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La CNMV supervisará la formación de 210.000 empleados de banca que venden productos

Las entidades deberán demostrar que sus plantillas han recibido cursos si van a asesorar a los clientes

Íñigo de Barrón
Sebastián Albella, presidente de la CNMV
Sebastián Albella, presidente de la CNMVKIKE PARA

Uno de los aspectos más desgarradores de la crisis financiera ha sido comprobar cómo las entidades financieras habían vendido productos inadecuados a los clientes por su capacidad de comprensión, su edad o su nivel económico. Para evitar que se repita esta situación, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) exigió más formación a las plantillas, algo que ya hicieron algunas grandes entidades, pero no se ha llegado al nivel mínimo que garantice que no se repitan los problemas del pasado. De hecho, hace meses la CNMV informó de que había encontrado bancos que en estos momentos seguían sin informar a los clientes de los riesgos y costes de los productos.

Ahora, al Comisión Europea ha dado un paso más en este camino.  La CNMV, como brazo ejecutor, ha iniciado los trámites para que unos 210.000 empleados de bancos, sociedades de inversión o gestoras de patrimonio demuestren que cuentan con la formación y experiencia suficiente para informar al cliente , de manera que le vendan productos adecuados a su perfil de riesgo. Según un primer sondeo de la Comisión, el 72% de los empleados tenía título universitario, el 14% bachillerato y 4% estudios primarios. Falta un 10% restante del que no se tienen datos.

Las exigencias anteriores se recogían en la Directiva Mifid 1, y las actuales forman parte de la Mifid 2, que entrará en vigor el 3 de enero de 2018. Para que las entidades presenten sus alegaciones, la CNMV ha sometido a consulta pública una guía técnica para la evaluación de los conocimientos del personal que tiene contacto con el cliente. En la guía se diferencia entre informar y asesorar sobre servicios de inversión. La guía recoge la obligación de que estos empleados tengan formación y cuenten con seis meses de experiencia a jornada completa en este campo.

La normativa obligará a las entidades a responsabilizarse de la formación teórica y práctica de sus empleados para que estos puedan ejercer sus tareas correctamente. En el caso de que el empleado no cuente con el requisito de formación, no podrá prestar servicios de información o asesoramiento sobre inversiones, salvo bajo supervisión directa de un empleado que sí los tenga. La norma permitirá estar sin la formación durante un periodo inferior a cuatro años, que comenzará a contar desde la entrada en vigor de Mifid 2, según fuentes de la CNMV. Esta supervisión supondrá que deberá revisar su trabajo y comprobar que está hecho correctamente.

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Si el empleado cuenta con la formación, pero no con la experiencia, no estará autorizado para prestar servicios de inversión, salvo que lo haga bajo la supervisión directa de un empleado que sí cumpla con los requisitos.

Formación dentro de la jornada laboral

La CNMV establecerá un mínimo de 80 horas de formación para el personal que ofrezca información y de 150 horas para el encargado de asesorar, aunque la entidad podrá establecer un número de horas inferior dependiendo de la naturaleza y la complejidad del servicio y bajo la responsabilidad del órgano de administración que corresponda. La formación deberá impartirse dentro de la jornada laboral, no en horario extraordinario, según estipula la guía técnica.

Por otra parte, el borrador de esta guía contempla una formación continua para este tipo de empleados, que deberá ser de 20 horas para el personal de información y de 30 horas para el de asesoramiento.

La formación de los empleados deberá ser acreditada por las entidades bien mediante una cualificación interna de la empresa que cumpla los requisitos de la guía, bien a través de un título o certificación recogido en una lista elaborada por la CNMV o bien mediante otro título externo que implique una formación equivalente a la que requiere el supervisor.

En el caso de contar el empleado ya con formación interna, esta podría tenerse en cuenta si cumple con los requisitos que establece el supervisor. Al abrir varias opciones de certificación, el supervisor busca "flexibilidad en las vías, pero calidad en los conocimientos", han señalado las mismas fuentes.

Según fuentes de la CNMV, el supervisor no realizará un seguimiento expreso de la verificación de los requisitos de formación por parte de las entidades, aunque sí realizará una supervisión integrada en sus tareas habituales. Así, la Comisión podrá realizar pruebas de formación del personal, bien 'in situ' o bien a distancia, si existieran indicios de que alguna entidad no cumple con los requisitos de formación. También podrá utilizar el método del "comprador misterioso", que es hacer pasar por cliente a un experto que trabaja para la CNMV para comprobar si se cumplen las normas.

El borrador de la guía se ha sometido a consulta pública este lunes y permanecerá abierta hasta el próximo 10 de mayo. Según han informado fuentes del supervisor, el borrador pasará por el comité consultivo de la CNMV antes de que termine este plazo y volverá al mismo después, tras tener en cuenta los comentarios y las alegaciones derivados de la consulta pública. Más tarde, la guía será aprobada por el consejo del supervisor y entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2018.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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