El Consejo de Navarra avala la creación de 350 plazas para profesorado de inglés al entender que no vulnera la normativa estatal
La ley nacional prohíbe que el dominio de lenguas extranjeras sea un requisito en las oposiciones, pero la Administración foral invocó sus competencias y derechos históricos en Educación y Función Pública
El Consejo de Navarra —órgano consultivo superior de la comunidad— ha avalado la ley, aprobada en abril por el Parlamento foral, que permite al departamento de Educación crear hasta 350 puestos de trabajo público con perfil de lengua extranjera para estabilizar la plantilla del profesorado adscrito al PAI —Programa de Aprendizaje en inglés—. Esta norma fue elaborada ante la necesidad de reducir la temporalidad del programa, en el que siete de cada 10 profesionales son interinos.
Para acceder a estas plazas, se exige a los docentes que acrediten un nivel C1 en dicha lengua, un requisito no permitido en la normativa estatal, puesto que determina que solo se pueden exigir como condición de acceso los idiomas oficiales y no otras lenguas extranjeras. En respuesta a las dudas planteadas sobre la iniciativa por el Ministerio de Educación, Navarra invocó sus competencias y derechos históricos en Educación y Función Pública para regular la materia. Ahora, el Consejo de Navarra le ha dado la razón y ha determinado que la ley aprobada se adecúa al ordenamiento jurídico.
Este informe llega un mes después de que se haya aprobado la norma, por lo que no tiene efectos prácticos, da un claro respaldo jurídico frente a las dudas planteadas por los grupos parlamentarios navarros que votaron en contra —todos a excepción del grupo proponente, PSN, y la coalicieón Navarra Suma, formada por UPN, PP y Ciudadanos—.
Por un lado, el Consejo ha determinado que esta norma no afecta a las competencias navarras en Educación, sino al modo de regular la función pública, una competencia propia de la Comunidad foral, previa a la Constitución española.
El dictamen, solicitado por el presidente del Parlamento foral, debía además determinar si esta ley vulnera el régimen estatutario de los funcionarios públicos de Navarra. En este sentido, establece que esta norma no altera la estructura ya existente de cuerpos docentes ni en Navarra ni en el conjunto del Estado porque, como tal, no se va a crear un cuerpo propio de funcionarios, sino simplemente plazas públicas y, tal y como recoge el informe, en la medida en que esta norma “respete los principios de igualdad, mérito y capacidad, no se observa vulneración alguna del ordenamiento jurídico”. El departamento navarro de Educación ya avanzó que las pruebas de acceso a las plazas PAI serán iguales a las que se rigen por la normativa estatal para facilitar que, si en un futuro se cambia la legislación, los profesionales que obtengan uno de estos puestos puedan acceder al régimen ordinario de funcionariado.
Por otro lado, para el Consejo de Navarra, la creación de puestos con perfil de lengua extranjera “obedece a las necesidades propias del sistema educativo navarro, y la acreditación de manera objetiva de un determinado nivel de competencia lingüística”. De hecho, hace referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional que en 2019 respaldó la decisión del Parlamento catalán de incluir una entrevista personal en los métodos de selección de personal público. Basándose en esta jurisprudencia, concluye que la Comunidad foral no está sometida a la totalidad de la legislación básica estatal, sino que mientras la exigencia de inglés para acceder a estas plazas no afecte a la unidad constitucional y respete los derechos y obligaciones del funcionariado público docente —como afirma— se adecuará al ordenamiento jurídico.
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