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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Millet y Bárcenas

El acusado de saquear el Palau se pasea tranquilamente por Barcelona, mientras el extesorero del PP está en prisión. ¿Por qué?

José María Mena

Parecían dos ilustres personajes intachables. Pero han resultado dos desvergonzados, imputados por hechos con claros indicios de apropiación multimillonaria, prevaliéndose de su proximidad con el partido político de gobierno respectivo, sembrando un extenso territorio de cómplices beneficiados, efectivos o expectantes. Ante la noticia de comportamientos tan escandalosos la opinión pública clama por el inmediato encarcelamiento de los ilustres indeseables. Pero uno se pasea tranquilamente por Barcelona, mientras el otro está en prisión provisional. ¿Por qué?

Cuando el juez manda a prisión a un inculpado durante la investigación de un delito, este, que todavía no está condenado, sigue “gozando” de la presunción de inocencia. La prisión provisional no es un castigo inmediato, aunque el clamor de la opinión pública así lo entienda, o así lo reclame. No es una “pena a cuenta”. Según la ley, hoy sólo se puede ordenar la prisión provisional cuando al presunto delito le corresponda pena de más de dos años de prisión, si, además, se da uno de estos tres supuestos: riesgo de ocultación de pruebas, o de comisión de otros delitos, o peligro de fuga.

Los dos primeros supuestos son inaplicables a nuestros personajes por las mismas razones.

De los tres supuestos legales de prisión provisional, sólo el peligro de fuga distingue a ambos inculpados

La ocultación de pruebas es consustancial a los delitos relacionados con la corrupción. La prueba principal es el beneficio económico, el botín, y su documentación. Como inculpados, legalmente, no se les puede exigir colaboración en la investigación. Como tienen derecho a no declarar contra sí mismos, tienen derecho a mantener la ocultación de la prueba principal. Y eso hacen.

La comisión de otros delitos se reduce, previsiblemente, a las normales actividades de gestión patrimonial o financiera de su botín. Hoy se pueden realizar esas actividades de gestión no solo directa y personalmente, sino también mediante terceras personas, que a veces son testaferros insolventes, pero a veces ilustres especialistas de apariencia tan intachable como nuestros personajes, y desde cualquier continente, país o lugar, desde Barcelona o desde Soto del Real. Todo esto, probablemente, lo saben bien nuestros ilustres inculpados, y sus asesores.

De los tres supuestos legales de prisión provisional, sólo el peligro de fuga distingue a ambos inculpados. Millet esquilmó al Palau y al Orfeó. Desalojado de ambas instituciones desde el inicio de la instrucción, ha dejado de entrañar peligro de apropiación ni de tráfico de influencias, según los jueces. Con taimada discreción, educado y previsible, espera pacientemente la sentencia en un futuro lejano.

Nuestro mecenas, prodigo con dinero ajeno, conserva un entorno sociológico de amigos y gratitudes. No necesita huir, porque en ningún sitio estaría mejor que aquí. En el peor de los supuestos para él, su lejana condena podría ser neutralizada con el tercer grado penitenciario, como los exdirectivos de Ferrocarriles de la Generalitat, o con la libertad condicional por ser septuagenario. Todo esto lo permite el Reglamento Penitenciario. Y ese Reglamento lo administra la Generalitat. Por eso se pasea tranquilamente por Barcelona.

Bronco, vengativo, maleducado e imprevisible, Bárcenas ya no tiene un entorno sociológico ni político favorable. Sus antiguos cómplices y beneficiados ahora temen su delación. Su severa condena no parece lejana. Por eso su riesgo de fuga es alto, y el 27 de junio el juez ordenó, por fin, su prisión provisional. Así como Millet no estaría en ningún sitio mejor que aquí, Bárcenas estaría mejor en cualquier otro sitio. Por eso es razonable prever que este quiera huir, y aquel no.

Los más suspicaces pensarán que desde la cárcel Bárcenas todavía puede seguir ordenando lo que convenga a sus intereses ilegales, aprovechando y ocultando su botín. Pero a ningún juez se le ocurriría evitar esta previsible artimaña, porque para ello sería necesario controlar las visitas profesionales especializadas que, si le place, puede recibir en la cárcel. Eso hizo Garzón, y ahí está la temible sombra de su condena.

José María Mena es exfiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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