Pensión venezolana
¿Qué dirían ustedes si sus padres residieran lejos de su país y repentinamente se vieran abocados a la indigencia y a la caridad de amigos, familiares y ONG porque el Gobierno, su Gobierno, les dejase de pagar en el exterior la pensión de vejez a la que tienen derecho? ¿Conocen el artículo 80, capítulo V, de la Constitución venezolana vigente sobre los derechos y las garantías de los ancianos? Guardo amistad con un venezolano “por adopción” a punto de cumplir 90 años. No ha cobrado la “pensión al exterior” del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales desde enero y está desesperado.
No es el único caso: hay cientos como él en España ¿Consideran a Venezuela un país democrático? Si es así, recuerden que los Estados democráticos pagan a sus ciudadanos que viven en el extranjero las pensiones a las que tienen derecho.— Melania Cillero García. Oviedo.
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