Arranca la campaña de la renta con mejoras en la dación en pago
Las pérdidas por preferentes se pueden compensar con ganancias. Los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio para presentar la declaración
Este martes arranca la Campaña de la Renta y Patrimonio. A partir de hoy podrá solicitar el borrador de su declaración y confirmarlo en caso de que considere que está correcto e incluye todos los datos tributarios. También podrá descargarse el programa PADRE y presentarlo a través de la plataforma digital de la Agencia Tributaria (www.aeat.es). Por primera vez, se fija una única fecha para la presentación de borradores del IRPF como de declaraciones del programa PADRE y equivalentes a través de Internet, lo que agilizará el ingreso de las devoluciones.
La campaña de la renta de 2014 se prolongará hasta el próximo 30 de junio para las declaraciones que salgan a devolver o aquellas que salgan a ingresar pero no se domicilie a través del banco. En este caso, con domiciliación bancaria, el plazo concluye cinco días antes el 25 de junio.
Los que tengan más dificultades para rellenar los formularios pueden solicitar cita previa a partir del próximo 6 de mayo en oficinas de la Agencia Tributaria o a través del teléfono 901 22 33 44. Además, a partir del 11 de mayo comienza la atención presencial en oficinas de la Agencia donde le podrán ayudar a elaborar la declaración y modificar el borrador en caso de que sea necesario. Las comunidades autónomas y Ayuntamientos también abren oficinas de ayuda para confeccionar la declaración.
Este año el conocido como sistema RENO –que facilita un número de referencia para acceder por Internet al borrador o datos fiscales-- cambia la tradicional casilla 620. Se debe facilitar además del Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF del ejercicio 2013 [Base liquidable general sometida a gravamen], y el número del teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia del borrador o de los datos fiscales. Con este número de referencia del sistema RENO se podrá confirmar el borrador, con o sin modificación.
Compensar las pérdidas de las preferentes
La principal novedad en el impuesto de la renta de 2014 que se puede presentar a partir de este martes consiste en que se permite a los titulares de deuda subordinada y obligaciones preferentes que compensen las rentas negativas con las positivas. De esta forma, la pérdidas procedentes de las preferentes generadas entre 2010 y 2014 se podrán compensar, no solo con rendimientos de capital mobiliarios positivos, sino también con ganancias patrimoniales y con rentas positivas incluidas en la base general que procedan de la transmisión de elementos patrimoniales.
Exención de la dación en pago
Desde enero de 2014 y para los años anteriores que no estén prescritos (hasta 2010), están exentas las ganancias patrimoniales por la transmisión de la vivienda habitual derivada de la dación en pago o por ejecución hipotecaria judicial o notarial, según explican desde la asociación de Técnicos de Hacienda (Gestha).
Es decir, que no habrá que pagar impuestos por el beneficio fiscal que resulte de la supresión de la deuda hipotecaria por la dación en pago o el desahucio. Para ejecutar la cancelación, tienen que estar contraídas con una entidad de crédito u otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos hipotecarios. También es requisito indispensable que el propietario de la vivienda no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer el pago de toda la deuda y evitar la enajenación de la vivienda.
Amnistía para los expatriados retornados
Otra de las novedades de la campaña de la renta de 2014 es la amnistía a los emigrantes retornados que cobraron pensiones del extranjero. Desde el verano de 2013, la Agencia Tributaria comenzó a regularizar la situación de los residentes en España que cobran pensiones del exterior y de aquellos extranjeros que viven en España su retiro. Ante las protestas, Hacienda aprobó con la reforma tributaria una pseudoamnistía para que pusieran en orden sus cuentas con Hacienda sin las sanciones, recargos ni intereses que les corresponderían.
Los emigrantes retornados disponen hasta el 30 de junio de 2015 para regularizar su situación. Los que regularizaron voluntariamente también podrán obtener la devolución de los recargos que hayan pagado, o solicitar su condonación si las liquidaciones son firmes.
Exención de las indemnizaciones por despido
Desde el 1 de agosto de 2014 habrá que tributar por las indemnizaciones por despido, aunque quedan exentos los primeros 180.000 euros. Lo que supere esa cantidad tributará por el tipo marginal del contribuyente, salvo que procedan de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el que se hubiera comunicado la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral antes del 1 de agosto de 2014.
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