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¿The English Cut recuerda a El Corte Inglés? La justicia europea discrepa

El Tribunal de Justicia de la UE pide que se vuelva a estudiar si una empresa rival tiene derecho a usar traducida en inglés la marca de los grandes almacenes

Un hombre carga con dos bolsas de El Corte Inglés en Madrid.
Un hombre carga con dos bolsas de El Corte Inglés en Madrid.SANTI BURGOS

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha exigido que se vuelva a analizar si El Corte Inglés tiene razón al tratar de impedir que un competidor use la marca The English Cut, es decir, su mismo nombre pero traducido al inglés. Hasta ahora el grupo español no había tenido éxito y había perdido su batalla en ante la justicia comunitaria, que desestimó sus quejas, después de que también la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) dijera que no tenía motivos para oponerse al registro de la marca The English Cut. Sin embargo, Luxemburgo exige ahora una nueva revisión.

El Corte Inglés no había logrado antes el respaldo del Tribunal General de la Unión Europea porque este consideró que las marcas El Corte Inglés y The English Cut, a pesar de que tienen el mismo significado literal una vez traducidas, no iban a ser confundidas por los consumidores. Este tribunal señaló que, en su opinión, los consumidores no asociarían conceptualmente las marcas de modo inmediato, máxime cuando, al tratarse de consumidores hispanohablantes, no tienen un especial conocimiento del inglés.

Respaldaba así también a la Sala de Recurso de la OAMI, que consideró que las marcas eran globalmente diferentes, por no existir ninguna similitud visual y fonética. Añadió que, a pesar de que las marcas de El Corte Inglés gozan de gran renombre, dichas marcas y la de The English Cut no eran similares, por lo que no había riesgo de confusión entre ellas.

Sin embargo, en su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia anula la decisión del Tribunal General contra El Corte Inglés y le devuelve el asunto para que vuelva a pronunciarse sobre él. El Tribunal de Justicia de Luxemburgo cree que se equivocó al declarar que, dado que las marcas de ambas empresas no presentan un grado de similitud, no existían riesgos de confusión entre ellas.

¿El mismo nombre aunque suene distinto?

El Tribunal de Justicia aclara que, si el problema fuera determinar si dos marcas pueden confundirse entre sí, es cierto que hay que analizar si son similares o no en su fonética o su apariencia visual es lo adecuado. Pero señala que, cuando lo que hay que determinar es si los consumidores pueden asociar la marca solicitada a una marca anterior y establecer un vínculo entre ellas, el grado de similitud puede ser menor para considerarlo excesivo. Es decir, que aunque las letras son distintas en el caso de El Corte Inglés y The English Cut, si la segunda puede dar idea de que son del mismo grupo, no debería poder usar ese nombre. "La protección que el Reglamento nº 207/2009 concede a las marcas de renombre puede aplicarse aunque los signos o marcas enfrentados tengan un grado de similitud menor".

El Tribunal General, advierte Luxemburgo, debe examinar si concurren otros factores pertinentes —como la notoriedad o el renombre de la marca anterior— que permitan a los consumidores establecer un vínculo entre dichas marcas. Tribunal General, apunta, debería haber examinado si, a pesar de ser ligera, esa similitud era suficiente por concurrir otros factores pertinentes como los ya mencionados— para que los consumidores estableciesen un vínculo entre ellas.

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