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La Audiencia Nacional confirma las multas de Competencia al cartel de los fabricantes de pañales

El tribunal ratifica las sanciones a cuatro de las ocho compañías señaladas por fijar precios, mientras otras cuatro están pendientes de sentencia

Departamento de productos para adultos en un supermercado.
Departamento de productos para adultos en un supermercado.YUYA SHINO
Pierre Lomba

Golpe de la Audiencia Nacional al cartel de los pañales. La Sala de lo Contencioso ha confirmado cuatro de las siete sanciones impuestas en 2016 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a varios fabricantes de productos higiénicos por falsear el mercado de los pañales para adultos en su propio beneficio, según varias sentencias emitidas a finales de septiembre y a las que ha tenido acceso EL PAÍS. El supervisor impuso el pago de un total de 128,8 millones de euros a las empresas y a su patronal, de los cuales el tribunal ha confirmado ya sanciones por un total de 87.153.133 euros. En estas cantidades se incluyen los 68,5 millones de sanción a Arbora & Ausonia, que en realidad no deberá pagar porque fue eximida por delatar la existencia del cartel, una decisión que ahora avala la Audiencia. Contra todas las sentencias cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

La CNMC consideró en 2016 que Arbora & Ausonia (sucedida por Procter & Gamble España), Laboratorios Indas, SCA Hygiene Products, Laboratorios Hartmann, Ontex ID, Barna Import Médica, Textil Planas Oliveras y Algodones del Bages, con la colaboración de la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN), llegaron a acuerdos para fijar los precios de venta de los pañales para adultos que se comercializaban en las farmacias. Estas empresas, de acuerdo con Competencia, también obstaculizaron licitaciones públicas para satisfacer sus intereses. Las conductas anticompetitivas se produjeron desde, al menos, diciembre de 1996 y hasta enero de 2014.

Las compañías cuyas multas han sido confirmadas por la Audiencia son Laboratorios Indas (13.253.247 euros), la belga Ontex (5.148.430 euros) y Algodones del Bages (251.456 euros). A Arbora & Ausonia, que recibió la mayor sanción impuesta por el organismo supervisor, se le eximió del pago por actuar como delator del cartel, pero la CNMC consideró que la matriz, Procter & Gamble, era responsable solidaria de esas acciones y por eso la compañía también recurrió su sanción. Ahora la Audiencia, en una sentencia del 26 de septiembre, ha confirmado la decisión de no ejecutar su multa y además señala que Procter & Gamble España, que integró a Arbora & Ausonia en 2013, no puede considerarse responsable. El tribunal aun no se ha pronunciado sobre las compañías restantes.

Favorecer la venta en farmacias

El modus operandi del cartel consistía en dos actitudes fraudulentas combinadas. Por un lado, obstaculizaba las licitaciones públicas por las que las autoridades sanitarias adquirían pañales para distribuirlos entre pacientes no hospitalizados: las empresas condenadas interponían recursos de forma reiterada para dificultar esas licitaciones, y así conseguir que se vendiesen en farmacias, donde conseguían mayor rentabilidad.

Por el otro, una vez orientada la distribución a las farmacias, los fabricantes sancionados alcanzaban acuerdos, a través del Grupo de Trabajo de Absorbentes (GTAIO) creado por la FENIN, para fijar los precios de venta a los distribuidores mayoristas. Con esto falseaban la competencia y obtenían mayores márgenes.

El tribunal considera que los acuerdos adoptados eliminaron, de hecho, “cualquier atisbo de competencia entre los participantes en el cartel”. La fijación y mantenimiento del denominado Precio de Venta de Laboratorio —el que pagan las farmacias por los productos— para los pañales dispensados a través de ese canal llevó a que este “resultara a la postre superior al que se hubiera obtenido en una situación de libre competencia”, señala la Audiencia en la sentencia de Ontex.

Acuerdos anticompetitivos

En ese mismo caso, Ontex defendía que las prácticas restrictivas habían beneficiado al mercado porque solo marcaban importes máximos, lo que garantizaba a las farmacias poder ofrecer luego el producto a precios competitivos. El fabricante aportó como prueba un estudio encargado a una consultora que concluía que los acuerdos tuvieron “ventajas o aspectos pro-competitivos”. Sin embargo, el tribunal ha descartado estos argumentos, y ha considerado que no se ha probado que las prácticas hayan mejorado la competencia ni beneficiado a los consumidores.

En un principio, la CNMC había multado, además de a las empresas, a varios de sus directivos. Se trataba de la primera vez que el organismo supervisor sancionaba a ejecutivos por su participación en estas prácticas, pero los tribunales han ido tumbando progresivamente estas multas. Con todo, la Audiencia ha dado la razón a Competencia sobre la existencia del cartel de los pañales, lo que supone una victoria para un organismo supervisor que suele ver desafiadas sus actuaciones en los tribunales.

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Sobre la firma

Pierre Lomba
Redactor de la sección de Economía. Graduado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y la Sorbona de París. Después de ejercer la abogacía, realizó el Máster de Periodismo de EL PAÍS y la Universidad Autónoma de Madrid.

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