El Supremo ratifica la multa de un millón de euros a Gas Natural por el trato a morosos
La compañía no requirió el pago ni notificó la fecha del corte del suministro según establece la ley
El Tribunal Supremo ha ratificado este martes la multa de un millón de euros a Gas Natural por no seguir el procedimiento establecido en los cortes de suministro de gas a los clientes morosos. Es decir, por no requerir el pago ni informar correctamente el momento en el que se iba a cortar el suministro. Según la sentencia, la compañía no requirió fehacientemente el pago y "no se notifica fehacientemente el corte de suministro en algunos casos en los que no se localiza al interesado". Los casos juzgados tuvieron lugar entre el 1 de mayo y el 1 de septiembre de 2010.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado el recurso de Gas Natural contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ratificaba asimismo la sanción impuesta por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid en enero de 2012.
Para cortar el suministro a un cliente, según lo que establece la ley, este debe haber sido moroso durante al menos dos meses después de que se le haya requerido el pago. Esta comunicación tiene que ser "fehaciente" y debe existir constancia de que se ha recibido. Además, en la misma es preciso informar la fecha a partir de la que se cortará el suministro.
"No consta [en los casos juzgados] que se haya requerido fehacientemente de pago a los clientes impagadores, ni que se notificara también fehacientemente el corte de suministro en los casos en los que no se les localiza a aquellos y, además, en ningún caso se ha precisado la fecha a partir de la cual se procederá al citado corte de suministro", dice el Supremo.
Según la sentencia, lo que tendría que haber hecho Gas Natural es "informar de la fecha exacta a partir de la cual iba a proceder a cortar el suministro, y no señalar un plazo indefinido". La sanción impuesta por el tribunal está en la parte inferior de las posibles, ya que por hechos como el juzgado puede alcanzar los seis millones de euros.
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