El TSJM anula el presupuesto de Parla de 2009
El Ayuntamiento anuncia que recurrirá la sentencia y asegura que "contaba con los informes preceptivos"
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el presupuesto del Ayuntamiento de Parla para 2009 por no haber llevado a cabo previamente la liquidación total de las cuentas de los años 2007 y 2008, cuando aún era alcalde el actual secretario general del Partido Socialista de Madrid (PSM), Tomás Gómez. En la sentencia, la sala declara nulas las cuentas de hace dos años porque entiende que su aprobación quebró "los derechos de los ediles para intervenir en los asuntos públicos" ya que no conocían la situación real de las cuentas y puesto que estas se aprobaron sin liquidar dos ejercicios anteriores. El Ayuntamiento de la localidad madrileña ha anunciado que interpondrá un recurso ya que el presupuesto cuenta "con todos los informes preceptivos, entre ellos una liquidación previa".
En la sentencia, el TSJM ha ordenado la retroacción de actuaciones para que se acompañen los documentos legalmente exigidos y que se apruebe el Presupuesto para el ejercicio de 2009 con arreglo a derecho. En concreto, exige "la liquidación total de los presupuestos de los años 2007 y 2008" ya que "en el informe de la Intervención se hace constar expresamente que los últimos ejercicios liquidados son los de 2005 y 2006". La decisión de la Sala se produce después de que el PP de la localidad impugnara el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Parla del 8 de abril de 2009 por el que se aprobaba el presupuesto, alegando que no se había liquidado el ejercicio de 2007 ni el avance del ejercicio de 2008.
Los socialistas denuncian la "judicialización" de la campaña
También mantenía este partido que se infringía la Ley de Haciendas locales porque no se aprobó el presupuesto con superávit para "paliar los remanentes negativos de Tesorería de 2005 y 2006". Ante ello, la sala, citando el informe de la Intervención del Ayuntamiento, señala que el Consistorio aprobó sus cuentas con un "remanente negativo de los últimos ejercicios liquidados (años 2005 y 2006) y que el presupuesto para el año 2009 estaba nivelado, es decir que los gastos e ingresos son iguales, sin que quede superávit alguno para paliar el remanente negativo de los presupuestos de años anteriores", incumpliendo así la Ley de Haciendas Locales, "lo que implica la anulación del presupuesto por infracción de normas esenciales".
A lo largo de la resolución jurídica, el tribunal explica que según la Ley, el presupuesto de un Ayuntamiento "tiene que incluir la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y el avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente" y, en el caso de las cuentas de Parla, "se ha omitido la liquidación del ejercicio anterior". Este hecho, argumenta, tiene trascendencia procedimental y constitucional porque "limita" el derecho de los concejales a participar en asuntos públicos y "de acceder en condiciones de igualdad al cargo público". Precisa que esto impide a los ediles, por ejemplo, comprobar la evolución de los presupuestos en años anteriores y poder participar en la aprobación o no de los mismos con conocimiento suficiente para formular enmiendas.
"La inexistencia de la aprobación previa de la liquidación del presupuesto anterior supone una clara quiebra no sólo del procedimiento de aprobación del presupuesto, sino, y más relevante, del derecho de los concejales del ayuntamiento para conocer la situación real de las cuentas del mismo", mantiene la sentencia. Ante el recurso del PP, el Consistorio de Parla pidió que se rechazara porque los concejales 'populares' se ausentaron del Pleno en el que se las cuentas públicas salieron adelante. A este respecto, la Sala especifica que, al no contar con el acuerdo del Pleno, no sabe si el PP votó o no en contra de la probación definitiva, por lo que no puede admitir el argumento del Ayuntamiento.
En un comunicado, el Consistorio ha asegurado que la aprobación de los presupuestos "se hizo con toda la documentación que fue requerida por los técnicos municipales" y que la "falta que alega el TSJM no es esencial para la aprobación de las cuentas". Para el Ayuntamiento, este es "un ejemplo más de la judicialización de la campaña electoral que quiere promover el PP" ya que, según asegura, los populares de Parla "prefieren recurrir a los tribunales a tener un debate político coherente en los foros adecuados, como es el pleno municipal, de donde se ausentaron". El vicepresidente de la Comunidad, Ignacio González, ha aprovechado la sentencia para criticar al secretario general del PSM. Ha calificado su etapa como regidor de "malísima gestión". "Ha dejado agujeros sin atender y no los han incluido en los presupuestos siguientes", ha señalado, asegurando además que Gómez se saltó la ley de presupuestos. Parla se encuentra "a la cabeza del paro y el atraso económico" de la región madrileña. Todo ello debido a la "brillante gestión del candidato socialista a la comunidad de Madrid, ha ironizado González.
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