Bruselas ha impuesto multas a cárteles por 30.000 millones desde 1990
La Comisión Europea ha abierto 870 expedientes sancionadores por el derecho europeo de competencia desde 1990
La Comisión Europea ha abierto 870 expedientes sancionadores por cárteles desde 1990, imponiendo multas totales por valor de 30.000 millones de euros, prácticamente a 1.000 millones por año, según un informe de la Comisión Europea analizado por Navas & Cusí, un despacho de abogados especializado en derecho comunitario. El ritmo se aceleró en los últimos años, ya que, en el periodo 2015-2019 fueron 137 los expedientes abiertos, con multas por 8.276 millones.
Según dicho análisis, recogido por Europa Press, casi todos los sectores cuentan con algún ejemplo de sanción. La mayor sanción recayó en 2016 sobre un cártel de fabricantes de camiones (integrado por Iveco, DAF, Volvo-Renault, Daimler y MAN), que pactaron precios durante 15 años. La multa ascendió a 3.807 millones de euros. Tras ella se sitúa la sanción de 1.409 millones que impuso en 2012 a varias empresas fabricantes de televisores, entre ellas LG, Samsung, Philips o Panasonic), también por pactar precios. También la banca ha sido objeto de sanciones. La más destacada fue la de 1.310 millones a un grupo de bancos por manipular el euríbor en 2013.
Por empresas, según el informe del despacho de abogados, los fabricantes de camiones encabezan la lista. Daimler fue multada con 1.008 millones de euros, la mayor impuesta por la Comisión a una empresa, mientras que Scania recibió una sanción de 880 millones y DAF, de 752. En el sector bancario, Deutsche Bank fue amonestado con 465 millones.
No obstante, la empresa con la mayor factura por multas de la Comisión es Google, con más de 8.200 millones, aunque por otras vulneraciones de la competencia, como el abuso de posición dominante, no por ponerse de acuerdo con otras empresas para pactar precios.
“No existe prácticamente ningún sector donde la Comisión Europea no haya entrado; la posibilidad legal de facilitar información y aminorar la responsabilidad no solo ha destapado muchos casos sino que ha generado un entorno de desconfianza en los carteles muy sano para la competencia real", señaló el socio-director de Navas & Cusí, Juan Ignacio Navas.
El informe de la comisión también relata que más del 50% de las multas son inferiores al 1% de los ingresos, pero hay más del 5% donde la sanción va del 9% al 10% de la facturación. Según las normas de la Comisión, las multas pueden ascender a un máximo del 30% de “las ventas anuales del producto objeto de la infracción”, siempre con el límite del 10% de la facturación total de la empresa. “Este porcentaje (...) se multiplica por el número de años y meses que ha durado la infracción”, añade el órgano de Gobierno de la UE y se incrementa si la empresa es reincidiente.
Navas señaló que, más allá del impacto en la cuenta de resultados, “hay que sumar el riesgo reputacional y el coste de las demandas que se derivan de la sanción”. El experto advirtió de que, una vez impuesta la multa “es relativamente fácil exigir responsabilidades [legales a posteriori] porque el expediente normalmente está muy bien razonado; y eso es un goteo judicial permanente” de reclamaciones contra la empresa.
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