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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Hacia la autocracia

La ley catalana de ruptura viola el Estatut y prefigura un régimen autoritario

Los diputados Jordi Orobitg y Lluis Corominas, de Junts pel Si, y Gabriela Serra y Benet Salellas, de la CUP, han presentado la ley de ruptura.
Los diputados Jordi Orobitg y Lluis Corominas, de Junts pel Si, y Gabriela Serra y Benet Salellas, de la CUP, han presentado la ley de ruptura.Joan Sánchez

La proposición de ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república catalana presentada ayer al Parlament por el bloque secesionista es una norma de abrupta ruptura con apariencia de ley fundamental provisional, radicalmente anticonstitucional y antiestatutaria.

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En realidad es exactamente el mismo texto que desveló EL PAÍS el 3 de julio (con unos añadidos de régimen electoral), y que fue desmentido con desdén por el vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, quien ahora debería pedir excusas: a los lectores, a los que pretendió engañar.

Como su precedente, el texto prediseña un régimen político para Cataluña no solo iliberal, sino autoritario. Su tinte autocrático se inspira parcialmente en el dictado por el presidente Vladímir Putin para Crimea. Quizá algunos lectores benévolos consideren que eso es una exageración. Por desgracia, no lo es. Hay tres rasgos que asimilan el régimen dibujado por el president Carles Puigdemont —bajo control de la antisistema CUP— a una autocracia.

Uno es la anulación del Estado de derecho, al cancelar la división de poderes y someter el sistema judicial al imperio del Ejecutivo. El presidente del Tribunal Supremo que se propone sería nombrado por el presidente de la Generalitat (algo insólito en la Europa democrática) y el entero aparato de la justicia, incluida la selección de jueces y sus cargos, dependería de una comisión mixta en la que el Ejecutivo ostentaría la mayoría absoluta de votos.

El segundo rasgo antidemocrático es que el próximo Parlament, que en teoría tendría funciones constituyentes, carecería de ellas: debería obedecer un “mandato” vinculante dictado por un “proceso de participación ciudadana” (lo que técnicamente fue la kermesse del 9-N) hegemonizado por un foro social no electo, sino previsiblemente compuesto por entes del tipo Òmnium, Assemblea Nacional y demás terminales subsidiadas del soberanismo.

Y el tercero es la normativa electoral, lo único nuevo aupado a este texto de ruptura. Su “sindicatura” (junta electoral) no la formarían jueces, sino otras personas elegidas por la (exigua) mayoría simple parlamentaria secesionista. Además, va contra el Estatut, que impone que la ley electoral concite una mayoría reforzada de dos tercios: un mandato jamás alcanzado por el secesionismo. Que por eso busca ahora eludirlo, violando la ley máxima de Cataluña.

Así que al dislate de la ruptura constitucional/estatutaria se le suma el agravante de que esas normas democráticas serían sustituidas por otras autocráticas. Y próximas a la democracia orgánica, si bien ahora algo suavizada por la tolerancia de partidos, si se someten a las normas secesionistas. Estamos ante un proyecto que no se merece ningún ciudadano catalán. Tampoco el grueso de los independentistas de buena fe, a los que se pretende seducir con una democracia “de alta calidad”, de lo que está muy lejos este texto “fundacional”.

Además, esta norma es clandestina, pues oculta los cinco reglamentos que la acompañan. Y se fía a una cláusula suspensiva (la victoria de un en el hipotético referéndum), algo propio de los contratos civiles, pero indigno de un texto de carácter y alcance pretendidamente constitucional. Al dislate político y el engaño a los ciudadanos se une así el desatino jurídico.

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