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Hacienda mantiene los plazos de la campaña de la renta, que iniciará el 1 de abril

Las asociaciones tributarias piden aplazar al menos tres meses la declaración de impuestos

Laura Delle Femmine
Una dependienta de un establecimiento de alimentación en Barcelona.
Una dependienta de un establecimiento de alimentación en Barcelona.Carles Ribas (EL PAÍS)

El Gobierno está sacando toda su artillería para suavizar el golpe económico que supone la pandemia del coronavirus. Una de las medidas adoptadas es la ampliación de los plazos de los trámites tributarios hasta el 30 de abril para los procedimientos ya abiertos, y hasta el 20 de mayo para aquellos empezados a partir del pasado miércoles 18, fecha de entrada en vigor del decreto de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus. Estas reglas, que se aplican a procedimientos como vencimientos o solicitudes de información, no afectan sin embargo a declaraciones informativas o al pago de impuestos, como el sobre la renta, cuya campaña iniciará, como es habitual, el próximo 1 de abril.

“La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el real decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias”, aclara un aviso de la Agencia Tributaria (AEAT) publicado el miércoles en su página web. Una decisión que ha causado el malestar de varias asociaciones tributarias y colegios profesionales, que han solicitado a la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que aplace al menos durante tres meses las declaraciones de impuestos.

En un comunicado conjunto difundido este jueves, organizaciones como la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) o el Consejo General Abogacía Española lamentan “la falta de empatía real por parte del Gobierno con el tejido empresarial” y con “los profesionales-colaboradores sociales”.

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Si no hay marcha atrás por parte de Hacianda, los contribuyentes que tengan que presentar la declaración trimestral del IVA el próximo mes o el modelo 720 sobre los bienes en el extranjero a finales de marzo tendrán que respetar los plazos normales fijados por la Administración. “Otros Gobiernos de nuestro entorno, como el de Francia, han retrasado ya la obligación de presentar las declaraciones y pago de impuestos más próximos a aquellas empresas que así lo soliciten. También están tomando medidas semejantes gobiernos autonómicos de nuestro país [como las Haciendas vascas], con aplazamientos de carácter general”, lamentó el miércoles la AEDAF.

En cuanto a los plazos de la campaña de la renta, la declaración online arrancará el 1 de abril y el 13 de mayo iniciará la presencial, según confirma una orden publicada este jueves por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La fecha de cierre es el 30 de junio. Es más, se espera que ya la semana que viene la AEAT publique en su página el habitual banner de la renta con la puesta a disposición de los datos fiscales para los contribuyentes, paso previo a la apertura de la campaña.

La Agencia Tributaria explica que “se ha considerado especialmente importante en las circunstancias actuales” mantener las fechas habituales de la campaña de la renta “para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones”. La Agencia explica que alrededor del 70% de las declaraciones son a devolver, y las que salen a ingresar se pagan a finales de la campaña. “Además, cerca del 88% de las declaraciones se confeccionan por Internet. Arrancando el 1 de abril, el día 3 los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones”.

La idea es que así sea porque el Gobierno ha aprobado ayudas por otro lado. El Consejo General de Economistas detalla que “sí tiene plena validez lo dicho respecto a los aplazamientos de ingresos de autoliquidaciones en período voluntario, para pymes, que se estableció en el real decreto-ley 7/2020 [que declara el estado de alarma]”, y que permite a pequeñas y medianas empresas y autónomos aplazar hasta 30.000 euros en el pago de impuestos durante seis meses, con tres meses de carencia, previa solicitud.

En específico, el decreto prevé que los plazos de pago de deudas liquidadas por la Administración y de pago de deudas tributarias en apremio se amplían hasta el 30 de abril si todavía no han concluido. Los que se comuniquen a partir de este miércoles en adelante se extenderán hasta el 20 de mayo, salvo modificaciones. También se alargan los plazos de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento, en los mismos términos, los vencimientos relativos al desarrollo de subastas y adjudicaciones de bienes y los relativos a atender los requerimientos, diligencias de embargo y solicitudes de información con trascendencia tributaria, explican los economistas. Sin embargo, existe la posibilidad de atender el trámite en el plazo habitual, en cuyo caso se considerará evacuado.

Tampoco se procederá a la ejecución de garantías que recaigan sobre bienes inmuebles desde este miércoles hasta el día 30 de abril, y el periodo que va del 18 de marzo hasta el 30 de abril no computará. En el caso de interposición de recursos y reclamaciones económico-administrativas, los plazos no empezarán a contar hasta el 30 de abril si se producen a partir de este miércoles. El decreto también incluye una ampliación de los plazos catastrales relativos a requerimientos, solicitudes y trámites de alegaciones.

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Sobre la firma

Laura Delle Femmine
Es redactora en la sección de Economía de EL PAÍS y está especializada en Hacienda. Es licenciada en Ciencias Internacionales y Diplomáticas por la Universidad de Trieste (Italia), Máster de Periodismo de EL PAÍS y Especialista en Información Económica por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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