Abengoa no informó a la CNMV del concurso necesario dictado por el juez
La resolución previa ya sostenía que en caso de admisión debería notificarse al organismo supervisor
Nuevo episodio polémico en Abengoa. Los bonistas que denunciaron el convenio de refinanciación acusan ahora al consejo de la administración de la empresa de no haber informado ni a la junta general de accionistas (celebrada el 25 de junio pasado) ni a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de la resolución de la Audiencia de Sevilla del 28 de mayo de este año por la que admite a trámite la solicitud de concurso necesario de la empresa y 15 de sus filiales.
La Audiencia de Sevilla remitió su auto al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, que había inadmitido la solicitud de concurso, para que lo admita. Este dictó el nuevo auto con fecha del 26 de junio. En su primera resolución, de 16 de noviembre de 2017, advertía de que “en relación a la trascendencia que el presente caso tendría la inadmisión deducida, ha de señalarse que, al ser cotizada una de las demandadas, dicha resolución constituiría un hecho relevante que habría que notificar a la CNMV”. Es decir, que, a su juicio, debería haberse informado.
Fuentes del grupo han informado de que no comunicaron nada al ser solo una admisión a trámite y que lo habrían hecho si hubiera sido sentencia firme. Por su parte, fuentes de la CNMV sostienen que no es necesario comunicar al supervisor todas las admisiones a trámite.
Es posible que los consejeros de Abengoa nada supieran al respecto antes de la junta general, según fuentes cercanas a esos bonistas, a pesar de que la resolución de la Audiencia esté fechada a 28 de mayo de 2018, ya que la compañía no resultó emplazada por el juzgado de lo Mercantil hasta el 2 de julio. No obstante, añaden que “si de alguna manera resultara acreditado el conocimiento de esta circunstancia por parte de Abengoa, la posición de los consejeros quedaría cuanto menos en entredicho. En cualquier caso, resulta difícilmente explicable la ocultación de los concursos necesarios a la CNMV”.
La junta del 25 de junio aprobó las cuentas, la gestión del consejo y el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros. La junta, celebrada en segunda convocatoria en la sede sevillana de Palmas Altas, discurrió sin incidencias. Al día siguiente, el magistrado Eduardo Gómez, titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, admitía a trámite, a instancia de la Audiencia Provincial de Sevilla, el concurso de acreedores necesario de Abengoa y 15 de sus principales filiales (Abeinsa Infraestructuras Medio Ambiente, Abeinsa Ingeniería y Construcción Industrial, Abencor Suministros, Abener Energía, Abengoa Bioenergía, Abengoa Solar España, Abengoa Solar New Technologies, Bioetanol Galicia, Ecoagricola, Europea de Construcciones Metálicas, Instalaciones Inabensa, Negocios Industriales y Comerciales, Teyma Gestión de Contratos de Construcción e Ingeniería, Abentel Telecomunicaciones y ASA Desulfuración).
El concurso necesario fue solicitado el día 25 de septiembre de 2017 por los bonistas impugnantes del acuerdo de refinanciación. Aquellos a quienes el Juez Márquez, titular del Juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla, dio la razón al reconocer que Abengoa quería imponerles "un sacrificio desproporcionado". Estos acreedores, que representan en conjunto apenas 10 millones de euros frente a los casi 10.000 millones de toda la refinanciación, presentaron la solicitud de concurso necesario el mismo día en que les fue notificada la sentencia, ante el miedo de que el siguiente paso de Abengoa fuera la propia solicitud de concurso voluntario o una nueva refinanciación. Cualquiera de las dos vías hubiera dificultado enormemente el cobro de sus créditos. Sin embargo, el concurso necesario procuraba la protección concedida por la Ley Concursal al acreedor instante.
Los bonistas manifiestan que no alcanzan a entender la renuencia de Abengoa al pago de unas cantidades que tienen contabilizadas como vencidas y pagaderas en 2018, según sus propios estados financieros.
Hace ya un año de la sentencia por la que el Juzgado de Sevilla consideraba que los créditos de los bonistas permanecían "incólumes" frente a Abengoa. Durante este periodo, a pesar de las serias dificultades de la compañía, cuya insolvencia está pendiente de declaración judicial, se han asumido los honorarios de los propios asesores y de los asesores de las entidades financieras (bancos y fondos) que apoyaron la refinanciación por más de 150 millones de euros.
En el último año, Abengoa se ha desprendido de sus principales activos, incluida la participación en Atlántica Yield, con el único objetivo de liberarse de la deuda de los hedge funds que financiaron el déficit operativo de Abengoa (un millón al día, según desveló Urquijo) durante el periodo de refinanciación, a un coste global aproximado del 25% anual.
"Si finalmente Abengoa resulta declarada en concurso de acreedores, sus consejeros y las entidades financieras que promovieron la refinanciación, a la postre sus principales accionistas, tendrán que dar muchas explicaciones a quienes han visto postergado, por no decir impedido, el cobro de sus créditos en pos de un interés indescifrable", critican las fuentes consultadas.
Remuneración al consejo
Los bonistas también ponen en tela de juicio las remuneraciones del consejo. Según las cuentas anuales, Abengoa presenta un patrimonio neto consolidado negativo de 2.407 millones de euros y sus pérdidas por explotación descendieron en 2017 hasta 278 millones. No obstante, el consejo de administración prevé una remuneración anual para sus miembros de 1,16 millones de euros. Cada consejero, percibirá este año la cantidad de 8.000 euros por cada reunión del consejo, según la propuesta sometida con carácter no vinculante a la junta general. Por su parte, el presidente, Gonzalo Urquijo, recibe anualmente, además, un millón de euros más un seguro de vida y otro de asistencia médica. Curiosamente, a pesar del aparente malestar en la compañía por las cantidades pagadas a Felipe Benjumea a su salida -lo que le llevó a sentarse en el banquillo de la Audiencia Nacional- el consejo actual propone para Urquijo una indemnización en caso de cese equivalente a tres años de salario, dos por el propio cese y uno por no concurrencia durante el año siguiente.
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