Bruselas designa a los seis gigantes digitales que deberán cumplir las nuevas normas antimonopolio europeas
La Comisión Europea fija que Alphabet, Amazon, Apple, ByteDance, Meta y Microsoft tendrán que cumplir nuevas obligaciones para evitar que abusen de su posición de poder
La Comisión europea ha designado este miércoles a las primeras seis grandes empresas digitales que deberán actuar como gatekeepers o “guardianes de acceso” a servicios online clave y que, por tanto, tendrán que cumplir con la Ley de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés). Este reglamento antimonopolio busca “poner fin a las prácticas desleales” de gigantes de la economía digital como Meta o Apple, que gestionan plataformas fundamentales como Whatsapp, Instagram o AppStore. A partir de este miércoles, las plataformas designadas tendrán seis meses para cumplir con todos los requisitos de la normativa, que busca evitar abusos de poder desde su posición dominante en el mercado so pena de fuertes multas y sanciones.
En la primera lista de empresas presentada por Bruselas figuran Alphabet, Amazon, Apple, ByteDance, Meta y Microsoft. Junto con su designación como guardianes de acceso, es decir, que son consideradas una pasarela importante para que los usuarios profesionales tengan acceso a sus usuarios finales, la Comisión ha detallado 22 servicios de plataformas básicas asociadas (como Whatsapp, Facebook e Instagram en el caso de Meta, o iOS, Safari y AppStore en el de Apple) que estarán sometidas a obligaciones y prohibiciones más estrictas para evitar que abusen de su posición dominante. Así, estas normas deberán facilitar la interoperatividad o que los usuarios tengan la posibilidad de dar su consentimiento (o no) antes de que estas plataformas puedan intercambiar sus datos entre servicios de la misma compañía, por ejemplo entre Facebook y Whatsapp.
“La LMD impone obligaciones claras a los gatekeepers para impulsar la innovación, la competitividad y la resiliencia del Mercado Interior”, ha celebrado el comisario del ramo, Thierry Breton, para quien esta nueva normativa “dará más posibilidad de elección a los consumidores” y creará “nuevas oportunidades” para las empresas tecnológicas más pequeñas. Ahora, los denominados “guardianes de acceso” tendrán seis meses para cumplir todos los requisitos de la LMD, a más tardar el 6 de marzo de 2024.
Nuevas obligaciones
Los guardianes de acceso deberán, entre otras cosas, garantizar que los usuarios finales puedan cancelar fácilmente su suscripción a los servicios básicos de plataforma o desinstalar servicios básicos de plataforma preinstalados. También deberán detener la instalación de programas informáticos por defecto junto con el sistema operativo, proporcionar datos de rendimiento publicitario e información sobre precios de anuncios, permitir a los desarrolladores utilizar sistemas alternativos de pago integrados en las aplicaciones o permitir a los usuarios finales descargar tiendas de aplicaciones alternativas, señala la Comisión.
El incumplimiento de las normas prevé duras sanciones y multas, de hasta el 10% del volumen de negocios mundial de una empresa y hasta del 20% en caso de reincidencia. Si se trata de una infracción sistemática, la Comisión también podrá imponer las “medidas correctoras estructurales o de comportamiento” que considere necesarias, incluida la prohibición de nuevas adquisiciones.
La plataforma de música y contenidos audio en streaming Spotify ha celebrado la designación de Apple y ha manifestado su esperanza de que con ello se ponga fin a sus “prácticas anticompetitivas evidentes en la UE”. “Apple tendrá ahora que dejar de obligar a los desarrolladores a pagar la tasa injusta y discriminatoria en la App Store, y permitir a los desarrolladores comunicarse con los clientes directamente sobre nuevas ofertas y promociones”, ha dicho la directora de asuntos regulatorios de la UE de Spotify, Olivia Regnier, en un comunicado.
Los criterios principales acumulativos señalados por el Ejecutivo europeo para considerar que una plataforma entra en el ámbito de aplicación de la LMD son: por un lado, que tenga un tamaño que “incida en el mercado interior”, es decir, que tenga un volumen de negocios anual en el Espacio Económico Europeo (EEE) igual o superior a 7.500 millones de euros en cada uno de los tres últimos ejercicios, o si su capitalización media de mercado o su valor justo de mercado equivalente ascendió al menos a 75.000 millones de euros en el último ejercicio, y presta un servicio básico de plataforma en al menos tres Estados miembros. Además, deben controlar una “pasarela importante” entre usuarios profesionales y consumidores finales, algo que según la Comisión se da cuando tienen más de 45 millones de usuarios finales activos en la UE —un 10% de la población del bloque comunitario— y más de 10.000 usuarios profesionales activos anuales establecidos en territorio europeo. Finalmente, deben ocupar una posición “arraigada y duradera”, esto es, que los dos criterios anteriores se cumplan en los tres últimos años.
Exclusión de Samsung
En julio, Apple, Meta, Amazon, Alphabet, ByteDance, Microsoft y Samsung ya comunicaron a Bruselas que cumplían los requisitos. La sorpresa es que en este primer paquete no está incluido Samsung. Según ha explicado la Comisión, tras estudiar los expedientes, ha llegado a la conclusión de que, aunque Gmail, Outlook y Samsung Internet Browser cumplen los requisitos para calificar como guardián de acceso bajo la LMD, sus empresas matrices, Alphabet, Microsoft y Samsung “proporcionaron suficientes argumentos justificados que demuestran que esos servicios no califican como servicios de plataforma central”. De ahí que Samsung “no haya sido designada como guardián de acceso en relación con cualquier servicio de plataforma central”. Es, de hecho, la única compañía a la que, por el momento, la Comisión ha aceptado la impugnación de su designación.
Además de anunciar las seis grandes empresas designadas en esta primera etapa, la Comisión ha informado de que ha abierto cuatro investigaciones de mercado para evaluar los argumentos de Microsoft y Apple que afirman que, a pesar de cumplir los requisitos que establece la LMD, algunos de sus servicios de plataforma central no califican como “pasarela”. Se trata, en el caso de Microsoft, de Bing, Edge y Microsoft Advertising, mientras que en el de Apple es su servicio de mensajería iMessage. La investigación durará como máximo cinco meses, señala Bruselas, que también está investigando si el iPadOS de Apple debería ser designado de igual manera como guardián de acceso a pesar de que no cumple todos los requisitos. Esta última investigación, señala la Comisión, deberá estar completada como máximo en 12 meses.
Varios de los servicios digitales sometidos ahora a la LMD, como Facebook, Instagram o TikTok, están también incluidos en la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés) que, el pasado agosto, designó a las 19 mayores grandes plataformas digitales operativas en territorio europeo. No obstante, las normas europeas tienen objetivos diferentes. Mientras que la DSA busca proteger mejor a los consumidores y sus derechos fundamentales, combatiendo entre otros la desinformación o la pornografía infantil, la LMD se concentra en evitar la proliferación de monopolios en el mercado único europeo.
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