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Ofrecido porLa Ley

Pleito por compartir el perro: devolver a la expareja la mascota mojada no es un comportamiento negligente

Un juez de Vigo valora el bienestar del animal a la hora de resolver un conflicto por su custodia

GETTY IMAGES

Los animales son seres sintientes a ojos de la ley. Esto significa que no pueden ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus dueños en caso de separación o divorcio. Esta novedosa condición legal, que entró en vigor en enero, ha conseguido que las mascotas dejen de ser consideradas meras cosas y su felicidad sea un factor a valorar a la hora de resolver roces familiares.

Un reguero de decisiones judiciales aplica ya tímidamente esta nueva perspectiva. Un reciente auto de un juzgado de Vigo, sin ir más lejos, ha resuelto el conflicto por el disfrute por turnos de una mascota entre un matrimonio separado. La resolución (que puede consultar en este enlace) remarca que el bienestar del animal y su protección deben ser valorados a la hora de resolver aquellas disputas entre humanos que les puedan afectar.

Con estos mimbres, el juez ha dictado que no se puede privar del disfrute del animal a la expareja alegando que enfermó por su culpa, sin presentar pruebas o informes que avalen que ha existido maltrato. Que la mascota reciba tratamiento no puede ser una excusa para negarse a cumplir el convenio judicial que definía los turnos de disfrute de la mascota. La perra puede recibir los cuidados en uno y otro hogar sin mayor problema, por lo que no existe amenaza para su protección o su bienestar, remarca el auto.

Como recogen los hechos, el matrimonio estaba obligado a cumplir un régimen similar al que puede existir por un hijo con custodia compartida cuando los padres se separan. El animal debía estar con el esposo de lunes a viernes, mientras que los fines de semana se quedaba con la mujer, quien recogía al can el viernes a las 17 horas y lo dejaba de vuelta el domingo, a las 22 de la noche. Durante estos días, ella disfrutaba también de la compañía del hijo que tenían en común.

El conflicto estalló cuando, pasado un año, ella devolvió a la mascota mojada, porque esa tarde llovía. El exmarido aprovechó la ocasión para acusarla de no cuidar al animal como es debido y se negó a dejársela más. Para más inri, la perrita cogió una gastroenteritis con diarrea y vómitos por la que tuvo que recibir tratamiento en el veterinario, gastos que el exmarido le reclamó. La exmujer se negó a aceptarlo y denunció la situación ante la justicia.

No hay negligencia

El juez da la razón a la exesposa y apunta que, si la mascota enferma, no es motivo para revocar un convenio que ha sido firmado por un juez, y que por tanto es de obligado cumplimiento. El titular del juzgado no aprecia motivos para pensar que la felicidad del animal corre peligro con el sistema de turnos establecido.

Y es que, si bien los hechos ocurrieron con anterioridad a la reforma legal, el titular del juzgado trae a colación la nueva ley y concluye que "no ha existido ninguna situación de negligencia o falta de cuidado por parte de la esposa hacia la perra que perjudique el bienestar y la protección del animal".

La sentencia sigue. El hecho de devolverla un día mojada porque llovía "no supone un comportamiento negligente ni consta que fuera la causa de las molestias gastrointestinales que presentaba la perra y que motivaron las visitas al veterinario". Estas fechas, además, coincidieron con "fuertes borrascas".

El juez más bien sospecha que la negativa a compartir a la perra no se basa tanto en "procurar el bienestar del animal" sino en el "conflicto de carácter económico" en torno a las facturas del veterinario. Analizado así el asunto, obliga al hombre a permitir los turnos de disfrute de la perrita tal como se habían acordado. Si no lo permite, se enfrentará a una multa mensual que se repetirá en el tiempo, hasta que no corrija la situación.

El juez le condena, además, a pagar las costas del proceso.

Avances

Desde el 5 de enero de este año, los animales son considerados en España "seres sintientes". Se trata de un estado que se ha conseguido tras una ambiciosa reforma legislativa a tres bandas, que toca tres textos legislativos de suma importancia: el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La reforma recoge por primera vez la custodia compartida de los animales de compañía en caso de separación. La intención del Gobierno es blindar la protección de los animales en único texto, la que será la Ley de protección animal. La norma introducirá avances como la prohibición de sacrificar animales sin causa justificada, el veto al uso de fauna salvaje en los circos y el fin de la venta de mascotas en tienda. Por el momento, el proyecto aún solo es un borrador.

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