Una nueva ley amplía las limitaciones para los auditores
El Gobierno veta 11 servicios de consultoría a los despachos
El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Auditoría de Cuentas que limita las incompatibilidades de las firmas y acota el plazo de los contratos de auditoría. La norma impulsada por el Gobierno es una adaptación a la normativa europea para acentuar la independencia y la transparencia del sector. La directiva europea pone énfasis en el control de las cuentas de las entidades de interés público (EIP), entre las que se encuentran las cotizadas, entidades financieras, aseguradoras y fondos de pensiones entre otras. El sector ha recibido la norma con pocas alegrías porque endurece de forma excesiva los requisitos para auditar las sociedades más pequeñas que no se consideran de interés público.
El Registro de Economistas Auditores (REA) considera que hay tiempo para mejorar la ley durante el trámite parlamentario. Una de las mejoras que propone el REA tiene que ver con la definición de entidad de interés público (EIP). Con la redacción del texto "haría que en España siguiesen teniendo este carácter más de 6.000 entidades, seis veces más que Alemania", apunta Carlos Puig, presidente del REA, que lamenta que se hayan aumentado los requerimientos técnicos para las empresas que no son de interés público.
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas (ICJCE), por su parte, se mostró sorprendido tras la aprobación del proyecto de ley "tan solo 24 horas" después del dictamen del Consejo de Estado.
El ICJCE mostró su "preocupación" ante la posibilidad de que la nueva norma "no esté alineada con Europa y aleje a España de los países con el marco jurídico más avanzado". El presidente de la organización, Mario Alonso, añadió: "No ha habido suficiente diálogo y el texto no ha sido consensuado con el sector".
El ministro de Economía, Luis de Guindos, puso ayer el énfasis en mayor control que tendrán las empresas del Mercado Alternativo Bursátil (MAB). "Hemos tenido algunos problemas con las auditoras en el MAB y queremos evitarlo a futuro", manifestó ayer en referencia a Gowex, la firma tecnológica que falseó sus cuentas y fueron avaladas por el auditor.
La nueva norma establece limitaciones para honorarios percibidos por el auditor de las entidades de interés público. Además, para preservar la independencia de los despachos "los honorarios de estos no pueden superar en los tres últimos ejercicios el 15% del total de ingresos percibidos por la auditora".
Respecto a las nuevas limitaciones para ejercer la auditoría afectan sobre todo a las entidades de interés público. Entre los nuevos servicios que no se pueden compaginar son los de contabilidad, auditoría interna, servicios de abogacía, de diseño de procesos de control interno o de gestión de riesgos financieros, entre otros.
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