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Migrados
Coordinado por Lola Hierro

Derecho al asilo: otro derecho vulnerado en los CIE

Una familia de refugiados sirios abandona el CETI de Melilla para embarcarse rumbo a Málaga. Antonio Ruiz

POR: BEGOÑA SANTOS Y CLARA GARCÍA

A pesar de que desde 2013 el número de solicitantes de protección internacional se ha venido incrementando año tras año en el Estado español, las concesiones de protección internacional no llegan siquiera a la mitad. Así, en 2014, último año para el que están publicados datos oficiales, la mayoría de las resoluciones fueron desfavorables: el 56%

Además, las trabas en cuanto al acceso al derecho al asilo son numerosas. En 2014 se abrieron sendas oficinas de asilo en las ciudades de Ceuta y Melilla para gestionar las solicitudes del gran número de personas sirias que estaban entrando por allí. Estas oficinas, sin embargo, no son accesibles a las subsaharianas, a las que la policía marroquí no permite el paso. Es un caso flagrante de discriminación que ha sido denunciado al Comité por la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas por el Comité René Cassin, a partir del caso del joven de Mali Abdoulaye Mara, quien no tuvo otro remedio que mostrar su intención de solicitar asilo encaramado a la valla de Melilla.

Aquellas personas que consiguen pasar de manera irregular a Ceuta y Melilla a través de las vallas, a nado o en embarcaciones y que son interceptadas, se enfrentan a otra práctica que choca con la legalidad internacional, las devoluciones en caliente. Se trata de expulsiones en las que no se respeta ningún tipo de procedimiento: la persona no es identificada, no se le asigna asistencia jurídica ni intérprete y es devuelta sin contemplaciones a Marruecos, sin haber podido solicitar protección internacional si así lo requiriera y pudiéndose vulnerar el principio de no devolución.

Ante estas dificultades para solicitar la protección internacional durante el trayecto migratorio, cada año se presentan más solicitudes de asilo en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). En 2014 fueron 587 solicitudes de asilo (el 10% del total), lo que casi triplica la cifra con respecto a 2010. La solicitud de protección internacional en los CIE se hace mediante el procedimiento de solicitud en frontera, que es un procedimiento de urgencia y según CEAR, los porcentajes de admisión a trámite de estas solicitudes son menores que si se presentaran en territorio nacional.

Las garantías del derecho al asilo en los CIE están bajo cuestión, en la línea con otros derechos que también se vulneran o limitan en estos centros. Así, en la fase previa a la solicitud de asilo, las organizaciones sociales detectamos falta de información sobre las posibilidades de solicitarlo: se entrega a las personas internas un folleto sobre el derecho de asilo que es una fotocopia de mala calidad, en algunos casos ilegible. Informar a través de un folleto de algo tan serio e importante como un derecho de protección a personas que pueden estar viviendo procesos de alto nivel de estrés nos parece insuficiente.

A esto se suma el hecho de que los plazos aplicados para el procedimiento de asilo en los CIE son reducidos. Dadas las dificultades para acceder a la información y el hecho de que las expulsiones no siempre se notifican respetando los plazos establecidos por los Juzgados de Control, muchas personas se enfrentan a la expulsión sin haber tenido el tiempo ni la información suficiente para ejercer su derecho a solicitar asilo.

Además, el CIE se configura como un espacio hostil que genera desconfianza hacia las instituciones y es complicado para una persona que en él esté encerrada, expresar libremente la amenaza que se sufre. Esto es especialmente flagrante para el caso de las mujeres víctimas de trata de seres humanos que periódicamente acaban internadas en los CIE.

La solicitud de asilo se debe depositar a través del buzón del Director del Centro; sin embargo, este hecho no queda registrado en ningún documento. Las organizaciones sociales hemos detectado un número significativo de personas que afirman haberla depositado y a las que sin embargo, no se les ha tramitado el procedimiento de asilo. Estas personas, en ocasiones han sido puestas en libertad en España pero otras veces han sido devueltas a sus países de origen, vulnerándose el principio de no devolución y poniéndose en peligro su vida e integridad física.

Para tratar de garantizar el derecho al asilo, los tres juzgados de instrucción en funciones de control del CIE de Aluche emitieron un auto en diciembre de 2015 en el que establecieron que “las personas internadas que soliciten en el CIE la tramitación del asilo tienen derecho a obtener de la Dirección del CIE un documento resguardo que acredite la presentación efectiva de su solicitud de asilo”. A pesar de ello, este problema sigue sin haberse solucionado y las quejas continúan. Como punto positivo, hemos detectado que en el último año parece haberse corregido la ausencia de intérpretes en la entrevista de formalización de la solicitud de asilo, que en otros años no había permitido un adecuado desarrollo de la misma.

Centrándonos en el CIE de Aluche en Madrid, las organizaciones SOS Racismo Madrid y Karibu, constatan que en 2015 tan solo siete solicitudes de asilo de las 80 presentadas por personas a las que estas organizaciones estaban acompañando, habían sido admitidas a trámite; además, varias habían quedado sin tramitar. Es decir, la gran mayoría de las personas que solicitaron asilo habían quedado desprotegidas, bien porque no se admitió su solicitud a trámite o bien porque directamente no se les había tramitado.

Estos datos de admisión a trámite de solicitudes de asilo en el CIE no encajan con la realidad social de las migraciones; tal y como se reconoció en un auto de marzo de 2014 del Juzgado de Control, en el CIE de Aluche “se pueden encontrar internadas personas, especialmente procedentes del continente africano que pudieran tener su encaje en la legislación en materia de asilo y refugio”. Cabe señalar la sospecha a la que se somete a las personas que solicitan asilo en el CIE bajo la creencia extendida de que la solicitud de asilo tiene el único fin de evitar la expulsión. En estos casos, el Estado somete a estas personas a una doble victimización, no sólo encerrándolas sino desconfiando de su testimonio.

Todas estas prácticas ponen en evidencia el riesgo en que se encuentra el derecho de asilo. Se trata de una obligación internacional para los Estados mas no existe un compromiso ni una voluntad real para garantizarlo. El cierre de fronteras expone a las personas que migran a rutas cada vez más peligrosas. Cuando estas personas consiguen alcanzar el territorio europeo, en muchas ocasiones en España, son encerradas en los CIE sin tener opción a procesos de reparación del daño sufrido y siendo expuestas de nuevo a un grave peligro.

Los últimos años nos dejan la devastadora certeza de que las fronteras destruyen las vidas de miles de personas y en esta lógica fronteriza, los CIE y los vuelos de deportación también juegan un papel demoledor tanto para el derecho de asilo como para la integridad de las personas.

Begoña Santos Olmeda y Clara García Caballero pertenecen a las organizaciones Karibu y SOS Racismo

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