El Supremo condena al Gobierno por aplicar una doble escala salarial a los controladores aéreos, a los que pagará unos 46 millones
Los 614 profesionales más jóvenes de los aeropuertos, empleados de la empresa pública Enaire, cobraban hasta un 40% menos que los más veteranos
El Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno por aplicar una doble escala salarial a los controladores aéreos, a los que ha pagado en función de su fecha de entrada en la empresa pública Enaire -antes Aena-. Desde 2011, los 614 profesionales más jóvenes que dirigen el tráfico aéreo -de un total de 2.100- han ganado un 40% menos que los más veteranos, y esto ha supuesto una discriminación que ahora le costará resarcir al Ejecutivo unos 46 millones, dados los atrasos acumulados durante los últimos 14 años, según ha comunicado Enaire a los sindicatos. El alto tribunal censura que haber cobrado menos supone para los controladores más jóvenes la vulneración de su derecho fundamental de igualdad fijado en la Constitución.
Tras el caos aéreo de 2010 y la guerra abierta entre el Gobierno de Rodríguez Zapatero y los controladores, el exministro Manuel Pimentel estableció en su laudo arbitral de marzo de 2011 que los nuevos controladores contratados cobrarían un salario sensiblemente inferior al que percibían hasta entonces para ahorrar costes. Un 40% menos los cuatro primeros años y un 20% menos los tres siguientes. Sin embargo, Enaire perpetuó esa discriminación fijada en el segundo convenio colectivo de 2011, y el sindicato SNCA lo denunció ante la justicia, que le dio la razón en 2022 en la Audiencia Nacional, cuyo fallo acaba de ratificar el Supremo. De manera inmediata, la próxima nómina de estos controladores será más alta, entre 20.000 y 30.000 euros brutos al año que no cobraban hasta ahora, según cálculos sindicales. Está por ver de qué manera abona el Gobierno los atrasos salariales.
“Hay una doble escala salarial en función de la fecha de incorporación del trabajador a la empresa. Solo los trabajadores contratados con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del convenio colectivo no perciben el 100% del complemento de puesto”, reza la sentencia, fechada el pasado 30 de octubre, de la Sala de lo Social del alto tribunal, cuyo ponente ha sido el magistrado Ignacio García-Perrote. Las retribuciones actuales de los controladores oscilan en una horquilla desde los 40.000 euros brutos anuales hasta 200.000 euros para los más antiguos.
Tras la resaca del caos aéreo, la batalla de los controladores principiantes para igualar su sueldo con los veteranos produjo la escisión de muchos de ellos del sindicato mayoritario USCA, para crear SNCA. “La jurisprudencia es clara, reiterada, muy antigua y consolidada, es una vergüenza que esto pase en empresas públicas. Se despilfarra mucho dinero público en el proceso de tratar de defender algo que se sabe ilegal desde el comienzo. El sindicato mayoritario vendió a los trabajadores más noveles, entre ellos sus propios afiliados”, lamenta un controlador beneficiado por el fallo y que exige anonimato por miedo a represalias de Enaire.
A los 46 millones que deberá pagar Enaire en concepto de atrasos, y que tenía como previsión de fondos tras la primera sentencia de 2022, se suma una masa salarial añadida de unos 15 millones al año. El último resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias de esta empresa pública arrojó 459 millones, según su memoria económica de 2023.
Los sindicatos han defendido ante la justicia que no hay razones para aminorar el sueldo de ningún controlador porque una vez se habilita sin instructor, el desempeño y la responsabilidad del tráfico aéreo para evitar accidentes es igual para todos ellos. En paralelo, se ha dado la paradoja de que controladores con puestos de responsabilidad cobraban peor sueldo que sus subordinados, solo por el hecho de que estos últimos llevaban más tiempo en sus puestos de trabajo.
“La sensación del colectivo es que la empresa no hace ningún esfuerzo razonable en favor del entendimiento, no corrigen ilegalidades manifiestas, incluso con sentencias en contra firman y publican en BOE artículos del convenio declarados ilegales. Entre Enaire y USCA cocinan los convenios, que han permitido que los que ya estaban en la empresa en 2010 cobraran el 100% y los nuevos el 60%. El objetivo principal es mantener los blindajes que generó la ley 9/2010 en favor de los trabajadores antiguos y en contra de los más jóvenes.”, critican fuentes del sindicato SNCA. “Cuando tras muchos años de batalla, las sentencias adquieren firmeza, al final nadie exige responsabilidad respecto de los errores en Enaire. Es el caso del anterior director general, Ángel Luis Arias, que tras una gestión continuista y donde ante problemas importantes sólo optó por la judicialización y la patada hacia delante, hoy es representante de España en la OACI, la organización internacional de aviación civil”, añaden estas fuentes.
El artículo 132 del segundo convenio tumbado ahora se prorrogó en 2015 y se reprodujo en el tercer convenio de 2023, firmado solo por USCA y OCCA y rechazado por Spica y SNCA. A pesar de que el Supremo ha anulado uno de los complementos fijados por Enaire para establecer tres escalas salariales, aún quedan en pie otros dos, lo que provoca enormes diferencias económicas entre los controladores más antiguos y los nuevos. Enaire ha intentado quitarle hierro a la sentencia: “Se acatará y se aplicará, pero el fallo no cuestiona la doble escala salarial, simplemente ampara la cobertura íntegra del complemento del puesto de trabajo”, afirma un portavoz.
La Audiencia Nacional atendió en 2022 la reclamación sindical para igualar los salarios de los controladores aéreos veteranos y principiantes, además de pagarles los atrasos, pero no reconoció el derecho a cobrar una indemnización de estos últimos al ser vulnerados sus derechos fundamentales. Hace dos años el sindicato mayoritario USCA tildó la victoria judicial de SNCA de “populismo judicial”.
Antes, en 2004, el Tribunal Constitucional ya aclaró en una sentencia que la doble escala salarial era discriminatoria: “La lógica de la distinta fecha de ingreso en la empresa descansa en un trato peyorativo a quien accede más tarde al empleo, haciendo de peor condición artificiosamente a quienes ya lo son por las dificultades existentes en la incorporación al mercado de trabajo y menor capacidad de negociación”, decretó el órgano de garantías.
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