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El Gobierno valenciano no tendrá que indemnizar a la promotora de Puerto Mediterráneo en Paterna

El fondo de inversión Intu reclamaba una indemnización de 284 millones de euros por las dilaciones en la tramitación del proyecto

El País
Recreación virtual del centro de Puerto Mediterráneo en Paterna.
Recreación virtual del centro de Puerto Mediterráneo en Paterna.Intu

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por la mercantil Intu Found Valenciana, promotora de un gran centro comercial en el municipio valenciano de Paterna, en el que reclamaba una indemnización de 284 millones de euros por responsabilidad patrimonial de la Consejería de Obras Públicas por la tortuosa y dilatada tramitación de un proyecto que, al menos en su planeamiento original, chocaba con la política medioambiental de la Generalitat. La sentencia no es firme y puede recurrirse en un plazo de 30 días.

La construcción del complejo Intu Mediterrani, con una inversión prevista de 860 millones de euros, fue rechazada por el Gobierno valenciano en 2016 después de una larga tramitación administrativa. Y la segunda versión del proyecto, presentada en julio de hace dos años más reducida, sigue su tramitación.

La mercantil interpuso un recurso contra la resolución del 9 de agosto de 2019 del secretario general de la Consejería de Obras Públicas, con competencias en materia urbanística, que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial que había interpuesto contra esta Consejería y en la que pedía que se anulara la resolución y se condenara a la Generalitat a pagar 283′8 millones de euros.

A juicio de Intu, se había producido un funcionamiento “anormal e irregular” de los servicios públicos en la tramitación del proyecto Puerto Mediterráneo, un centro comercial en Paterna, con “dilaciones e irregularidades injustificadas” y la adopción de resoluciones “contrarias a derecho”.

Según exponía, eso le había producido un perjuicio de 5′5 millones de euros de daño emergente (por las inversiones y gastos realizados, como adquisición de terrenos, inmovilizado y gasto de desarrollo de actividades), y 278′3 millones de lucro cesante, por las expectativas previstas.

La Abogacía de la Generalitat se opuso a la indemnización, alegando que no había daño antijurídico, pues se reclaman unos hipotéticos daños futuros, y una ausencia de nexo causal. Finalmente, el TSJCV desestima íntegramente la demanda de Intu, ya que no se acredita que los daños y perjuicios que manifiesta haber sufrido sean consecuencia de la actuación global administrativa, ya que la Actuación Territorial Estratégica (ATE) del proyecto que la mercantil solicitó va a continuar con su tramitación, con lo que no se acredita la “imposibilidad” de materializar la actuación urbanística.

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La sala rechaza la reclamación por lucro cesante, pues no se acredita “la imposibilidad de materializar la actuación pretendida urbanística a causa de la resolución denegatoria”, y por daño emergente, ya que no se aprecia la existencia de responsabilidad patrimonial.

El promotor de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) Puerto Mediterráneo ha señalado este martes que su interés es que se le permita de forma definitiva “seguir avanzando en el marco del desarrollo y ejecución del expediente de la ATE y, por tanto, en el proyecto”, modificado posteriormente a Intu, y ha anunciado que se reserva el derecho para ejercitar las acciones legales oportunas en el caso de que se le impida avanzar en la iniciativa, a través de acciones que lleve a cabo la propia administración como la aprobación del PATSECOVA y la modificación del PORN del Turia, informa EP.

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