Repsol pierde una batalla legal contra los ataques de Competencia
La compañía quería que el organismo rectificase un informe crítico con las petroleras
En la difícil relación entre las autoridades de Competencia españolas y las petroleras, uno de los episodios más calientes fue el que enfrentó al entonces presidente de la Comisión Nacional de Competencia, Luis Berenguer, con la primera compañía española del sector, Repsol, en el primer semestre de 2011. La batalla dialéctica acabó en los tribunales y el Supremo acaba de dar la razón al organismo supervisor. Repsol quería una rectificación en toda regla de la CNC y no lo ha conseguido.
En marzo de 2011, la CNC publicó un duro informe en el que aseguraba que los españoles pagaban la gasolina más cara que otros ciudadanos europeos por los "serios problemas de competencia" del sector. Del informe se deducía que el sobrecoste asumido por los ciudadanos es de más de 1.600 millones.
Ese informe desató una gran tormenta en el sector. Repsol encabezó la contraofensiva. Fuentes de la compañía señalaron que el informe generaba "una gratuita confusión e intranquilidad en la opinión pública, con conclusiones erróneas y comparaciones incorrectas de precios en Europa".
El propio presidente de Repsol, Antoni Brufau, arremetió contra el organismo en la junta de accionistas de la petrolera celebrada el mes siguiente. Acusó a la CNC de hacer demagogia, le pidió que respetase a las empresas del sector y atribuyó las acusaciones contra las petroleras a "protagonismos personales procedentes de funcionarios o cargos públicos que deben ser más respetuosos".
"En el juzgado nos veremos"
Repsol amenazó con llevar a Competencia a los tribunales para exigir una rectificación. Berenguer respondió desafiante: "Bienvenidos sean y en el juzgado nos veremos". La petrolera cumplió su amenaza y exigió una rectificación en toda regla. Ahora, ha perdido la batalla.
La Audiencia Nacional ya negó las peticiones de Repsol en una sentencia en noviembre de 2012. Pero ahora ha sido el Supremo el que, en una sentencia recién publicada, ha rechazado el último recurso de Repsol, un fallo que escuece en la sede de la petrolera.
Repsol argumentaba que la CNC se había extralimitado en el ejercicio de sus competencias y solicitó que el organismo descalificase su propio informe, que eliminase parte del mismo y que abriese una investigación interna sobre supuestas filtraciones. LA CNC, según los argumentos de Repsol , había incurrido en "vía de hecho" al asumir unas actuaciones sin cobertura jurídica, tanto por la publicación del informe como por las declaraciones posteriores de Berenguer sobre el mismo.
Según los argumentos de Repsol, "la normativa rectora de la CNC no ampara la atribución de calificaciones o juicios peyorativos o de menosprecio a la conducta en el mercado de los operadores económicos, ni existe fundamento jurídico para la elaboración de informes de las características del mencionado de 14 de marzo de 2011, ni tampoco ninguna norma ampara al presidente de la CNC a emitir esa clase de valoraciones en las que de forma puramente gratuita se enjuician públicamente conductas de los operadores del mercado".
Derecho a la información
Los jueces distinguen dos puntos. Por un lado, consideran que la CNC sí que tiene entre sus funciones realizar informes como el señalado: "Se trata de un informe elaborado en ejercicio de competencias propias de la Comisión, siendo tal informe de publicación obligatoria", dice la sentencia, en la que el Supremo coincide con la Audiencia en señalar que donde Repsol ve juicios de valor peyorativos, lo que hay son "apreciaciones técnicas basadas en datos públicos".
Y, en cuanto a las declaraciones de Berenguer, que Repsol consideraba que rebasaban la legalidad, el Supremo coincide con la Audiencia en que esas declaraciones, acertadas o no, "se enmarcan en el ámbito del derecho a la información que tienen los consumidores, usuarios y administrados en general y del derecho a conocer el estado de la competencia en España en el sector de los carburantes, sector de notable incidencia en la actividad cotidiana de los ciudadanos, y de enorme trascendencia en la actividad económica general".
Así, los jueces creen que esas declaraciones no pueden ser recurridas como ha hecho Repsol y que, si quiere, lo que puede hacer la petrolera es intentar "ejercitar frente a aquellas manifestaciones el derecho de rectificación o las acciones que considere oportunas por el daño que afirma haber sufrido en su reputación".
Parece difícil que Repsol vaya a emprender otras acciones, ahora que la CNC ya no existe ni Berenguer sigue en activo. pero ni la creación del nuevo supervisor, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ni la llegada de un nuevo presidente, José María Marín, han servido para calmar la tensión entre la autoridad de Competencia y las petroleras. De hecho, Repsol recusó sin éxito a Marín alegando enemistad manifiesta. La petrolera acusó al actual jefe de Competencia y a dos consejeras de parcialidad, de buscar objetivos políticos y de multar a la petrolera por cumplir la ley. Dicha recusación fue rechazada por unanimidad por el organismo.
La petición de rectificación de Repsol
Repsol solicitó a los tribunales que obligasen a la Comisión Nacional de Competencia (CNC) a una rectificación en toda regla. En concreto, solicitaban literalmente que se ordenase a la CNC que:
"Emita una rectificación, que se haga pública en las mismas condiciones de difusión con que se publicó el referido Informe de 14 de marzo de 2011, y que se incluya como anexo a cualquier versión del Informe que sea objeto de publicación o cualquier otro tipo de utilización, en la que:
-afirme que ninguno de los contenidos del Informe puede interpretarse como la imputación, directa o indirecta, a REPSOL de comportamientos contrarios a las normas de defensa de la competencia;
- afirme que no está acreditado en el Informe el cumplimiento en España del fenómeno de los «cohetes y las plumas » al que se hace referencia en las páginas 14 y 15 del Informe, en relación con el impacto de las variaciones del precio del petróleo sobre el de los carburantes;
- afirme que los diferenciales de precios antes de impuestos y de márgenes brutos empleados en el Informe se basan en una fuente que la Comisión Europea ha considerado inadecuada para realizar juicios comparativos.
2. Elimine de cualquier versión del Informe de 14 de marzo de 2011 que se publique, se haga accesible al público o se emplee de algún modo por la CNC, las referencias contenidas en las páginas 15 y 22 a 24 a los supuestos efectos para la competencia que la CNC estima que tiene la participación en CLH de los operadores con capacidad de refino.
3. En relación con la filtración por la agencia de comunicación de la CNC de la información relativa a que «los españoles podríamos estar pagando (precio antes de impuestos) unos 1.600 millones anuales de más en carburantes con respecto a países como Alemania y Francia», emita una declaración pública en la que:
-afirme que dicho supuesto dato no forma parte del Informe; que dicho sobreprecio no existe y ni el dato está justificado;
-declare que abrirá de modo inmediato una investigación interna para esclarecer la filtración y exigir las responsabilidades correspondientes, así como que adoptará las medidas necesarias para que hechos análogos no puedan volver a producirse en el futuro".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.