.000 euros a dos varones africanos por expulsarlos de manera irregular y en contra de sus deseos en 2014, en Melilla.
El alto tribunal considera que España violó la normativa internacional sobre derechos humanos y protección. Ante esta sentencia esperamos que el Gobierno español no incumpla las decisiones judiciales y derogue la Ley de Seguridad Ciudadana en este aspecto, además de cesar cualquier actuación ilegal en la Frontera Sur", ha indicado José Luis Rodríguez Candela, coordinador del equipo jurídico de Andalucía Acoge, una de las ONG que presentó la denuncia.
En todo caso, la sanción se ha impuesto por la actuación incorrecta de las autoridades españolas con dos personas. ¿Dos? Si solo fueran dos... Me pregunto qué habrá sido de los cientos, ya miles, de chavales que fueron enviados de una patada en el trasero al otro lado de las vallas de Ceuta y de Melilla. ¿Qué justicia les espera a ellos? ¿Quién resarcirá a esos jóvenes que veíamos en los vídeos de la ONG Prodeyn siendo conducidos al lado marroquí por agentes españoles y posteriormente apaleados por los homólogos marroquíes? Los dos chicos que protagonizan el auto de Estrasburgo al menos obtendrán una pequeña compensación por los daños y perjuicios sufridos, aunque no sé cómo porque uno está en su país de origen y otro en paradero desconocido.
No es la primera vez, ni será la última, que Europa llama la atención a España por realizar devoluciones en caliente. Sobre todo desde que el Gobierno se planteó legalizarlas al aprobar la Ley de Seguridad Ciudadana o "ley mordaza", el 26 de marzo de 2015. La medida incluía una reforma en la Ley de Extranjería donde se aprueba la figura del rechazo en frontera para amparar esta práctica que la Guardia Civil realiza en Ceuta y Melilla desde hace años. Ya poco después, el comisario europeo de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, adviritó que regularizarla supondría el fin de las políticas de asilo. La Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) ha expresado su preocupación por este asunto, y otras organizaciones internacionales de defensa de los derechos humanos como Human Rights Watch también han solicitado el Gobierno que ponga fin a estas prácticas.
Incluso en España no es la primera vez que se reconoce una devolución en caliente. En septiembre de 2014, un auto judicial del titular del Juzado de Instrucción número 2 de Melilla, Emilio Lamo de Espinosa, imputaba por prevaricación a Ambrosio Martín Villaseñor, coronel jefe de la Guardia Civil y máximo mando de la Comandancia del enclave español, por considerarlo supuesto responsable de derogar "de facto" los tratados internacionales y la legislación nacional en materia de extranjería en los dispositivos policiales desplegados el 18 de junio y 13 de agosto de ese año, cuando dos grupos de subsaharianos fueron retornados a Marruecos tras saltar la valla. Este caso trajo mucha polémica, pero finalmente la Audiencia Provincial anuló esa imputación un año depués.
Las devoluciones en caliente han sido ampliamente documentadas y denunciadas por organizaciones en defensa de los derechos de los migrantes ya que consideran que violan las leyes internacionales. El acceso de un inmigrante a un país puede ser rechazado en frontera, sí, pero de acuerdo a unas garantías: cualquier persona que haya entrado irregularmente debe pasar por un proceso en el que se le identifique correctamente, se le ofrezca la asistencia gratuita de un abogado y un intérprete si fuera necesario y se le pregunte sobre las razones por las que está intentando entrar en el país. Debe ser escuchado por un juez, que debe dictar una resolución administrativa que indique si esa persona debe ser rechazada o, por el contrario, necesita protección.
Nada de esto se hace en las devoluciones en caliente. Los vídeos y fotografías publicados en los últimos años demuestran que la práctica habitual consiste en atrapar al chaval que acaba de saltar las dos vallas o que se encuentran en el espacio entre ellas y entregarlos a las autoridades marroquíes a través de unas pequeñas puertas dispuestas a lo largo de las vallas. Ni el nombre se pregunta.
No es la primera vez que a España se le llama la atención desde Europa por las devoluciones irregulares
Hablando de nombres, los dos chicos que ahora deberían ser indemnizados —siempre y cuando se les encuentre y siempre y cuando España no recurra— respondían a las iniciales N.T. y N.D., nacieron en Costa de Marfil y Mali en el 85 y el 86 respectivamente. Entre 2012 y 2013 llegaron al Gurugú, una montaña en territorio marroquí pero muy cercana a Melilla conocida por ser lugar de refugio improvisado para muchos migrantes como ellos. Ahí esperan para dar el salto al lado español. Estos dos chicos lo intentaron el 13 de agosto de 2013 con un grupo de subsaharianos. Ahí es cuando fueron interceptados por la Guardia Civil española y devueltos a Marruecos ipso facto. En 2014 lo volvieron a intentar, y ahí se les perdió la pista.
Que haya una sentencia condenatoria para España es una buena noticia para las organizaciones en defensa de los migrantes. De hecho, la denuncia fue presentada por varias de ellas y ACNUR la corroboró aportando vídeos y testimonios. También es una buena noticia para los hombres y mujeres migrantes que correrán o han corrido la misma suerte que estos dos chicos. Desde luego, no va a acabar con el problema, pero sí sienta un precedente. Esta sentencia sienta un precedente importante de cara a la demanda presentada por Andalucía Acoge ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por hechos similares ocurridos el 15 de octubre de 2014 en la Frontera Sur. “Imaginamos que tendrá el mismo resultado y que además servirá para investigar si hubo un trato degradante y una vulneración del artículo 3 del convenio”, ha afirmado Rodríguez Candela.
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