La última propuesta de la CEOE
La CEOE ha pedido poder para convertir los contratos a tiempo completo en parciales. En mi opinión es necesaria una reflexión para entender completamente esta petición: el artículo 41.1 a) del Estatuto de los Trabajadores permite ya modificar la jornada de trabajo (reducirla, entre otras cosas) cuando concurran circunstancias justificativas (razones económicas, técnicas, organizativas o de producción). Lo que no se permite es la conversión unilateral de un contrato a tiempo completo en contrato a tiempo parcial (y viceversa). Esta prohibición (artículo 14.4e de la misma norma) además especifica que la novación no podrá hacerse vía artículo 41.
Con la situación actual se da la paradoja de que a uno pueden reducirle la jornada a través del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo del artículo 41, y si la Empresa evita modificar el contrato, al no haber novación contractual, uno pasa a trabajar a tiempo parcial con un contrato a tiempo completo perfectamente ajustado a la legalidad. Un sinsentido.— Belén Sánchez Talavero.
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