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¿Es un truhan o un señor? El uso de la IA puede vulnerar los derechos de Julio Iglesias

Está circulando en redes una versión tipo reguetón de la canción que compuso Ramón Arcusa para el famoso cantante. Los artistas tienen herramientas legales para proteger sus obras

Julio Iglesias
El músico Ramón Arcusa, a la derecha, miembro del Dúo Dinámico, compone y produce canciones para Julio Iglesias.EFE (EFE)

“Amo la vida y amo el amor, soy un truhan, soy un señor…”. Alguien sin identificar ha usado la inteligencia artificial generativa para dar una nueva vida al clásico de Julio Iglesias. Aunque gran parte de la generación Z no es capaz de seguir la letra del hit que compuso Ramón Arcusa (miembro del Dúo Dinámico), ahora circula en redes una versión tipo reguetón de esta canción. Incluso hay un vídeo en el que aparece un retocado Julio Iglesias paseando por fiestas y playas, mientras se escucha la canción con otra voz. Fue el propio Arcusa quien lo dio a conocer en la red social X: “Esto lo han hecho con la IA, basándose en la canción original que escribí para Julio Iglesias. La verdad, no sé qué pensar. Ayudadme”. Es probable que este tipo de casos sean cada vez más frecuentes y surge la duda: ¿Vulnera sus derechos de autor?

Los especialistas aclaran que los derechos de autor son un conjunto de normas legales que protegen las obras originales, que les otorgan el control de uso de sus trabajos y les permiten recibir reconocimiento y compensación por ellas. “Son la piedra angular para incentivar la creatividad y la producción de nuevas obras”, explica Pilar Sánchez-Bleda, que dirige el departamento de IP y tecnología de Auren Spain. En España, asegura, cualquier nueva versión basada en una pieza musical anterior que esté protegida —es decir, que aún no ha pasado a dominio público y, por tanto, no es de uso libre y gratuito— requiere del consentimiento del creador. “Nuestra Ley de Propiedad Intelectual lo considera una obra derivada. Al ser creada sin consentimiento, supondría una infracción de los derechos de autor y de explotación”, sostiene. La derivada es una obra nueva que nace de la alteración o modificación de otra preexistente y los derechos de autor los ostentan quien creó el original y quien hizo la versión.

Los autores también tienen derechos morales, que implican reconocer la paternidad, la integridad de la obra y su prestigio, explica el abogado experto en derecho digital Borja Adsuara, que reconoce que nadie crea algo de la nada, por lo que “se puede hacer este uso siempre que no perjudique la explotación de la obra ni el prestigio del autor, es decir, su derecho moral”. Y es que el aire reguetonero dado con IA puede molestar a quien la ha compuesto. “Hace falta un permiso porque el autor podría estar en desacuerdo con ese estilo, le puede resultar hiriente esa versión o, simplemente, no le gusta. Podría ir en contra de sus derechos morales, pero también se podrían estar vulnerando los de explotación y comunicación pública”, advierte Santiago Mediano, abogado especialista en propiedad intelectual e inteligencia artificial.

Los detalles del caso son muy relevantes. “Hipotéticamente hablando, la IA puede producir diferentes vulneraciones: de los derechos de autor, si la obra generada es similar a una obra preexistente protegida; de los de imagen, si el resultado incorpora la imagen o cualquier otro elemento reconocible de una persona, por ejemplo, la voz; incluso los resultados pueden ser actos de competencia desleal, es decir, de engaño o de imitación desleal”, detalla David Gómez, socio director de Baylos.

Una nueva imagen

La nueva canción va con un vídeo que modifica la cara de Julio Iglesias con IA. Pilar Sánchez-Bleda recuerda que la imagen de una persona goza de una especial protección jurídica. “No puede modificarse sin su autorización y consentimiento, salvo en el caso de parodia que ampara nuestra Ley de Propiedad Intelectual, pero su uso es muy restrictivo. Aquí podría haber una infracción de los derechos de imagen y del derecho al honor”. Estos casos los debe resolver un juez, que determinará si se ha producido una vulneración y fijará una indemnización por la vía civil. “También está la vía administrativa, ya que la voz y la imagen son datos personales”, añade Borja Adsuara, aunque sostiene que al tratarse de una persona famosa la privacidad no estaría afectada.

Efectivamente, si se trata de una parodia, no habría infracción. Por otra parte, el autor podría apelar a la doctrina de fair use o uso inocuo, propia del sistema legal estadounidense, aunque David Gómez cree que no tendría encaje en España, donde los límites están tasados y no pueden ampliarse. “Un resultado como el del vídeo comentado parece ser una infracción muy clara, y no caería dentro del ámbito de ningún límite o excepción”, señala el abogado, que cree que en este supuesto es discutible que no afecte a la explotación normal de las obras originales.

“Aunque está generada con IA, la imagen es muy reconocible, es casi un deep fake, además con una voz imitadora. Se podría considerar que se ha falsificado a Julio Iglesias porque se le atribuye haber cantado y alguien podría creer que realmente es él. Si quisiera, podría instar la retirada del vídeo”, explica Santiago Mediano. Las plataformas disponen de mecanismos take down para retirarlos tras la petición del propietario de los derechos.

Existen herramientas legales para que los autores protejan sus obras. “Es recomendable que los artistas cobren conciencia de que la IA ha venido para quedarse y que es utilizable por cualquiera”, señala Mediano, que insiste en la necesidad de que los autores adopten medidas de precaución, como excluir sus obras de la posibilidad de ser utilizadas con estas tecnologías o de fijar límites, por ejemplo, para que ellos sean los únicos autorizados para versionar sus trabajos con inteligencia artificial. La clave está en blindarse para que la IA sea menos truhan y más señor.

¿Y si se pone de moda?

La otra cara de la moneda es que estas nuevas versiones hechas con IA pueden poner de moda a un artista olvidado. Los expertos señalan que cada persona es libre de elegir cómo configura sus derechos morales o a su imagen. “Si no le disgusta e incluso supone un relanzamiento de su figura o de su composición, puede decidir libremente si tolera ese uso. Julio Iglesias no lo necesita, pero otro cantante puede que sí”, explica el abogado Santiago Mediano. Con todo, “el responsable último será la persona que crea y utiliza el ouput en el mercado, no la IA”, advierte David Gómez, director de Baylos.


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