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Competencia se enfrenta a otras dos autonomías por limitar los pisos turísticos

La CNMC recurre los decretos de Galicia y de Castilla y León porque entorpecen la competencia. Ya tumbó los de Madrid y Canarias

Cristina Delgado
Turistas descansan en la plaza del Obradoiro en Santiago de Compostela.
Turistas descansan en la plaza del Obradoiro en Santiago de Compostela.OSCAR CORRAL

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra los decretos de Galicia y de Castilla y León que regulan los apartamentos y viviendas turísticas al considerar que la legislación aprobada en dichas autonomías es contraria a la competencia y a los principios de regulación económica eficiente. Dichas regulaciones imponen obligaciones, por ejemplo, que se ofrezcan servicios mínimos o que solo se pueda arrendar viviendas completas y no habitaciones.

Los pisos turísticos se han convertido, por su proliferación, en un reto para muchas poblaciones. Regularlos no es fácil: las competencias en materia turística están en manos de las autonomías. Y muchas regulaciones urbanísticas son potestad de los ayuntamientos. Esto ha generado una maraña legal que genera que lo que está permitido en un territorio, unos kilómetros más lejos sea ilegal. Los gobiernos autonómicos tratan de poner orden, pero sus normativas se encuentran muchas veces con los tribunales, y sobre todo, con Competencia.

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La CNMC ha actuado ya cuatro veces contra las normativas autonómicas. Antes de los rechazos a al decreto gallegos y al castellanoleonés, ya presentó un recurso contra la normativa de la Comunidad de Madrid, que fue estimado completamente por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad. Además, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias también eliminó las principales restricciones a la competencia que contenía el decreto de canarias, contra el que también había actuado la CNMC.

La postura de las autoridades de la competencia es siempre la misma, y la reflejó de manera muy clara en su blog cuando reclamó contra la norma canaria en 2016: "En los últimos años, algunas normativas autonómicas de viviendas turísticas han venido imponiendo una serie de requisitos y condiciones específicas que limitan la entrada y la capacidad de competir de esta tipología de operador. Estas restricciones a la competencia privilegian a los operadores ya instalados y reducen el bienestar general", justificó.

Competencia en todos los mercados

La CNMC afirma estar legitimada para impugnar ante los tribunales las disposiciones generales de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados. "Con objeto de mejorar la norma evitando la impugnación", el organismo encargado de velar por la competencia remitió el pasado 7 de abril sendos requerimientos previos a la Xunta de Galicia y a la Junta de Castilla y León.

En dichos requerimientos se argumentaban los diversos artículos contrarios a la competencia y a la regulación económica eficiente tanto en el Decreto 12/2017, de 26 de enero por el que se establece la ordenación de viviendas de uso turístico en Galicia, como del Decreto 3/2017, de 16 de febrero, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en Castilla y León. Pero ninguna comunidad ha corregido esos artículos.

Entre los obstáculos "injustificados" impuestos por la norma de Galicia, competencia destaca la obligatoriedad de ceder la vivienda en su totalidad, la limitación del alquiler a tres meses, la exigencia de un catálogo de requisitos técnicos y servicios mínimos a incluir en el alquiler (apartamentos y viviendas turísticas). También el que los ayuntamientos puedan limitar el número de viviendas, la prohibición de cesión de habitaciones, la imposición de cargas a la declaración responsable y la obligatoriedad de contar con unos requisitos y servicios mínimos (viviendas de uso turístico).

"Todas estas medidas elevan injustificadamente los costes de entrada en el mercado, desalientan a algunos operadores que ya estaban participando en el mercado con nuevos modelos de prestación de servicio y a otros potenciales oferentes. Se reduce así el número de competidores y los incentivos a que haya precios más eficientes y competitivos para los usuarios", valoró la CNMC.

En el caso de Castilla y León, se solicita al tribunal que elimine por injustificados y perjudiciales a la competencia la inclusión de los precios en catálogos, directorios, guías o sistemas informáticos; la posible intervención de la Administración para realizar recomendaciones de precios que pueden ser empleados como precios de referencia, además de la existencia de un catálogo exhaustivo de requisitos técnicos y servicios mínimos, la exigencia de un distintivo en el inmueble, la obligatoriedad de asistencia telefónica 24 horas (sin permitir vías alternativas de atención a los usuarios), la prohibición de cesión por habitaciones y la fijación de criterios temporales para limitar la estancia.

Sin corrección a la norma

Con los requerimientos de abril, señala la CNMC, se pretendía argumentar la necesidad de mejorar las normas y evitar la vía contencioso-administrativa. En el tiempo transcurrido entre los requerimientos y la interposición efectiva del recurso judicial, los gobiernos de Galicia y de Castilla y León "pudieron mejorar o anular las restricciones injustificadas puestas de relieve" por la CNMC, en beneficio de los consumidores y usuarios. Al no haberse realizado, el organismo presidido por José María Marín Quemada señala que ha procedido a interponer los recursos contencioso-administrativos dentro del plazo señalado por la ley, en julio 2017.

En el caso de la norma Canaria, que la CNMC ya recurrió en 2016 y que los tribunales también han rechazado, el organismo criticaba que se obligara a alquilar casas enteras (y no habitaciones), que se excluyera del mercado las viviendas ubicadas en zonas turísticas (el corazón de todo el decreto, que dejaba en esas zonas en manos de los hoteles) y la larga lista de requisitos obligatorios para los propietarios, como tener una placa distintiva, menaje, ropa de cama, perchas, cafetera, vajilla y una larga lista de objetos. 

En cuanto a Madrid, la clave de su norma era impedir que los pisos se pudieran alquilar menos de cinco días. De ese modo, el mercado de las estancias cortas quedaba acotado a los hoteles. La CNMC llegó a la conclusión de que la medida no está justificada en términos de necesidad y proporcionalidad y produciría una restricción grave para la competencia en este mercado, además de perjuicios a los consumidores. La justicia le dio la razón y la comunidad de Madrid ya trabaja en una nueva normativa.

La Xunta defiende su normativa

Europa Press

La Xunta de Galicia esperará a recibir la demanda anunciada por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) al decreto de viviendas de uso turístico. Además, ha destacado que esta regulación "continuará adelante" avalada por las cifras de solicitudes registradas y con el consenso del sector. La Xunta ha recordado que "respondió en su momento" a los requerimientos de la CNMC, que "justificó de forma pormenorizada cada una de sus consideraciones" y "que solicitó su desestimación" al considerar que "este decreto contribuye a ordenar un nuevo tipo de alojamiento turístico, dando mayor seguridad tanto a los consumidores como a los particulares y a las empresas ofertantes".

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Sobre la firma

Cristina Delgado
Es subdirectora y se encarga de la edición digital de EL PAÍS. Antes fue redactora jefa de Economía, sección en la que se incorporó al periódico, en 2008. Licenciada en Periodismo y en Comunicación Audiovisual, ha realizado el máster UAM-ELPAIS y posgrados de información económica y gestión.

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