Vacunados con pauta completa y test de antígenos: así son los nuevos requisitos de acceso a España
A partir del lunes, todos los turistas del espacio Schengen podrán acceder con lo estipulado en el certificado digital de la UE. Quedan excluidos de la orden ministerial la India, Brasil y Sudáfrica
España detalla los requisitos de acceso al país a partir del lunes: se permitirá la entrada a los pasajeros vacunados a partir de los 14 días de haber recibido la pauta completa por un fármaco aprobado por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) o la Organización Mundial de la Salud (OMS). Aunque habrá excepciones con la India, Brasil y Sudáfrica. Además, para los viajes ya permitidos por causa justificada o por ocio (con los de la Unión Europea y una docena de países terceros) que se les requiera una prueba diagnóstica negativa, serán válidos los test de antígenos.
La entrada a los ya vacunados se conocía desde el anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 21 de mayo en Fitur. Pero no ha sido hasta este sábado cuando se ha hecho oficial con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Así, se confirma que los viajeros inmunizados solo puedan acceder al país una vez transcurran 14 días desde el último pinchazo y tengan la pauta completa —la monodosis de Janssen o la segunda dosis en los medicamentos que requieren de dos—. Los medicamentos aceptados hasta la fecha por la EMA o la OMS son Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac. También podrán entrar los menores de edad que los acompañen. Además, el texto añade algunas excepciones con los países denominados de riesgo.
“Cuando se trate de personas llegadas a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias, en vuelos desde aeropuertos situados en terceros países, a las que se someta a cuarentena por Orden del Ministerio de Sanidad [la India], mientras esa orden esté en vigor, solo serán de aplicación las excepciones recogidas en las letras d), e) e i), salvo que se trate de personas residentes en España o en Andorra, o cónyuges de ciudadanos españoles o parejas con la que estos mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, o aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con el ciudadano español”, explica el BOE. España incluye esta salvaguarda para protegerse de nuevas variantes del virus, por lo que la lista podrá variar en el tiempo.
Con cuarentena obligatoria de 10 días, según Sanidad, solo está en estos momentos la India. Aunque también existe una limitación a los viajes desde Brasil o Sudáfrica que, en la práctica, les excluye para poder entrar en España con estar vacunados. En concreto, solo pueden acceder desde estos países nacionales españoles o andorranos, residentes en España o Andorra o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas (sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto). También puede entrar el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
La nueva orden del Ministerio del Interior publicada este sábado añade otro supuesto justificado por el que se podrá viajar a España en el caso de los estudiantes. “Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos. Si el destino es España y la duración de la estancia es de hasta 90 días, se deberá acreditar que los estudios se realizan en un centro de enseñanza autorizado en España, inscrito en el correspondiente registro administrativo, siguiendo durante esta fase un programa de tiempo completo y presencial, y que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios”, recoge el texto.
Facilitar el turismo
Pese a este cambio notable y la posible entrada de viajeros de fuera de la UE que llevaban más de un año sin poder hacerlo, la noticia más esperada por el sector turístico es el cambio sobre las pruebas diagnósticas aceptadas en el control de fronteras. El uso de test de antígenos, más económicos y con resultados casi instantáneos, ha sido una de sus grandes reivindicaciones. Y ahora, por fin, será válido utilizar este test a los pasajeros a los que se les requiera una prueba diagnóstica realizada en las 48 horas previas a su entrada a España (ya sea por turismo o por una causa justificada).
Este cambio es fundamental, a las puertas del inicio de la campaña turística de verano, ya que los residentes en Alemania o Francia —dos de los principales mercados emisores— estaban obligados a presentar hasta ahora una PCR negativa. No así el Reino Unido por su baja incidencia acumulada, aunque Londres mantiene a España en la lista ámbar. De esta forma, aquellos turistas alemanes que quieran planificar sus vacaciones en el país ya saben que una parte de los gastos fijos se reducirá.
Además, con los cambios que entrarán en vigor el lunes, todos los turistas del espacio Schengen podrán acceder al país con los requisitos del certificado digital de la UE (que comienza su andadura el 1 de julio). Es decir, podrán entrar si documentan que están vacunados, una prueba negativa de PCR o antígenos, o un certificado de que han superado el coronavirus.
Estos cambios se ven con cierto recelo en Europa. Tanto que la Comisión pidió este viernes coherencia a España sobre la relajación de las restricciones de los viajes por el coronavirus. “Es su responsabilidad, pero pedimos coherencia por el bien de los ciudadanos de la Unión Europea”, aseguró el portavoz jefe de la Comisión, Éric Mamer, en una rueda de prensa en Bruselas. Según Mamer, la recomendación comunitaria respaldada por los Veintisiete establece que se tiene que pedir una PCR negativa a todos los viajeros.
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