El Gobierno lanza la ley de “liquidación y perdón” de deudas
El proceso concursal para particulares saldará el descubierto aunque los bienes valgan menos


El Gobierno es consciente de que las normas anteriores sobre el concurso de acreedores para familias en apuros no han funcionado porque era muy difícil deshacerse de las deudas. Por eso, ayer presentó una nueva norma que permite la liquidación de los bienes y el perdón de las deudas para particulares y empresas muy pequeñas.
“Se trata de que si alguien no puede pagar sus deudas (casa, tarjeta, coche, luz, etc.), acuda a un mediador o proceso concursal, venda todo lo que tiene y se olvide de las facturas incluso si sus bienes valen menos de lo que debe”, apuntan fuentes del Ministerio de Economía.
El Decreto Ley aprobado en Consejo de Ministros ofrece una “segunda oportunidad para deudores de buena fe con cargas” que incorpora por primera vez a las personas físicas. El Gobierno pretende “conciliar intereses de acreedores y deudores mediante procedimientos con garantías que permitirán pagar deudas de forma ordenada”. Es decir, no hace falta llegar a la liquidación de todo, se puede reestructurar deudas aplicándoles una quita. Hasta ahora, esta posibilidad estaba reservada a las empresas y se amplía a los particulares.
Para deudas pequeñas o grandes
Esta normativa es para cualquier persona, ya deba 1.000 euros o cinco millones. El objetivo es que las deudas no le persigan una vez vendidos los bienes y así pueda rehacer su vida. Por eso, esta ley puede convertirse en una fórmula indirecta de dación en pago de la vivienda.
Para poder acogerse a la ley, el deudor deberá buscar un mediador, que puede ser un notario o un registrador, que impulse la negociación. También puede ser un juez de primera instancia. Éstos propondrán una quita o la liquidación a los bancos o acreedores. El deudor no puede elegir dejar de pagar el coche, por ejemplo, y mantener la propiedad de la casa. Si entra en este concurso con deudas elevadas, pone todos los bienes en venta. Una vez que se inicia el proceso, se suspenden los procesos de embargo.
¿Qué deudas no se perdonan? Quedan fuera de la exoneración las que van contra la Administración y los que obligan a pagos de alimentación a familiares. También hay que pagar los gastos generados del proceso legal. Tendrá un plazo de cinco años para atender estas facturas. Según Economía, una deuda de 100.000 euros puede crear gastos de unos 500 euros. “Se han rebajado un 75% las tarifas de estos procedimientos”, precisan en el ministerio.
¿Qué pasa si el deudor recibe un patrimonio de golpe o tiene ingresos muy altos? En ese caso, los acreedores pueden reclamar lo que quedó sin pagar. Sin embargo, si la persona vuelve a trabajar, no estará obligada a devolver la deuda excepto si reúne un patrimonio suficiente como para pagar todo de golpe y, además, se queda con una cantidad suficiente, establecida por el juez, para atender el pago de vivienda, ropa y alimentación.
Críticas
Para Cepyme el peligro de esta ley es que encarezca el crédito bancario. Para la asociación de consumidores Adicae, la norma se queda corta ante la magnitud de los problemas hipotecarios y no responde a las expectativas creadas.
El Gobierno también ha reforzado la protección a los colectivos más vulnerables, en umbral de exclusión. Con la ampliación de condiciones (hasta 22.365 euros de ingresos brutos) cree que se “habrán duplicado” los incluidos. Quedarán excluidos de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios. El Gobierno ha prorrogado hasta 2017 la suspensión de los desahucios que vencía este mayo.
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