El Supremo estima un nuevo recurso por los pagos de Castor de 2016
El tribunal anula retribuciones por más de 100 millones de euros que deberán devolverse
Las órdenes ministeriales con las que el anterior Gobierno ordenó pagar los gastos de Castor, el fallido almacén submarino de gas situado frente a las costas de Castellón, van cayendo una a una en los tribunales. El Supremo ha anulado las retribuciones de Castor del año 2016 estimando un recurso de la patronal catalana Cecot. El fallo, al que ha tenido acceso EL PAÍS, obliga a devolver más de 100 millones de euros.
De ellos, 15,7 millones corresponden a la cantidad que percibió Enagás por ocuparse del mantenimiento de la instalación, que permanece cerrada después de provocar centenares de terremotos en 2013 y no llegar a inaugurarse. Otros 80 corresponden a la factura anual por la inversión de Castor (1.350 millones de euros en total) y otros 4,5 se pagaron a Escal UGS (la entonces propietaria de Castor) por los gastos de mantenimiento generados antes de que se ocupara de ello Enagás. La sentencia anula el artículo 4 de la orden ministerial publicada en el BOE a finales de 2015.
La sentencia del Supremo invoca dos fallos previos en el mismo sentido: uno relativo a los pagos de 2015 que también ganó Cecot recientemente y otro que daba la razón a la Generalitat catalana, que también pedía la anulación de las retribuciones de 2016. La Administración, señala la decisión del tribunal, deberá “adoptar las medidas procedentes para proceder al reintegro de las cantidades abonadas al amparo de la orden que se declara nula”. Tanto Cecot como la Generalitat han impugnado las órdenes de peajes y cánones del gas de los últimos años en la parte que afecta a los pagos de Castor. De momento han ganado y las de 2015 y 2016 han sido anuladas.
El Tribunal Constitucional declaró a finales de 2017 inconstitucionales y nulos varios artículos que hacían referencia a estos costes por el modo en que el anterior Gobierno ordenó que fueran retribuidos. El Ejecutivo de Mariano Rajoy aprobó un real decreto-ley en 2014 en el que establecía tanto la indemnización al propietario del almacén Castor (1.350 millones de euros) como el abono a Enagás por mantener la fallida instalación gasista. El Constitucional consideró que no debió hacerse a través de un decreto-ley, porque no se daba una situación de "extraordinaria y urgente necesidad".
Tras esa sentencia, Enagás no ha cobrado la factura de los años 2017 y 2018 y ahora va a tener que devolver las de 2015 y 2016. Sin embargo, el Gobierno ha incluido en la propuesta de orden que regula los peajes del gas para 2019 la retribución por el mantenimiento del almacén. Estos derechos de cobro incluyen tanto la factura de 2019 (8,7 millones de euros) como las de 2017 y 2018 (por la misma cantidad).
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