Hacienda expedienta a Puigdemont por no declarar su patrimonio y abre la vía para inhabilitarlo cuatro años
Montoro aplica la ley catalana de incompatibilidad de altos cargos que califica como infracción grave ocultar actividades y bienes de los políticos
El Ministerio de Hacienda, que dirige Cristóbal Montoro, ha encontrado un resquicio legal que puede acabar con la inhabilitación del expresidente catalán, Carles Puigdemont, en libertad condicional en Alemania, a la espera de que los jueces alemanes lo entregan a las autoridades españolas, según confirman fuentes del ministerio.
Hacienda se ha percatado de que Puigdemont ha evitado presentar, a pesar de las reiteradas solicitudes, la declaración de actividades y de bienes, que la ley de altos cargos catalana exige a los políticos. Estos tienen que registrar las actividades que desarrollan al margen de la política y el patrimonio que tienen cuando son nombrados en un cargo y cuando lo abandonan para comprobar si ha habido alguna evolución irregular en su patrimonio. Además, tienen que hacerlo en el plazo de tres meses desde que fueran nombrados o cesados de sus funciones. Y Puigdemont no ha presentado esa declaración, lo que abre la puerta a su inhabilitación durante un plazo de cuatro años.
Tres meses sin informar
Según esta ley catalana, los altos cargos, entre ellos el expresidente y los exconsejeros, deben remitir a la Generalitat, en el plazo de tres meses desde el cese una declaración de actividades, una declaración patrimonial y de intereses (bienes, derechos y obligaciones incluyendo la última declaración tributaria de IRPF y patrimonio) y una declaración complementaria (cónyuges o convivientes y los demás familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que ocupan puestos en la Generalitat), según informa El Confidencial.
Aunque la ley considera que ocultar o no presentar esa declaración es una falta leve. Pero la infracción será considerada como falta grave si tras notificar la falta de declaración el afectado no corrige la situación en el plazo de 15 días. De hecho, la norma catalana dice que si en ese plazo de 15 días no presenta la declaración, la infracción pasa a ser grave y se sanciona con la destitución inmediata del alto cargo infractor y no podrá ser nombrado para ocupar ningún puesto de alto cargo durante un periodo de hasta cuatro años.
Notificación del requerimiento
El pasado 9 de febrero, Hacienda se percató de que Puigdemont y otros altos cargos no habían presentado la declaración de bienes en el plazo de tres meses que concede la ley. Una vez que constató el incumplimiento, el ministerio instó a la Generalitat para que realizara el requerimiento para que en el plazo de quince días los exaltos cargos afectados presentaran las declaraciones.
El pasado 7 de mayo transcurrió el plazo de 15 días sin que Puigdemont corrigiera la situación a pesar de haber recibido y admitido los requerimientos oficiales. Por eso, Hacienda considera que "teniendo en cuenta que dicha conducta podría constituir una infracción grave, sancionada con la destitución inmediata del alto cargo infractor". Además, conllevaríauna sanción accesoria por la que no podría ser nombrado para ocupar ningún puesto de alto cargo durante un periodo de hasta cuatro años". El ministerio remitió ayer (9 de mayo) un requerimiento al Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda para que en el plazo de 5 días hábiles le remita la documentación precisa para que se proceda a incoar el correspondiente procedimiento sancionador por infracción grave. La incoación del expediente sancionador corresponde al Gobierno de la Generalitat, pero por sustitución debe hacerlo el Consejo de Ministros
También se ha comunicado por parte de la Generalitat que a 5 ex altos cargos de la Generalitat no se les ha podido notificar el requerimiento por estar ausentes o tener domicilio desconocido: Eric Hauck, Manuel Manonelles Tarrago, Albert Serra Martin, Antoni Comín Oliveres y Josep Rull Andreu. Hacienda ha requerido al departamento de Gobernación de la Generalitat que en el plazo máximo de 3 días hábiles dichos requerimientos mediante edictos al objeto de proseguir con las actuaciones sancionadoras que procedan. No obstante, se ha advertido que se ofrece toda la colaboración necesaria para la localización de las personas afectadas, si bien se considera que la localización de Antoni Comín Oliveres y Josep Rull Andreu sí es conocida, habida cuenta de su situación procesal, y de que su situación y paradero son hechos notorios.
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